Subjetividad en Criterios de Evaluación de Propuesta Técnica
En la evaluación del criterio "ii) Lógica de la metodología y plan de trabajo propuestos en respuesta a los términos de referencia", para el punto "ii.1) Interpretación de los Términos de Referencia" se indica que el mayor puntaje será para la oferta que demuestra MAYOR conocimiento del problema. Al respecto, atendiendo a que el proceso es a precio fijo debiendo primar la calidad en la selección, y que el criterio se vuelve subjetivo al indicar una comparación, entendemos que no se puntuará a una sola oferta como la mejor, sino varias ofertas podrán recibir el mejor puntaje. Favor confirmar esta interpretación.
04-04-2022
18-04-2022
Subjetividad en Criterios de Evaluación de Propuesta Técnica
En la evaluación del criterio "ii) Lógica de la metodología y plan de trabajo propuestos en respuesta a los términos de referencia", para el punto "ii.1) Interpretación de los Términos de Referencia" se indica que el mayor puntaje será para la oferta que demuestra MAYOR conocimiento del problema. Al respecto, atendiendo a que el proceso es a precio fijo debiendo primar la calidad en la selección, y que el criterio se vuelve subjetivo al indicar una comparación, entendemos que no se puntuará a una sola oferta como la mejor, sino varias ofertas podrán recibir el mejor puntaje. Favor confirmar esta interpretación.
Más de una oferta puede recibir el puntaje máximo del criterio ii) Lógica de la metodología y plan de trabajo, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos.
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Experiencia Específica - Puntaje
Respecto a la experiencia específica, se indica que la misma constituye el 70% del ítem “Experiencia de los Consultores pertinente a las tareas (20 puntos)”; es decir, que la experiencia específica constituye 14 puntos sobre el total de la puntuación técnica, y 6 puntos se corresponden con la Experiencia General.
Respecto a la experiencia específica, se indica:
- “La calificación máxima de este factor será de 100 puntos”: entendemos que se refiere a los 14 puntos correspondientes a la Experiencia específica
- “Por cada Servicio de diseño de ingeniería vial, fiscalización y/o supervisión de obras y/o gerenciamiento técnico y/o fiscalización / supervisión de concesión de obras viales con pavimentación asfáltica, con un monto igual o superior al treinta por ciento (30%) del monto del presupuesto disponible, que se indica en la cláusula 3.2. (a) de la Hoja de datos, que hayan sido ejecutados en los últimos 15 años, comprobados a través de la presentación de copia de contratos del servicio o certificados emitidos por el Contratante, se asignará el 25% del puntaje, hasta alcanzar un máximo de 100 puntos”: entendemos que, cada servicio similar indicado, será puntuado con 3,5 puntos (14 puntos * 25%) ¿se correcto nuestro entendimiento? ¿Una empresa que presente 4 proyectos similares alcanzaría el 100% de la experiencia específica, es decir, 14 puntos?
- “La calificación máxima de este factor será de 20 puntos, de los cuales 10 puntos se darán a cada Servicio de Consultoría de diseño, diseño final de ingeniería de obras viales con pavimentación asfáltica, ejecutados o en ejecución en los últimos 10 años, con un monto de contrato igual o mayor a guaraníes mil millones (Gs 1.000.000.000).” Agradecemos nos aclaren con qué se corresponden estos 20 puntos, o si una empresa que cumpla con 2 servicios similares a los descritos en este parágrafe ya alcanzaría los 14 puntos de la experiencia específica indicados en el punto anterior
Respecto a la experiencia específica, se indica que la misma constituye el 70% del ítem “Experiencia de los Consultores pertinente a las tareas (20 puntos)”; es decir, que la experiencia específica constituye 14 puntos sobre el total de la puntuación técnica, y 6 puntos se corresponden con la Experiencia General.
Respecto a la experiencia específica, se indica:
- “La calificación máxima de este factor será de 100 puntos”: entendemos que se refiere a los 14 puntos correspondientes a la Experiencia específica
- “Por cada Servicio de diseño de ingeniería vial, fiscalización y/o supervisión de obras y/o gerenciamiento técnico y/o fiscalización / supervisión de concesión de obras viales con pavimentación asfáltica, con un monto igual o superior al treinta por ciento (30%) del monto del presupuesto disponible, que se indica en la cláusula 3.2. (a) de la Hoja de datos, que hayan sido ejecutados en los últimos 15 años, comprobados a través de la presentación de copia de contratos del servicio o certificados emitidos por el Contratante, se asignará el 25% del puntaje, hasta alcanzar un máximo de 100 puntos”: entendemos que, cada servicio similar indicado, será puntuado con 3,5 puntos (14 puntos * 25%) ¿se correcto nuestro entendimiento? ¿Una empresa que presente 4 proyectos similares alcanzaría el 100% de la experiencia específica, es decir, 14 puntos?
- “La calificación máxima de este factor será de 20 puntos, de los cuales 10 puntos se darán a cada Servicio de Consultoría de diseño, diseño final de ingeniería de obras viales con pavimentación asfáltica, ejecutados o en ejecución en los últimos 10 años, con un monto de contrato igual o mayor a guaraníes mil millones (Gs 1.000.000.000).” Agradecemos nos aclaren con qué se corresponden estos 20 puntos, o si una empresa que cumpla con 2 servicios similares a los descritos en este parágrafe ya alcanzaría los 14 puntos de la experiencia específica indicados en el punto anterior
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 4, apartado 1.2 Experiencia Específica, de la sección 2. Instrucciones para los Consultores, Hoja de Datos, cláusula 5.2 (a-2), criterio (i) Experiencia específica de los consultores pertinente a las tareas, 1.2 Experiencia Específica, en donde se han realizado las modificaciones pertinentes a la evaluación de la experiencia específica de los consultores.
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Experiencia Específica - Alcance
Respecto a la experiencia específica, entendemos que los servicios, independientemente del alcance (diseño de ingeniería vial, fiscalización y/o supervisión de obras y/o gerenciamiento técnico y/o fiscalización / supervisión) siempre se refieren a concesiones de obras viales con pavimentación asfáltica, y no son válidos servicios que no se correspondan con concesiones
Respecto a la experiencia específica, entendemos que los servicios, independientemente del alcance (diseño de ingeniería vial, fiscalización y/o supervisión de obras y/o gerenciamiento técnico y/o fiscalización / supervisión) siempre se refieren a concesiones de obras viales con pavimentación asfáltica, y no son válidos servicios que no se correspondan con concesiones
Referirse a lo establecido en la Adenda N°4, Sección II. Instrucciones para los consultores, Hoja de datos, clausula 5.2 (a-2), criterio (i) Experiencia específica de los consultores pertinente a las tareas, 1.2Experiencia Específica, en donde se menciona:
"Por cada Servicio de diseño de ingeniería vial, fiscalización y/o supervisión de obras y/o gerenciamiento técnico y/o fiscalización/supervisión de concesión de obras viales con pavimentación asfáltica, con un monto igual o superior al treinta por ciento (30 %) del monto del presupuesto disponible, que se indica en la cláusula 3.2 (a) de la Hoja de datos, que hayan sido ejecutados en los últimos 15 años, comprobados a través de la presentación de copia de contratos del servicio o certificados emitidos por el Contratante, se asignará 25 % del puntaje, hasta alcanzar un máximo de 80 puntos..."
Por lo tanto, para las Experiencias Específicas de los Consultores, no solamente pueden sumar 80 puntos las experiencias que sean de concesión de obras viales sino también las otras experiencias contempladas en el apartado recién mencionado.
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Selección de mejor Organización
En la evaluación del criterio "ii) Lógica de la metodología y plan de trabajo propuestos en respuesta a los términos de referencia", para el punto "ii.3) Organización" se indica que el mayor puntaje será para la oferta que demuestra de manera MÁS detallada y racional la organización propuesta Al respecto, atendiendo a que el proceso es a precio fijo debiendo primar la calidad en la selección, y que el criterio se vuelve subjetivo al indicar una comparación, entendemos que no se puntuará a una sola oferta como la mejor, sino varias ofertas podrán recibir el mejor puntaje. Favor confirmar esta interpretación.
En la evaluación del criterio "ii) Lógica de la metodología y plan de trabajo propuestos en respuesta a los términos de referencia", para el punto "ii.3) Organización" se indica que el mayor puntaje será para la oferta que demuestra de manera MÁS detallada y racional la organización propuesta Al respecto, atendiendo a que el proceso es a precio fijo debiendo primar la calidad en la selección, y que el criterio se vuelve subjetivo al indicar una comparación, entendemos que no se puntuará a una sola oferta como la mejor, sino varias ofertas podrán recibir el mejor puntaje. Favor confirmar esta interpretación.
Más de una oferta puede recibir el puntaje máximo del criterio ii.3) Organización, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos.
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DDJJ Contraloría - extranjeros
En el entendimiento de que el requerimiento de Constancia de DDJJ de Contraloría para el caso de empresas extranjeras puede ser cumplido con la documentación que avale presentación oficial al ente que corresponda, en virtud de la legislación de origen vigente, se solicita confirmar que será admitida la documentación similar válida según otra legislación.
En el entendimiento de que el requerimiento de Constancia de DDJJ de Contraloría para el caso de empresas extranjeras puede ser cumplido con la documentación que avale presentación oficial al ente que corresponda, en virtud de la legislación de origen vigente, se solicita confirmar que será admitida la documentación similar válida según otra legislación.
Remitirse a la Adenda N° 2, ANEXO A, TEC-9. DOCUMENTOS LEGALES, DOCUMENTOS LEGALES REQUERIDOS PARA LA PRESENTACION DE LAS OFERTAS, Documentos legales requeridos para oferentes no domiciliados en la República del Paraguay, en donde se modifican los incisos "h" del punto "1. Empresas Unipersonales (Personas Físicas)" y "g" del punto "2.Personas Jurídicas", referidos a la presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos. Estos quedan redactados de la siguiente manera:
"Documentos legales requeridos para oferentes no domiciliados en la República del Paraguay"
"1.Empresas Unipersonales (Personas Físicas)"
"...h) Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados en el marco de la Ley Nº 6355/19."
"2.Personas Jurídicas"
"...g)Constancia de presentación de la Declaración Jurada de bienes y rentas, activos y pasivos ante la Contraloría General de la República, para los sujetos obligados en el marco de la Ley Nº 6355/19".