Secciones
Versión 2
Versión 3
Diferencias entre las versiones 2 y 3
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Formula de reajuste:
Pr= P x IPC 1
IPC0
Pr: precio reajustado
P: precio adjudicado
IPC1: índice de precios al consumidor publicado por el BCP correspondiente a la fecha de la Resolución de Adjudicación
IPC0: índice de precios al consumidor publicado por el BCP, correspondiente al mes de la Apertura de Sobres los precios ofertados y adjudicados estarán sujetos a reajuste de precios, siempre y cuando la variación sustancial de precios en la economía nacional y ésta se vea reflejada en el Índice de Precios de Consumo (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay en un valor igual o mayor al quince por ciento (15%) sobre la inflación oficial. No se reconocerán los reajustes de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto al cronograma de entrega aprobado.
El reajuste solo será aplicado a solicitud del contratista/proveedor.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
El reajuste de precio deberá ser solicitado por el Contratista y aprobado por el Contratante por medio de notas oficiales, siempre y cuando haya una variación sustancial de precios en la economía nacional reflejada en el índice de precios de consumo publicado por el Banco Central del Paraguay, en un valor igual o mayor al quince por ciento sobre la inflación oficial esperada para el mismo periodo.
No tendrá efecto retroactivo respecto a los bienes proveídos antes de la verificación del reajuste.
El pedido de reajuste deberá ser presentado al momento de la entrega de los bienes.
Formula de reajuste:
Pr= P x IPC 1
IPC0
Pr: precio reajustado
P: precio adjudicado
IPC1: índice de precios al consumidor publicado por el BCP correspondiente a la fecha de la Resolución de Adjudicación
IPC0: índice de precios al consumidor publicado por el BCP, correspondiente al mes de la Apertura de Sobres los precios ofertados y adjudicados estarán sujetos a reajuste de precios, siempre y cuando la variación sustancial de precios en la economía nacional y ésta se vea reflejada en el Índice de Precios de Consumo (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay en un valor igual o mayor al quince por ciento (15%) sobre la inflación oficial. No se reconocerán los reajustes de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto al cronograma de entrega aprobado.
El reajuste solo será aplicado a solicitud del contratista/proveedor.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
El reajuste de precio deberá ser solicitado por el Contratista y aprobado por el Contratante por medio de notas oficiales, siempre y cuando haya una variación sustancial de precios en la economía nacional reflejada en el índice de precios de consumo publicado por el Banco Central del Paraguay, en un valor igual o mayor al quince por ciento sobre la inflación oficial esperada para el mismo periodo.
No tendrá efecto retroactivo respecto a los bienes proveídos antes de la verificación del reajuste.
El pedido de reajuste deberá ser presentado al momento de la entrega de los bienes.
Formula de reajuste:
Pr= P x IPC 1
IPC0
Pr: precio reajustado
P: precio adjudicado
IPC1: índice de precios al consumidor publicado por el BCP correspondiente a la fecha de la Resolución de Adjudicación
IPC0: índice de precios al consumidor publicado por el BCP, correspondiente al mes de la Apertura de Sobres los precios ofertados y adjudicados estarán sujetos a reajuste de precios, siempre y cuando la variación sustancial de precios en la economía nacional y ésta se vea reflejada en el Índice de Precios de Consumo (IPC) publicado por el Banco Central del Paraguay en un valor igual o mayor al quince por ciento (15%) sobre la inflación oficial. No se reconocerán los reajustes de precios si el suministro se encuentra atrasado respecto al cronograma de entrega aprobado.
El reajuste solo será aplicado a solicitud del contratista/proveedor.