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Diferencias entre las versiones 3 y 4

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

Haber provisto de manera satisfactoria el servicio de seguro médico sanatorial en los últimos 2 (dos) años, (2020, 2021)

De conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios, debidamente habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país.

Área Capital

Cantidad: La oferta presentada para el Área Capital debe estar constituida por un mínimo de 10 (diez) sanatorios, de los cuales 8 (ocho) con capacidad resolutiva de nivel 1 y 2 de atención; para atender los problemas de salud de baja y mediana complejidad de las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas y 2 (dos) con capacidad resolutiva de nivel 3 de atención, para atender los problemas de salud de alta complejidad; 1 (uno) de los Sanatorios deberá contar con Servicio de Resonancia, propios y/o tercerizados, 24 horas con Certificación de Equipo de Funcionamiento. 

Capacidad Resolutiva de Baja y Mediana Complejidad: La atención de salud de baja y mediana complejidad se brindará en clínicas y sanatorios de nivel 1 y 2 de atención con capacidad instalada para prestar los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia durante las 24 horas
  • Consultas ambulatorias y de ingresos hospitalarios en las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas para adultos y pediátricos.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia
  • Centros de Especialidades Traumatológicas: para consultas, estudios, tratamientos y urgencias habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y tercerizados. El Centro de Especialidades Traumatológicas deberá contar con quirófanos, arco en C, servicios de internación, Unidades de estudio de diagnóstico de imágenes para las atenciones de urgencias y servicios de traslado en caso de necesitar a unidades de terapia intensiva según indicación médica.
  • Centros de Especialidades Pediátricas para consultas, urgencias e internaciones habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y tercerizados.
  • Servicio de diagnóstico propio o tercerizados de análisis clínicos, anatomía patológica y de imágenes radiográficas, ecográficos, tomografía, resonancia magnética, electrocardiograma y electroencefalograma.
  • Centros de Cirugía láser excimer para tratamiento oftalmológico y dermatológico con certificación de equipo en funcionamiento propio o tercerizados
  • Unidades de fisioterapia, quinesioterapia, hidroterapia propia o tercerizados.
  • Consultorio de Psicología Clínica y de Psicopedagogía.
  • Centro de vacunación (propio y tercerizados).
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias, declaradas o no.
  • Servicio de Oncología con campana de flujo laminar. Con certificación de equipo en funcionamiento.

Observación: Los servicios de nivel 1 y 2 de atención deben contar con un sistema de referencia de pacientes para los casos en que el médico indica una atención de nivel 3, por la alta complejidad de la enfermedad del beneficiario.

Centros y/o Sanatorios Pediátricos: Además del servicio de urgencia en pediatría de los centros habilitados, la aseguradora deberá incluir en su oferta como mínimo 2 (dos) Centros con infraestructura propia y/o tercerizada Especializados exclusivamente en Pediatría para URGENCIAS E INTERNACIÓN.

Capacidad Resolutiva de Alta Complejidad: La atención de salud de alta complejidad se brindará en sanatorios de nivel 3 de atención con capacidad instalada para prestar, entre otros, los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia y emergencia durante las 24 horas.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 15 (quince) unidades para adulto.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 12 (doce) unidades para niños y neonatos.
  • Internación en unidad de aislamiento de pacientes con enfermedad infecto contagiosa, para adultos y pediátricos.
  • Servicios propios y tercerizados de diagnósticos generales y especializados de laboratorio de análisis clínicos, de anatomía patológica y de imágenes que incluye radiografía, ecografía, tomografía, resonancia magnética, eco cardiografía y servicios de hemodinámica con certificación de equipo en funcionamiento.
  • Centros de cirugías de alta complejidad cardiacas, neurológicas, vascular periférica y hemodinámica intervencionista y cirugías oncológicas.
  • Centros de cirugía Eximer Láser.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia.

Observación: Los sanatorios de alta complejidad, deben también tener la capacidad instalada para brindar servicios de nivel 1 y 2 de atención a los beneficiarios a su libre elección.

Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 1 (uno); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Juan Bautista de las Misiones: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

Laboratorios de Análisis

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé

Santa Rita

Coronel Oviedo

San Estanislao

Villarrica

Encarnación

Caazapá

San Juan Bautista Misiones.

Caaguazú

San Ignacio Misiones

Ciudad del Este

Carapeguá

Concepción

Hohenau

Pedro Juan Caballero

Pilar

San Pedro del Ycuamandiyu

 

CENTROS DE MEDICINA POR IMÁGENES

Asunción: Mínimo 5 (cinco) Por lo menos uno de los Centros deberá contar con equipos móviles para realizar estudios de ELECTROENCEFALOGRAFÍA en cualquier sala de Terapia Intensiva, así como la realización de estudios tales como: Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear CAMPO ABIERTO Y/O CERRADO

Interior del País: Como mínimo en las localidades de: Encarnación y Ciudad del Este.

SERVICIOS DE AMBULANCIAS

Se exigirá como mínimo 1 (un) prestador de servicio de ambulancia que deberá contar con un mínimo de 7 (siete) móviles, 2 (dos) de los cuales estarán equipados con UTI, para traslado de pacientes desde y hasta cualquier punto del país que cuente con la Certificación Sanitaria de Habilitación y/o Registro, otorgada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

CENTROS DE FISIOTERAPIA, KINESIOTERAPIA E HIDROTERAPIA

Se exigirá como mínimo (dos) 2 prestadores de servicios, a libre elección de los asegurados.

NOTA IMPORTANTE: Con la oferta se deberá presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

  • CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO

a. Requisitos Mínimos

Demostrar a través de una Declaración Jurada que cuenta con personal debidamente calificado para coordinar los servicios, como mínimo 70 (setenta) personales.

b. Información requerida

Completar el formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS

OBSERVACIÓN: Esta información será meramente informativa y no regirá como criterio de calificación.

  • CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LA PRESTADORA EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES:

a. Requisitos Mínimos

Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.

Especialidad

Cantidad Mínima Requerida

Nombre y Apellido

Dirección

Teléfono

Alergia e Inmunología (Adultos y Pediátrica)

8 (ocho)

 

 

 

Anatomía Patológica

9 (nueve)

 

 

 

Anestesiología

50 (cincuenta)*

 

 

 

Cardiología

10 (diez)

 

 

 

Cardiología Pediátrica

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía Cardiovascular

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía General

20 (veinte)

 

 

 

Cirugía Neurológica Neurocirugía

5 (cinco)

 

 

 

Cirugía Oncológica

5 (cinco)

 

 

 

Cirugía Pediátrica

9 (nueve)

 

 

 

Cirugía Plástica Reparadora

6 (seis)

 

 

 

Cirugía Tórax

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía Video Laparoscópicas

15 (quince)

 

 

 

Clínica Médica

30 (treinta)

 

 

 

Coloproctología

10 (diez)

 

 

 

Dermatología (Adultos y Pediátrica)

10 (diez)

 

 

 

Diabetología Endocrinología

10 (diez)

 

 

 

Fisioterapia - Kinesioterapia y

Rehabilitación (incluye Hidroterapia)

8 (ocho)

 

 

 

Flebología

8 (ocho)

 

 

 

Fonoaudiología

3 (tres)

 

 

 

Gastroenterología

10 (diez)

 

 

 

Geriatría

5 (cinco)

 

 

 

Ginecología y Obstetricia

50 (cincuenta)

 

 

 

Hematología y Hemoterapia

8 (ocho)

 

 

 

Hepatología

1 (uno)

 

 

 

Infectología

5 (cinco)

 

 

 

Mastología

7 (siete)

 

 

 

Medicina Familiar

2 (dos)

 

 

 

Nefrología

7 (siete)

 

 

 

Neumología

5 (cinco)

 

 

 

Neurología Clínica

8 (ocho)

 

 

 

Nutrición

3 (tres)

 

 

 

Oftalmología

20 (veinte)

 

 

 

Oncología (Adulto y Pediátrica)

5 (cinco)

 

 

 

Otoneurología

2 (dos)

 

 

 

Otorrinolaringología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

 

 

 

Pediatría

50 (cincuenta)

 

 

 

Psiquiatría pediátrica

1 (un)

 

 

 

Psicología (adultos y niños)

5 (cinco)

 

 

 

Psicopedagogía

2 (dos)

 

 

 

Psiquiatría

3 (tres)

 

 

 

Reumatología

2 (dos)

 

 

 

Traumatología Ortopédica (Adultos y Pediátrica)

30 (treinta)

 

 

 

Toxicología

2 (dos)

 

 

 

Urología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

 

 

 

Observación: *El servicio de anestesiología será prestado con médicos especialistas en anestesiología en convenio con la aseguradora y con Registro Profesional vigente expedido por el Ministerio de Salud.

Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad. Habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

Haber provisto de manera satisfactoria el servicio de seguro médico sanatorial en los últimos 2 (dos) años, (2020, 2021)

De conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios, debidamente habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país.

Área Capital

Cantidad: La oferta presentada para el Área Capital debe estar constituida por un mínimo de 10 (diez) sanatorios, de los cuales 8 (ocho) con capacidad resolutiva de nivel 1 y 2 de atención; para atender los problemas de salud de baja y mediana complejidad de las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas y 2 (dos) con capacidad resolutiva de nivel 3 de atención, para atender los problemas de salud de alta complejidad; 1 (uno) de los Sanatorios deberá contar con Servicio de Resonancia, propios y/o tercerizados, 24 horas con Certificación de Equipo de Funcionamiento. 

Capacidad Resolutiva de Baja y Mediana Complejidad: La atención de salud de baja y mediana complejidad se brindará en clínicas y sanatorios de nivel 1 y 2 de atención con capacidad instalada para prestar los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia durante las 24 horas
  • Consultas ambulatorias y de ingresos hospitalarios en las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas para adultos y pediátricos.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia
  • Centros de Especialidades Traumatológicas: para consultas, estudios, tratamientos y urgencias habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y tercerizados. El Centro de Especialidades Traumatológicas deberá contar con quirófanos, arco en C, servicios de internación, Unidades de estudio de diagnóstico de imágenes para las atenciones de urgencias y servicios de traslado en caso de necesitar a unidades de terapia intensiva según indicación médica.
  • Centros de Especialidades Pediátricas para consultas, urgencias e internaciones habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y tercerizados.
  • Servicio de diagnóstico propio o tercerizados de análisis clínicos, anatomía patológica y de imágenes radiográficas, ecográficos, tomografía, resonancia magnética, electrocardiograma y electroencefalograma.
  • Centros de Cirugía láser excimer para tratamiento oftalmológico y dermatológico con certificación de equipo en funcionamiento propio o tercerizados
  • Unidades de fisioterapia, quinesioterapia, hidroterapia propia o tercerizados.
  • Consultorio de Psicología Clínica y de Psicopedagogía.
  • Centro de vacunación (propio y tercerizados).
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias, declaradas o no.
  • Servicio de Oncología con campana de flujo laminar. Con certificación de equipo en funcionamiento.

Observación: Los servicios de nivel 1 y 2 de atención deben contar con un sistema de referencia de pacientes para los casos en que el médico indica una atención de nivel 3, por la alta complejidad de la enfermedad del beneficiario.

Centros y/o Sanatorios Pediátricos: Además del servicio de urgencia en pediatría de los centros habilitados, la aseguradora deberá incluir en su oferta como mínimo 2 (dos) Centros con infraestructura propia y/o tercerizada Especializados exclusivamente en Pediatría para URGENCIAS E INTERNACIÓN.

Capacidad Resolutiva de Alta Complejidad: La atención de salud de alta complejidad se brindará en sanatorios de nivel 3 de atención con capacidad instalada para prestar, entre otros, los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia y emergencia durante las 24 horas.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 15 (quince) unidades para adulto.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 12 (doce) unidades para niños y neonatos.
  • Internación en unidad de aislamiento de pacientes con enfermedad infecto contagiosa, para adultos y pediátricos.
  • Servicios propios y tercerizados de diagnósticos generales y especializados de laboratorio de análisis clínicos, de anatomía patológica y de imágenes que incluye radiografía, ecografía, tomografía, resonancia magnética, eco cardiografía y servicios de hemodinámica con certificación de equipo en funcionamiento.
  • Centros de cirugías de alta complejidad cardiacas, neurológicas, vascular periférica y hemodinámica intervencionista y cirugías oncológicas.
  • Centros de cirugía Eximer Láser.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia.

Observación: Los sanatorios de alta complejidad, deben también tener la capacidad instalada para brindar servicios de nivel 1 y 2 de atención a los beneficiarios a su libre elección.

Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

Laboratorios de Análisis

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé

Santa Rita

Coronel Oviedo

San Estanislao

Villarrica

Encarnación

Caazapá

San Pedro del Ycuamandiyu

Caaguazú

San Ignacio Misiones

Ciudad del Este

Carapeguá

Concepción

Hohenau

Pedro Juan Caballero

Pilar

CENTROS DE MEDICINA POR IMÁGENES

Asunción: Mínimo 5 (cinco) Por lo menos uno de los Centros deberá contar con equipos móviles para realizar estudios de ELECTROENCEFALOGRAFÍA en cualquier sala de Terapia Intensiva, así como la realización de estudios tales como: Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear CAMPO ABIERTO Y/O CERRADO

Interior del País: Como mínimo en las localidades de: Encarnación y Ciudad del Este.

SERVICIOS DE AMBULANCIAS

Se exigirá como mínimo 1 (un) prestador de servicio de ambulancia que deberá contar con un mínimo de 7 (siete) móviles, 2 (dos) de los cuales estarán equipados con UTI, para traslado de pacientes desde y hasta cualquier punto del país que cuente con la Certificación Sanitaria de Habilitación y/o Registro, otorgada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

CENTROS DE FISIOTERAPIA, KINESIOTERAPIA E HIDROTERAPIA

Se exigirá como mínimo (dos) 2 prestadores de servicios, a libre elección de los asegurados.

NOTA IMPORTANTE: Con la oferta se deberá presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

  • CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO

a. Requisitos Mínimos

Demostrar a través de una Declaración Jurada que cuenta con personal debidamente calificado para coordinar los servicios, como mínimo 70 (setenta) personales.

b. Información requerida

Completar el formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS

OBSERVACIÓN: Esta información será meramente informativa y no regirá como criterio de calificación.

  • CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LA PRESTADORA EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES:

a. Requisitos Mínimos

Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.

Especialidad

Cantidad Mínima Requerida

Nombre y Apellido

Dirección

Teléfono

Alergia e Inmunología (Adultos y Pediátrica)

8 (ocho)

 

 

 

Anatomía Patológica

9 (nueve)

 

 

 

Anestesiología

50 (cincuenta)*

 

 

 

Cardiología

10 (diez)

 

 

 

Cardiología Pediátrica

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía Cardiovascular

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía General

20 (veinte)

 

 

 

Cirugía Neurológica Neurocirugía

5 (cinco)

 

 

 

Cirugía Oncológica

5 (cinco)

 

 

 

Cirugía Pediátrica

9 (nueve)

 

 

 

Cirugía Plástica Reparadora

6 (seis)

 

 

 

Cirugía Tórax

4 (cuatro)

 

 

 

Cirugía Video Laparoscópicas

15 (quince)

 

 

 

Clínica Médica

30 (treinta)

 

 

 

Coloproctología

10 (diez)

 

 

 

Dermatología (Adultos y Pediátrica)

10 (diez)

 

 

 

Diabetología Endocrinología

10 (diez)

 

 

 

Fisioterapia - Kinesioterapia y

Rehabilitación (incluye Hidroterapia)

8 (ocho)

 

 

 

Flebología

8 (ocho)

 

 

 

Fonoaudiología

3 (tres)

 

 

 

Gastroenterología

10 (diez)

 

 

 

Geriatría

5 (cinco)

 

 

 

Ginecología y Obstetricia

50 (cincuenta)

 

 

 

Hematología y Hemoterapia

8 (ocho)

 

 

 

Hepatología

1 (uno)

 

 

 

Infectología

5 (cinco)

 

 

 

Mastología

7 (siete)

 

 

 

Medicina Familiar

2 (dos)

 

 

 

Nefrología

7 (siete)

 

 

 

Neumología

5 (cinco)

 

 

 

Neurología Clínica

8 (ocho)

 

 

 

Nutrición

3 (tres)

 

 

 

Oftalmología

20 (veinte)

 

 

 

Oncología (Adulto y Pediátrica)

5 (cinco)

 

 

 

Otoneurología

2 (dos)

 

 

 

Otorrinolaringología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

 

 

 

Pediatría

50 (cincuenta)

 

 

 

Psiquiatría pediátrica

1 (un)

 

 

 

Psicología (adultos y niños)

5 (cinco)

 

 

 

Psicopedagogía

2 (dos)

 

 

 

Psiquiatría

3 (tres)

 

 

 

Reumatología

2 (dos)

 

 

 

Traumatología Ortopédica (Adultos y Pediátrica)

30 (treinta)

 

 

 

Toxicología

2 (dos)

 

 

 

Urología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

 

 

 

Observación: *El servicio de anestesiología será prestado por médicos especialistas en anestesiología en convenio con la aseguradora con Registro Profesional vigente o Constancia de Renovación del mismo, expedido por el Ministerio de Salud.

Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad. Habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Capacidad Técnica

El oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:

Haber provisto de manera satisfactoria el servicio de seguro médico sanatorial en los últimos 2 (dos) años, (2020, 2021)

De conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios, debidamente habilitados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país.

Área Capital

Cantidad: La oferta presentada para el Área Capital debe estar constituida por un mínimo de 10 (diez) sanatorios, de los cuales 8 (ocho) con capacidad resolutiva de nivel 1 y 2 de atención; para atender los problemas de salud de baja y mediana complejidad de las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas y 2 (dos) con capacidad resolutiva de nivel 3 de atención, para atender los problemas de salud de alta complejidad; 1 (uno) de los Sanatorios deberá contar con Servicio de Resonancia, propios y/o tercerizados, 24 horas con Certificación de Equipo de Funcionamiento.

Capacidad Resolutiva de Baja y Mediana Complejidad: La atención de salud de baja y mediana complejidad se brindará en clínicas y sanatorios de nivel 1 y 2 de atención con capacidad instalada para prestar los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia durante las 24 horas
  • Consultas ambulatorias y de ingresos hospitalarios en las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas para adultos y pediátricos.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia
  • Centros de Especialidades Traumatológicas: para consultas, estudios, tratamientos y urgencias habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y tercerizados. El Centro de Especialidades Traumatológicas deberá contar con quirófanos, arco en C, servicios de internación, Unidades de estudio de diagnóstico de imágenes para las atenciones de urgencias y servicios de traslado en caso de necesitar a unidades de terapia intensiva según indicación médica.
  • Centros de Especialidades Pediátricas para consultas, urgencias e internaciones habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y tercerizados.
  • Servicio de diagnóstico propio o tercerizados de análisis clínicos, anatomía patológica y de imágenes radiográficas, ecográficos, tomografía, resonancia magnética, electrocardiograma y electroencefalograma.
  • Centros de Cirugía láser excimer para tratamiento oftalmológico y dermatológico con certificación de equipo en funcionamiento propio o tercerizados
  • Unidades de fisioterapia, quinesioterapia, hidroterapia propia o tercerizados.
  • Consultorio de Psicología Clínica y de Psicopedagogía.
  • Centro de vacunación (propio y tercerizados).
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias, declaradas o no.
  • Servicio de Oncología con campana de flujo laminar. Con certificación de equipo en funcionamiento.

Observación: Los servicios de nivel 1 y 2 de atención deben contar con un sistema de referencia de pacientes para los casos en que el médico indica una atención de nivel 3, por la alta complejidad de la enfermedad del beneficiario.

Centros y/o Sanatorios Pediátricos: Además del servicio de urgencia en pediatría de los centros habilitados, la aseguradora deberá incluir en su oferta como mínimo 2 (dos) Centros con infraestructura propia y/o tercerizada Especializados exclusivamente en Pediatría para URGENCIAS E INTERNACIÓN.

Capacidad Resolutiva de Alta Complejidad: La atención de salud de alta complejidad se brindará en sanatorios de nivel 3 de atención con capacidad instalada para prestar, entre otros, los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia y emergencia durante las 24 horas.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 15 (quince) unidades para adulto.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 12 (doce) unidades para niños y neonatos.
  • Internación en unidad de aislamiento de pacientes con enfermedad infecto contagiosa, para adultos y pediátricos.
  • Servicios propios y tercerizados de diagnósticos generales y especializados de laboratorio de análisis clínicos, de anatomía patológica y de imágenes que incluye radiografía, ecografía, tomografía, resonancia magnética, eco cardiografía y servicios de hemodinámica con certificación de equipo en funcionamiento.
  • Centros de cirugías de alta complejidad cardiacas, neurológicas, vascular periférica y hemodinámica intervencionista y cirugías oncológicas.
  • Centros de cirugía Eximer Láser.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia.

Observación: Los sanatorios de alta complejidad, deben también tener la capacidad instalada para brindar servicios de nivel 1 y 2 de atención a los beneficiarios a su libre elección.

Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 1 (uno)San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Juan Bautista de las Misiones: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

Laboratorios de Análisis

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé

Santa Rita

Coronel Oviedo

San Estanislao

Villarrica

Encarnación

Caazapá

San Juan Bautista Misiones.Pedro del Ycuamandiyu

Caaguazú

San Ignacio Misiones

Ciudad del Este

Carapeguá

Concepción

Hohenau

Pedro Juan Caballero

Pilar

San Pedro del Ycuamandiyu

CENTROS DE MEDICINA POR IMÁGENES

Asunción: Mínimo 5 (cinco) Por lo menos uno de los Centros deberá contar con equipos móviles para realizar estudios de ELECTROENCEFALOGRAFÍA en cualquier sala de Terapia Intensiva, así como la realización de estudios tales como: Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear CAMPO ABIERTO Y/O CERRADO

Interior del País: Como mínimo en las localidades de: Encarnación y Ciudad del Este.

SERVICIOS DE AMBULANCIAS

Se exigirá como mínimo 1 (un) prestador de servicio de ambulancia que deberá contar con un mínimo de 7 (siete) móviles, 2 (dos) de los cuales estarán equipados con UTI, para traslado de pacientes desde y hasta cualquier punto del país que cuente con la Certificación Sanitaria de Habilitación y/o Registro, otorgada por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

CENTROS DE FISIOTERAPIA, KINESIOTERAPIA E HIDROTERAPIA

Se exigirá como mínimo (dos) 2 prestadores de servicios, a libre elección de los asegurados.

NOTA IMPORTANTE: Con la oferta se deberá presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

  • CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO

a. Requisitos Mínimos

Demostrar a través de una Declaración Jurada que cuenta con personal debidamente calificado para coordinar los servicios, como mínimo 70 (setenta) personales.

b. Información requerida

Completar el formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS

OBSERVACIÓN: Esta información será meramente informativa y no regirá como criterio de calificación.

  • CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LA PRESTADORA EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES:

a. Requisitos Mínimos

Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.

Especialidad

Cantidad Mínima Requerida

Nombre y Apellido

Dirección

Teléfono

Alergia e Inmunología (Adultos y Pediátrica)

8 (ocho)

Anatomía Patológica

9 (nueve)

Anestesiología

50 (cincuenta)*

Cardiología

10 (diez)

Cardiología Pediátrica

4 (cuatro)

Cirugía Cardiovascular

4 (cuatro)

Cirugía General

20 (veinte)

Cirugía Neurológica Neurocirugía

5 (cinco)

Cirugía Oncológica

5 (cinco)

Cirugía Pediátrica

9 (nueve)

Cirugía Plástica Reparadora

6 (seis)

Cirugía Tórax

4 (cuatro)

Cirugía Video Laparoscópicas

15 (quince)

Clínica Médica

30 (treinta)

Coloproctología

10 (diez)

Dermatología (Adultos y Pediátrica)

10 (diez)

Diabetología Endocrinología

10 (diez)

Fisioterapia - Kinesioterapia y

Rehabilitación (incluye Hidroterapia)

8 (ocho)

Flebología

8 (ocho)

Fonoaudiología

3 (tres)

Gastroenterología

10 (diez)

Geriatría

5 (cinco)

Ginecología y Obstetricia

50 (cincuenta)

Hematología y Hemoterapia

8 (ocho)

Hepatología

1 (uno)

Infectología

5 (cinco)

Mastología

7 (siete)

Medicina Familiar

2 (dos)

Nefrología

7 (siete)

Neumología

5 (cinco)

Neurología Clínica

8 (ocho)

Nutrición

3 (tres)

Oftalmología

20 (veinte)

Oncología (Adulto y Pediátrica)

5 (cinco)

Otoneurología

2 (dos)

Otorrinolaringología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

Pediatría

50 (cincuenta)

Psiquiatría pediátrica

1 (un)

Psicología (adultos y niños)

5 (cinco)

Psicopedagogía

2 (dos)

Psiquiatría

3 (tres)

Reumatología

2 (dos)

Traumatología Ortopédica (Adultos y Pediátrica)

30 (treinta)

Toxicología

2 (dos)

Urología (Adultos y Pediátrica)

15 (quince)

Observación: *El servicio de anestesiología será prestado conpor médicos especialistas en anestesiología en convenio con la aseguradora y con Registro Profesional vigente o Constancia de Renovación del mismo, expedido por el Ministerio de Salud.

Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad. Habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Constancias de satisfacción emitidas por firmas o empresas a las cuales ha prestado su servicio, como mínimo 2 (dos), en los últimos 2 (dos) años (2020 2021)

Completar el formulario de Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.

Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 1, 2 y 3 para el Área Capital, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

 

- Área Capital

Cantidad: La oferta presentada para el Área Capital debe estar constituida por un mínimo de 10 (diez) sanatorios, de los cuales 8 (ocho) con capacidad resolutiva de nivel 1 y 2 de atención; para atender los problemas de salud de baja y mediana complejidad de las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas y 2 (dos) con capacidad resolutiva de nivel 3 de atención, para atender los problemas de salud de alta complejidad; 1 (uno) de los Sanatorios deberá contar con Servicio de Resonancia, propios y/o tercerizados, 24 horas con Certificación de Equipo de Funcionamiento. 

 

 

Capacidad Resolutiva de Baja y Mediana Complejidad: La atención de salud de baja y mediana complejidad se brindará en clínicas y sanatorios de nivel 1 y 2 de atención con capacidad instalada para prestar los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia durante las 24 horas
  • Consultas ambulatorias y de ingresos hospitalarios en las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas para adultos y pediátricos.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia
  • Centros de Especialidades Traumatológicas: para consultas, estudios, tratamientos y urgencias habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y/o tercerizados. El Centro de Especialidades Traumatológicas deberá contar con quirófanos, arco en C, servicios de internación, Unidades de estudio de diagnóstico de imágenes para las atenciones de urgencias y servicios de traslado en caso de necesitar a unidades de terapia intensiva según indicación médica.
  • Centros de Especialidades Pediátricas para consultas, urgencias e internaciones habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y/o tercerizados.
  • Servicio de diagnóstico propio o tercerizados de análisis clínicos, anatomía patológica y de imágenes radiográficas, ecográficos, tomografía, resonancia magnética, electrocardiograma y electroencefalograma.
  • Centros de Cirugía láser excimer para tratamiento oftalmológico y dermatológico con certificación de equipo en funcionamiento propio o tercerizados
  • Unidades de fisioterapia, quinesioterapia, hidroterapia propia o tercerizados.
  • Consultorio de Psicología Clínica y de Psicopedagogía.
  • Centro de vacunación (propio y tercerizados).
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias, declaradas o no.
  • Servicio de Oncología con campana de flujo laminar. Con certificación de equipo en funcionamiento.

Observación: Los servicios de nivel 1 y 2 de atención deben contar con un sistema de referencia de pacientes para los casos en que el médico indica una atención de nivel 3, por la alta complejidad de la enfermedad del beneficiario.

Centros y/o Sanatorios Pediátricos: Además del servicio de urgencia en pediatría de los centros habilitados, la aseguradora deberá incluir en su oferta como mínimo 2 (dos) Centros con infraestructura propia y/o tercerizada Especializados exclusivamente en Pediatría para URGENCIAS E INTERNACIÓN.

Capacidad Resolutiva de Alta Complejidad: La atención de salud de alta complejidad se brindará en sanatorios de nivel 3 de atención con capacidad instalada para prestar, entre otros, los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia y emergencia durante las 24 horas.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 15 (quince) unidades para adulto.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 12 (doce) unidades para niños y neonatos.
  • Internación en unidad de aislamiento de pacientes con enfermedad infecto contagiosa, para adultos y pediátricos.
  • Servicios propios y tercerizados de diagnósticos generales y especializados de laboratorio de análisis clínicos, de anatomía patológica y de imágenes que incluye radiografía, ecografía, tomografía, resonancia magnética, eco cardiografía y servicios de hemodinámica con certificación de equipo en funcionamiento.
  • Centros de cirugías de alta complejidad cardiacas, neurológicas, vascular periférica y hemodinámica intervencionista y cirugías oncológicas.
  • Centros de cirugía Eximer Láser.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia.

Observación: Los sanatorios de alta complejidad, deben también tener la capacidad instalada para brindar servicios de nivel 1 y 2 de atención a los beneficiarios a su libre elección.

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud requisito para nivel 2 y 3 para área de Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

Deberán presentar contratos, constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente que son actuales prestadores de servicios del oferente en Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

  • Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 1 (uno); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Juan Bautista de las Misiones: 1 (uno) San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e interior del país. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

Laboratorios de Análisis

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé

Concepción

San Ignacio Misiones

Coronel Oviedo

Pedro Juan Caballero

Carapeguá

Villarrica

Santa Rita

Hohenau

Caazapá

San Estanislao

Pilar

Caaguazú

Encarnación

San Pedro del Ycuamandiyu

Ciudad del Este

San Juan Bautista Misiones.

 

- Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Deberán presentar contratos, constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente que son actuales prestadores de servicios del oferente en Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

- CENTROS DE MEDICINA POR IMÁGENES:

Asunción: Mínimo 5 (cinco) Por lo menos uno de los Centros deberá contar con equipos móviles para realizar estudios de ELECTROENCEFALOGRAFÍA en cualquier sala de Terapia Intensiva, así como la realización de estudios tales como: Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear CAMPO ABIERTO Y/O CERRADO.

  • Interior del País: Como mínimo en las localidades de: Encarnación y Ciudad del Este.

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

- Completar el formulario de Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social: y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados.

CENTROS DE FISIOTERAPIA, KINESIOTERAPIA E HIDROTERAPIA

  • Se exigirá como mínimo (dos) 2 prestadores de servicios, a libre elección de los asegurados.
  • Presentar Certificación Sanitaria de Habilitación y/o Registro, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Servicio de Ambulancia: Se exigirá como mínimo 1 (un) prestador de servicio de ambulancia que deberá contar con un mínimo de 7 (siete) móviles, 2 (dos) de los cuales estarán equipados con UTI, para traslado de pacientes desde y hasta cualquier punto del país.

  • Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

Completar el formulario NÓMINA DE DIRECTORES Y DEMÁS FUNCIONARIOS CON QUE CUENTA EL OFERENTE y presentar Declaración Jurada que cuenta como mínimo 70 (setenta) personales.*

CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO

-Contar como mínimo con 70 (setenta) personales.

- Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

- Detallar en carácter de Declaración Jurada la nómina de los profesionales propuestos para desempeñarse en el lugar de ejecución de los servicios para fines del contrato según cada especialidad requerida, y la cantidad mínima de experiencia solicitada, y la conformidad de los profesionales mediante su firma en la planilla (Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS) o copia de Contrato de Prestación de Servicios, Celebrados entre el Servicio de Medicina Prepaga y los Profesionales Médicos de distintas especialidades.

- Presentar la certificación de especialidad de cada profesional.

- Aquellos oferentes que cuentan con convenio con Sociedades de Especialidades Médicas podrán presentar dicho documento con el listado de los profesionales, sin necesidad de completar el Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS

- Acompañar la Declaración Jurada o copia de las Sociedades. Para aquellos oferentes que cuentan con convenio con Sociedades de Especialidades Médicas podrán presentar dicho documento con el listado de los profesionales, sin necesidad de completar el Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS

CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LA PRESTADORA EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES

- Requisitos Mínimos

Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.

- Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad, avalado por certificado de especialización y registro profesional vigente otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Constancias de satisfacción emitidas por firmas o empresas a las cuales ha prestado su servicio, como mínimo 2 (dos), en los últimos 2 (dos) años (2020 2021)

Completar el formulario de Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.

Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 1, 2 y 3 para el Área Capital, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

 

- Área Capital

Cantidad: La oferta presentada para el Área Capital debe estar constituida por un mínimo de 10 (diez) sanatorios, de los cuales 8 (ocho) con capacidad resolutiva de nivel 1 y 2 de atención; para atender los problemas de salud de baja y mediana complejidad de las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas y 2 (dos) con capacidad resolutiva de nivel 3 de atención, para atender los problemas de salud de alta complejidad; 1 (uno) de los Sanatorios deberá contar con Servicio de Resonancia, propios y/o tercerizados, 24 horas con Certificación de Equipo de Funcionamiento. 

 

 

Capacidad Resolutiva de Baja y Mediana Complejidad: La atención de salud de baja y mediana complejidad se brindará en clínicas y sanatorios de nivel 1 y 2 de atención con capacidad instalada para prestar los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia durante las 24 horas
  • Consultas ambulatorias y de ingresos hospitalarios en las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas para adultos y pediátricos.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia
  • Centros de Especialidades Traumatológicas: para consultas, estudios, tratamientos y urgencias habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y/o tercerizados. El Centro de Especialidades Traumatológicas deberá contar con quirófanos, arco en C, servicios de internación, Unidades de estudio de diagnóstico de imágenes para las atenciones de urgencias y servicios de traslado en caso de necesitar a unidades de terapia intensiva según indicación médica.
  • Centros de Especialidades Pediátricas para consultas, urgencias e internaciones habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y/o tercerizados.
  • Servicio de diagnóstico propio o tercerizados de análisis clínicos, anatomía patológica y de imágenes radiográficas, ecográficos, tomografía, resonancia magnética, electrocardiograma y electroencefalograma.
  • Centros de Cirugía láser excimer para tratamiento oftalmológico y dermatológico con certificación de equipo en funcionamiento propio o tercerizados
  • Unidades de fisioterapia, quinesioterapia, hidroterapia propia o tercerizados.
  • Consultorio de Psicología Clínica y de Psicopedagogía.
  • Centro de vacunación (propio y tercerizados).
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias, declaradas o no.
  • Servicio de Oncología con campana de flujo laminar. Con certificación de equipo en funcionamiento.

Observación: Los servicios de nivel 1 y 2 de atención deben contar con un sistema de referencia de pacientes para los casos en que el médico indica una atención de nivel 3, por la alta complejidad de la enfermedad del beneficiario.

Centros y/o Sanatorios Pediátricos: Además del servicio de urgencia en pediatría de los centros habilitados, la aseguradora deberá incluir en su oferta como mínimo 2 (dos) Centros con infraestructura propia y/o tercerizada Especializados exclusivamente en Pediatría para URGENCIAS E INTERNACIÓN.

Capacidad Resolutiva de Alta Complejidad: La atención de salud de alta complejidad se brindará en sanatorios de nivel 3 de atención con capacidad instalada para prestar, entre otros, los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia y emergencia durante las 24 horas.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 15 (quince) unidades para adulto.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 12 (doce) unidades para niños y neonatos.
  • Internación en unidad de aislamiento de pacientes con enfermedad infecto contagiosa, para adultos y pediátricos.
  • Servicios propios y tercerizados de diagnósticos generales y especializados de laboratorio de análisis clínicos, de anatomía patológica y de imágenes que incluye radiografía, ecografía, tomografía, resonancia magnética, eco cardiografía y servicios de hemodinámica con certificación de equipo en funcionamiento.
  • Centros de cirugías de alta complejidad cardiacas, neurológicas, vascular periférica y hemodinámica intervencionista y cirugías oncológicas.
  • Centros de cirugía Eximer Láser.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia.

Observación: Los sanatorios de alta complejidad, deben también tener la capacidad instalada para brindar servicios de nivel 1 y 2 de atención a los beneficiarios a su libre elección.

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud requisito para nivel 2 y 3 para área de Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

Deberán presentar contratos, constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente que son actuales prestadores de servicios del oferente en Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

  • Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e interior del país. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

Laboratorios de Análisis

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé

Concepción

San Ignacio Misiones

Coronel Oviedo

Pedro Juan Caballero

Carapeguá

Villarrica

Santa Rita

Hohenau

Caazapá

San Estanislao

Pilar

Caaguazú

Encarnación

San Pedro del Ycuamandiyu

Ciudad del Este

 

 

- Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Deberán presentar contratos, constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente que son actuales prestadores de servicios del oferente en Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

- CENTROS DE MEDICINA POR IMÁGENES:

Asunción: Mínimo 5 (cinco) Por lo menos uno de los Centros deberá contar con equipos móviles para realizar estudios de ELECTROENCEFALOGRAFÍA en cualquier sala de Terapia Intensiva, así como la realización de estudios tales como: Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear CAMPO ABIERTO Y/O CERRADO.

  • Interior del País: Como mínimo en las localidades de: Encarnación y Ciudad del Este.

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

- Completar el formulario de Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social: y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados.

CENTROS DE FISIOTERAPIA, KINESIOTERAPIA E HIDROTERAPIA

  • Se exigirá como mínimo (dos) 2 prestadores de servicios, a libre elección de los asegurados.
  • Presentar Certificación Sanitaria de Habilitación y/o Registro, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Servicio de Ambulancia: Se exigirá como mínimo 1 (un) prestador de servicio de ambulancia que deberá contar con un mínimo de 7 (siete) móviles, 2 (dos) de los cuales estarán equipados con UTI, para traslado de pacientes desde y hasta cualquier punto del país.

  • Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

Completar el formulario NÓMINA DE DIRECTORES Y DEMÁS FUNCIONARIOS CON QUE CUENTA EL OFERENTE y presentar Declaración Jurada que cuenta como mínimo 70 (setenta) personales.*

CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO

-Contar como mínimo con 70 (setenta) personales.

- Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

- Detallar en carácter de Declaración Jurada la nómina de los profesionales propuestos para desempeñarse en el lugar de ejecución de los servicios para fines del contrato según cada especialidad requerida, y la cantidad mínima de experiencia solicitada, y la conformidad de los profesionales mediante su firma en la planilla (Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS) o copia de Contrato de Prestación de Servicios, Celebrados entre el Servicio de Medicina Prepaga y los Profesionales Médicos de distintas especialidades.

- Presentar la certificación de especialidad de cada profesional.

- Aquellos oferentes que cuentan con convenio con Sociedades de Especialidades Médicas podrán presentar dicho documento con el listado de los profesionales, sin necesidad de completar el Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS

- Acompañar la Declaración Jurada o copia de las Sociedades. Para aquellos oferentes que cuentan con convenio con Sociedades de Especialidades Médicas podrán presentar dicho documento con el listado de los profesionales, sin necesidad de completar el Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS

CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LA PRESTADORA EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES

- Requisitos Mínimos

Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.

- Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad, avalado por certificado de especialización y registro profesional vigente otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica

Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:

Constancias de satisfacción emitidas por firmas o empresas a las cuales ha prestado su servicio, como mínimo 2 (dos), en los últimos 2 (dos) años (2020 2021)

Completar el formulario de Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.

Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 1, 2 y 3 para el Área Capital, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

- Área Capital

Cantidad: La oferta presentada para el Área Capital debe estar constituida por un mínimo de 10 (diez) sanatorios, de los cuales 8 (ocho) con capacidad resolutiva de nivel 1 y 2 de atención; para atender los problemas de salud de baja y mediana complejidad de las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas y 2 (dos) con capacidad resolutiva de nivel 3 de atención, para atender los problemas de salud de alta complejidad; 1 (uno) de los Sanatorios deberá contar con Servicio de Resonancia, propios y/o tercerizados, 24 horas con Certificación de Equipo de Funcionamiento.

Capacidad Resolutiva de Baja y Mediana Complejidad: La atención de salud de baja y mediana complejidad se brindará en clínicas y sanatorios de nivel 1 y 2 de atención con capacidad instalada para prestar los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia durante las 24 horas
  • Consultas ambulatorias y de ingresos hospitalarios en las especialidades médicas clínicas y quirúrgicas para adultos y pediátricos.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia
  • Centros de Especialidades Traumatológicas: para consultas, estudios, tratamientos y urgencias habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y/o tercerizados. El Centro de Especialidades Traumatológicas deberá contar con quirófanos, arco en C, servicios de internación, Unidades de estudio de diagnóstico de imágenes para las atenciones de urgencias y servicios de traslado en caso de necesitar a unidades de terapia intensiva según indicación médica.
  • Centros de Especialidades Pediátricas para consultas, urgencias e internaciones habilitados y/o certificados por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. Propios y/o tercerizados.
  • Servicio de diagnóstico propio o tercerizados de análisis clínicos, anatomía patológica y de imágenes radiográficas, ecográficos, tomografía, resonancia magnética, electrocardiograma y electroencefalograma.
  • Centros de Cirugía láser excimer para tratamiento oftalmológico y dermatológico con certificación de equipo en funcionamiento propio o tercerizados
  • Unidades de fisioterapia, quinesioterapia, hidroterapia propia o tercerizados.
  • Consultorio de Psicología Clínica y de Psicopedagogía.
  • Centro de vacunación (propio y tercerizados).
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias, declaradas o no.
  • Servicio de Oncología con campana de flujo laminar. Con certificación de equipo en funcionamiento.

Observación: Los servicios de nivel 1 y 2 de atención deben contar con un sistema de referencia de pacientes para los casos en que el médico indica una atención de nivel 3, por la alta complejidad de la enfermedad del beneficiario.

Centros y/o Sanatorios Pediátricos: Además del servicio de urgencia en pediatría de los centros habilitados, la aseguradora deberá incluir en su oferta como mínimo 2 (dos) Centros con infraestructura propia y/o tercerizada Especializados exclusivamente en Pediatría para URGENCIAS E INTERNACIÓN.

Capacidad Resolutiva de Alta Complejidad: La atención de salud de alta complejidad se brindará en sanatorios de nivel 3 de atención con capacidad instalada para prestar, entre otros, los siguientes servicios:

  • Atención de urgencia y emergencia durante las 24 horas.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 15 (quince) unidades para adulto.
  • Internación en unidades de terapia intensiva con 12 (doce) unidades para niños y neonatos.
  • Internación en unidad de aislamiento de pacientes con enfermedad infecto contagiosa, para adultos y pediátricos.
  • Servicios propios y tercerizados de diagnósticos generales y especializados de laboratorio de análisis clínicos, de anatomía patológica y de imágenes que incluye radiografía, ecografía, tomografía, resonancia magnética, eco cardiografía y servicios de hemodinámica con certificación de equipo en funcionamiento.
  • Centros de cirugías de alta complejidad cardiacas, neurológicas, vascular periférica y hemodinámica intervencionista y cirugías oncológicas.
  • Centros de cirugía Eximer Láser.
  • Servicio de recuperación en sala de urgencia.

Observación: Los sanatorios de alta complejidad, deben también tener la capacidad instalada para brindar servicios de nivel 1 y 2 de atención a los beneficiarios a su libre elección.

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud requisito para nivel 2 y 3 para área de Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

Deberán presentar contratos, constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente que son actuales prestadores de servicios del oferente en Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

  • Área Gran Asunción e Interior

Cantidad: La Prestadora de Servicios garantiza como mínimo los siguientes centros:

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez) centros ubicados en: Asunción, Luque, San Lorenzo, Fernando de la Mora, Mariano Roque Alonso y Limpio.

Interior: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé: 1 (uno); Coronel Oviedo: 4 (cuatro); Villarrica: 1 (uno); Caazapá: 1 (uno); Caaguazú: 1 (uno); Ciudad del Este: 2 (dos); Concepción: 2 (dos); Pedro Juan Caballero: 1 (uno); Santa Rita: 1 (uno); Encarnación: 2 (dos); San Ignacio Misiones: 1 (uno)San Ignacio Misiones: 2 (dos); Carapeguá: por lo menos 1 (uno); Hohenau: 1 (uno); Pilar: 1 (uno); San Juan Bautista de las Misiones: 1 (uno) San Pedro del Ycuamandiyu 1 (uno); San Estanislao 1 (uno).

En caso de no contar con todos los prestadores en las ciudades requeridas, se considerará las ciudades cabeceras de Departamentos.

Los Centros deberán reunir los siguientes requisitos como mínimo:

  • Servicios de URGENCIAS y de EMERGENCIAS 24 horas. En caso de producirse un evento que requiera prestación de terapia intensiva y de no contarse con el Centro Especializado, la Prestadora de Servicios se hará cargo del traslado del paciente hasta la Unidad de Terapia Intensiva más próxima.
  • Los centros asistenciales se comprometen a habilitar espacios para cubrir las necesidades asistenciales en casos de epidemias y/o pandemias declaradas o no.

Unidad de terapia intensiva para adultos y niños (opcional).

  • Unidades de Estudios de diagnóstico laboratorial y de imágenes (propios y tercerizados).
  • Unidades de fisioterapia y kinesioterapia (opcional).
  • Certificación del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o la Superintendencia de Salud como Centro de Internaciones de Servicios Médicos, convencionales y de alta complejidad (cuando corresponda).

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados en Asunción, Gran Asunción e interior del país. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

Laboratorios de Análisis

Asunción y Gran Asunción: Mínimo 10 (diez), de los cuales, por lo menos uno de los Laboratorios cuente con capacidad de realizar estudios de ADN y otros.

Interior del País: Como mínimo en las siguientes localidades:

Caacupé

Concepción

San Ignacio Misiones

Coronel Oviedo

Pedro Juan Caballero

Carapeguá

Villarrica

Santa Rita

Hohenau

Caazapá

San Estanislao

Pilar

Caaguazú

Encarnación

San Pedro del Ycuamandiyu

Ciudad del Este

San Juan Bautista Misiones.

- Requisitos documentales para evaluar el presente criterio

- Completar el formulario Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes.

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios, se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Deberán presentar contratos, constancias o cualquier otro documento que acredite fehacientemente que son actuales prestadores de servicios del oferente en Gran Asunción e Interior del País. Los beneficiarios podrán optar por concurrir a cualquiera de ellos.

- CENTROS DE MEDICINA POR IMÁGENES:

Asunción: Mínimo 5 (cinco) Por lo menos uno de los Centros deberá contar con equipos móviles para realizar estudios de ELECTROENCEFALOGRAFÍA en cualquier sala de Terapia Intensiva, así como la realización de estudios tales como: Estudios Tomográficos MULTISLICE DE 16 CANALES y Estudios de Resonancia Magnética Nuclear CAMPO ABIERTO Y/O CERRADO.

  • Interior del País: Como mínimo en las localidades de: Encarnación y Ciudad del Este.

Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

- Completar el formulario de Infraestructura prevista para el Servicio Médico, Sanatorios, Laboratorios, Medicinas por Imágenes

- Presentación de la habilitación expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social: y/o categorizados por la Superintendencia de Salud, requisito para nivel 2 y 3 para el Área Capital, Gran Asunción e Interior del país, de conformidad a la oferta presentada por la Prestadora de Servicios se deberá ofrecer sanatorios con capacidad instalada en materia de recursos humanos, de infraestructura y equipamientos tecnológicos organizados adecuadamente para atender la demanda de salud de los beneficiarios.

-Presentar copia de los contratos suscritos con los prestadores de servicios subcontratados.

CENTROS DE FISIOTERAPIA, KINESIOTERAPIA E HIDROTERAPIA

  • Se exigirá como mínimo (dos) 2 prestadores de servicios, a libre elección de los asegurados.
  • Presentar Certificación Sanitaria de Habilitación y/o Registro, del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Servicio de Ambulancia: Se exigirá como mínimo 1 (un) prestador de servicio de ambulancia que deberá contar con un mínimo de 7 (siete) móviles, 2 (dos) de los cuales estarán equipados con UTI, para traslado de pacientes desde y hasta cualquier punto del país.

  • Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:
  • Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

Completar el formulario NÓMINA DE DIRECTORES Y DEMÁS FUNCIONARIOS CON QUE CUENTA EL OFERENTE y presentar Declaración Jurada que cuenta como mínimo 70 (setenta) personales.*

CAPACIDAD EN MATERIA DE PERSONAL ADMINISTRATIVO

-Contar como mínimo con 70 (setenta) personales.

- Requisitos documentales para evaluar el presente criterio:

- Detallar en carácter de Declaración Jurada la nómina de los profesionales propuestos para desempeñarse en el lugar de ejecución de los servicios para fines del contrato según cada especialidad requerida, y la cantidad mínima de experiencia solicitada, y la conformidad de los profesionales mediante su firma en la planilla (Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS) o copia de Contrato de Prestación de Servicios, Celebrados entre el Servicio de Medicina Prepaga y los Profesionales Médicos de distintas especialidades.

- Presentar la certificación de especialidad de cada profesional.

- Aquellos oferentes que cuentan con convenio con Sociedades de Especialidades Médicas podrán presentar dicho documento con el listado de los profesionales, sin necesidad de completar el Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS

- Acompañar la Declaración Jurada o copia de las Sociedades. Para aquellos oferentes que cuentan con convenio con Sociedades de Especialidades Médicas podrán presentar dicho documento con el listado de los profesionales, sin necesidad de completar el Formulario NÓMINA DE PROFESIONALES MÉDICOS

CAPACIDAD EN MATERIA DE PROFESIONALES DE LA SALUD HABILITADOS POR LA PRESTADORA EN LAS SIGUIENTES ESPECIALIDADES

- Requisitos Mínimos

Se exige que el Oferente cuente en Asunción como mínimo con la cantidad de profesionales por especialización y experiencia no menor a 5 (cinco) años.

- Todas las especialidades médicas deberán contar con profesionales especialistas y que cuenten con 5 (cinco) años de experiencia en la especialidad, avalado por certificado de especialización y registro profesional vigente otorgado por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.