Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Los precios ofertados estarán sujetos a Reajustes siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas, conforme a la siguiente fórmula: Pr = P x IPC1 IPC0 Donde: Pr: Precio Reajustado P: Precio Adjudicado IPC1: Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente a la fecha de la Resolución de la Adjudicación. IPC0: Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la Apertura de Ofertas. No se reconocerá reajuste de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto al Cronograma de entregas aprobado.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
La fórmula y procedimiento para el cálculo de reajustes serán los siguientes: Los reajustes deberán ser solicitados por escrito a la MUNICIPALIDAD, por el Proveedor. La solicitud debe realizarse indefectiblemente dentro del mes siguiente al cual se produjeron las variaciones, bajo pena de no poder solicitarlo posteriormente. No se reconocerán reajuste de precios si los bienes y/o servicios se encuentran atrasados respecto al cronograma de entrega. El reajuste tendrá aplicación, previa resolución de la máxima autoridad de la MUNICIPALIDAD. Los precios ofertados estarán sujetos a Reajustes conforme a la siguiente formula, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas:
PR: Po [1 + 0,80 (S - 1)]
So
DONDE:
PR: Precio Reajustado
Po: Precio Básico de la Oferta a ser reajustada
S: Salario Mínimo Oficial, establecido por la Dirección del Trabajo, del Ministerio de Justicia y Trabajo, a partir de la fecha de vigencia de la variación de este índice
So: Salario Mínimo Oficial establecido por la Dirección del Trabajo del Ministerio de Justicia y Trabajo, vigente a la fecha de apertura de ofertas
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
La fórmula y procedimiento para el cálculo de reajustes serán los siguientes: Los reajustes deberán ser solicitados por escrito a la MUNICIPALIDAD, por el Proveedor. La solicitud debe realizarse indefectiblemente dentro del mes siguiente al cual se produjeron las variaciones, bajo pena de no poder solicitarlo posteriormente. No se reconocerán reajuste de precios si los bienes y/o servicios se encuentran atrasados respecto al cronograma de entrega. El reajuste tendrá aplicación, previa resolución de la máxima autoridad de la MUNICIPALIDAD. Los precios ofertados estarán sujetos a Reajustes conforme a la siguiente formula, siempre y cuando la variación del IPC publicado por el BCP haya sufrido una variación igual o mayor al quince por ciento (15%) referente a la fecha de apertura de ofertas PR: Po [1 + 0,80 (S - 1)] So DONDE: PR: Precio Reajustado Po: Precio S: Salario Mínimo Oficial, establecido por So: Salario Mínimo Oficial establecido por la Dirección del Trabajo del Ministerio de Justicia y Trabajo, vigente a la fecha de , conforme a la siguiente fórmula: Pr = P x IPC1 IPC0 Donde: Pr PAdjudicado IPC1: ÍndiceBásico de Precios al Consumidor publicadola Oferta a ser reajustadael Banco Centralla Dirección del ParaguayTrabajo, correspondientedel Ministerio de Justicia y Trabajo, a partir de la fecha de vigencia de la variación de este índicela Resoluciónapertura de la Adjudicación. IPC0: Índice de Precios al Consumidor publicado por el Banco Central del Paraguay, correspondiente al mes de la Apertura de Ofertas. No se reconocerá reajuste de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto al Cronograma de entregas aprobado.