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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Para contribuyentes de IRACIS/IRE GENERAL.

a.     Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en el último año [2020]. -

b.     Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en el último año [2020]. -

c.     Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
El promedio en el año [2020], no deberá ser negativo.

Para contribuyentes de IRPC/IRE Simple.

Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en el último año [2020]. -

Para contribuyentes de IRP/IRP-RSP.

Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en el último año [2020]. -

Para contribuyentes de IVA General.

Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en los últimos [12 (doce) meses]. -

d.     En caso de Consorcio, el principal socio deberá cumplir con el 70% del requisito y el restante lo cumplirán los demás integrantes del consorcio

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Para contribuyentes de IRACIS/IRE GENERAL.

a.     Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en el último año [2020]. -

b.     Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en el último año [2020]. -

c.     Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
El promedio en el último año [2020], no deberá ser negativo.

Para contribuyentes de IRPC/IRE Simple.

Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en el último año [2020]. -

Para contribuyentes de IRP/IRP-RSP.

Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en el último año [2020]. -

Para contribuyentes de IVA General.

Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en los últimos [12 (doce) meses]. -

d.     En caso de Consorcio, el principal socio deberá cumplir con el 70% del requisito y el restante lo cumplirán los demás integrantes del consorcio

Capacidad Financiera

Con el objetivo de calificar la situación financiera del oferente, se considerarán los siguientes índices:

Para contribuyentes de IRACIS/IRE GENERAL.

a. Ratio de Liquidez: activo corriente / pasivo corriente
Deberá ser igual o mayor que 1, en promedio, en el último año [2020]. -

b. Endeudamiento: pasivo total / activo total
No deberá ser mayor a 0,80 en promedio, en el último año [2020]. -

c. Rentabilidad: Porcentaje de utilidad después de impuestos o pérdida con respecto al Capital
El promedio en el año El promedio en el último año [2020], no deberá ser negativo.

Para contribuyentes de IRPC/IRE Simple.

Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en el último año [2020]. -

Para contribuyentes de IRP/IRP-RSP.

Deberán cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en el último año [2020]. -

Para contribuyentes de IVA General.

Deberá cumplir el siguiente parámetro:
Eficiencia: (Ingreso/Egreso).
Deberá ser igual o mayor que 1, el promedio, en los últimos [12 (doce) meses]. -

d. En caso de Consorcio, el principal socio deberá cumplir con el 70% del requisito y el restante lo cumplirán los demás integrantes del consorcio

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

  1. Autorización para pedir referencias a las instituciones bancarias de las que el oferente es cliente.

 

  1. Indicar y adjuntar copias de documentos que comprueben el acceso del oferente a recursos financieros para cumplir los requisitos de calificación, bastando para el efecto Cartas Compromiso de un Banco de plaza de otorgar una línea de crédito al oferente.

 

  1. Fotocopia Simples del Balance General correspondiente al último ejercicio fiscal cerrado [2020] para contribuyentes del IRACIS/IRE General.
  1. Fotocopia Simples del Formulario N° 501 año [2020] para contribuyentes del IRPC/IRE Simple.
  1. Fotocopia Simples del Formulario N° 515 año [2020] para contribuyentes del IRP/IRP-RSP.
  1. Fotocopia Simples del IVA General de los últimos [6 (seis) meses] para contribuyentes sólo del IVA General.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

  1. Autorización para pedir referencias a las instituciones bancarias de las que el oferente es cliente.

 

  1. Indicar y adjuntar copias de documentos que comprueben el acceso del oferente a recursos financieros para cumplir los requisitos de calificación, bastando para el efecto Cartas Compromiso de un Banco de plaza de otorgar una línea de crédito al oferente.

 

  1. Fotocopia Simples del Balance General correspondiente al último ejercicio fiscal cerrado [2020] para contribuyentes del IRACIS/IRE General.
  1. Fotocopia Simples del Formulario N° 501 año [2020] para contribuyentes del IRPC/IRE Simple.
  1. Fotocopia Simples del Formulario N° 515 año [2020] para contribuyentes del IRP/IRP-RSP.
  1. Fotocopia Simples del IVA General de los últimos [12 (doce) meses] para contribuyentes sólo del IVA General.

Requisitos documentales para la evaluación de la capacidad financiera

  1. Autorización para pedir referencias a las instituciones bancarias de las que el oferente es cliente.

  1. Indicar y adjuntar copias de documentos que comprueben el acceso del oferente a recursos financieros para cumplir los requisitos de calificación, bastando para el efecto Cartas Compromiso de un Banco de plaza de otorgar una línea de crédito al oferente.

  1. Fotocopia Simples del Balance General correspondiente al último ejercicio fiscal cerrado [2020] para contribuyentes del IRACIS/IRE General.
  1. Fotocopia Simples del Formulario N° 501 año [2020] para contribuyentes del IRPC/IRE Simple.
  1. Fotocopia Simples del Formulario N° 515 año [2020] para contribuyentes del IRP/IRP-RSP.
  1. Fotocopia Simples del IVA General de los últimos [612 (seisdoce) meses] para contribuyentes sólo del IVA General.