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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

 

OBJETO.

El objeto de la presente especificación técnica es establecer las condiciones mínimas que deberá reunir el servicio de Servicio de recolección de residuos patológicos y de productos de origen animal, de acuerdo a los estándares y normativas, en las cantidades, frecuencias y horarios establecidos en las especificaciones Técnicas.

ALCANCE DEL SUMINISTRO y REQUISITOS GENERALES

La empresa oferente deberá contar con la Licencia Ambiental otorgada por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenido (MADES), por la que autorice a la empresa el procesamiento y disposición final de residuos patológicos de origen hospitalario y de productos y subproductos de origen animal, medicamentos y alimentos para animales, de acuerdo a la Ley N° 294/93 Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamentación Respectiva. La licencia ambiental deberá estar vigente a la fecha de la apertura. La documentación deberá estar vigente durante la ejecución del Contrato.

El oferente deberá estar habilitado por el MADES para realizar este tipo de servicios, presentando la habilitación correspondiente.

Tener experiencia comprobada en el tratamiento y disposición final de residuos en Instituciones públicas y/o privadas.

Cumplir con lo establecido en el Ley Nº 3361/07 y el Decreto Nº 6538/11 en cuanto al transporte, para lo cual deberá presentar la habilitación del vehículo y del chofer por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Indicar el destino final de los desechos y el método de disposición final.

Contar con Certificado de destrucción de los residuos retirados.

La empresa deberá hacerse cargo de la estiva de los residuos depositados en los puntos de recolección:

LOTE 1 - Servicio de recolección de productos de origen animal

  • Punto de ingreso Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi
  • Punto de ingreso Puerto Falcón
  • Punto de ingreso GICAL- Mariano Roque Alonso

LOTE 2 - Servicio de recolección de residuos patológicos

  • DIGELAB Sede Central del SENACSA

Los materiales, personal, equipos de transporte, equipos de protección individual será proveídos en su totalidad por la empresa oferente.

MARCO LEGAL.

Ley N° 836/80 Código Sanitario

Ley N° 3361/07 De residuos generados en los establecimientos de salud y afines

Ley N° 294/93 Evaluación de Impacto Ambiental

Decreto N° 6538/11 Que reglamente la Ley N° 3361/07

SERVICIO CONTRATADO.

La empresa debe prestar el servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos Tipo I, II, Tipo III, Tipo IV y Tipo V, según clasificación estipulada en la Ley 3361/07 y su decreto reglamentario, en los puntos de recolección indicados

El Plan de Entrega o cronograma de retiros expresado en este PBC, será de cumplimiento obligatorio y que en el caso que fuere necesario el servicio fuera del cronograma establecido, de manera excepcional y que las normativas de bioseguridad así lo requieran, el adjudicado deberá prestar servicio una vez comunicado o notificado por la Convocante:

  • Punto de ingreso Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi: un plazo tentativo de 12 (doce)horas
  • Punto de ingreso Puerto Falcón: un plazo tentativo de 12 (doce)horas.
  • Punto de ingreso GICAL- Mariano Roque Alonso: un plazo tentativo de 12 (doce)horas
  • DIGELAB Sede Central del SENACSA: en el plazo máximo de 2 (dos) días hábiles.

La empresa Adjudicada será responsable del cumplimiento del Plan de Entrega o cronograma de retiros establecido, cuyo incumplimiento obligará a la aplicación de las multas establecidas en la presente contratación de forma inmediata.

La empresa adjudicada será responsable de cualquier manipulación y/o disposición irresponsable o negligente de los residuos retirados.

La convocante deslinda cualquier responsabilidad civil y/o penal desde el momento en que el personal de la empresa se hace cargo de los residuos.

El método de tratamiento a ser utilizado por la empresa será conforme a lo estipulado en la normativa vigente.

La empresa debe presentar el Plan de Gestión para el cumplimiento de la Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final mediante una propuesta técnica indicando el cronograma de recolección, frecuencias y horarios de recolección en concordancia con lo establecido por la Convocante para tal efecto.

Los trabajos y servicios serán iniciados luego de la recepción de la orden de servicio emitida por la Convocante en el plazo establecido en el Plan de Entregas.

La Convocante podrá realizar visitas a las oficinas y plantas de tratamiento de residuos, a fin de verificar el proceso de tratamiento de los residuos. También se reserva el derecho de realizar las inspecciones correspondientes a los vehículos destinados al transporte de residuos.

RECURSOS HUMANOS.

La empresa deberá contar con la cantidad suficiente de personal capacitado en el manejo de Residuos Peligrosos, Patológicos, productos biológicos, residuos de origen animal y afines, para la ejecución del Servicio de Recolección de Residuos, los mismos deberán estar dotados de todos los elementos de protección individual establecidos en la Reglamentación Nacional vigente. La empresa deberá presentar el detalle de los cursos de capacitación efectuados a sus funcionarios.

La empresa que resulte adjudicada deberá designar un encargado en carácter de enlace, para lo cual deberá facilitar Nombre y Apellido, dirección de correo electrónico, número de línea baja y número de teléfono móvil.

EJECUCION, CONTROL Y MONITOREO.

Los residuos recolectados, serán pesados in situ y registrados en una planilla diseñada para tal fin, con logo y membrete oficial de la empresa, en presencia de funcionarios autorizados para el control por parte del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA).

No serán admitidos pesajes que fuesen realizados en forma unilateral.

El pesaje será realizado con equipos proveídos por la empresa adjudicada.

Se provisionará de Balanzas de Plataforma Electrónica para pesaje de los Residuos Patológicos y de origen animal que serán retirados.

Los residuos a ser retirados deben ser pesados con equipos que mantengan inalterados la integridad de los envases. Por la misma se dispondrá lo siguiente:

  • una (1) Balanza de Plataforma Electrónica, que será dispuesta en el lugar que indique los Técnicos de la Dependencia.

Durante el proceso de control de peso de los residuos recolectados, la empresa deberá utilizar un sistema que garantice la integridad de los envases contenedores de los residuos, no permitiendo el derrame o salida de los mismos desde el retiro hasta su tratamiento o disposición final.

El peso medido en kilos deberá ser registrado en una planilla provista por la empresa, la cual deberá llevar la firma y aclaración de los responsables asignados de la dependencia para el efecto.

La planilla deberá necesariamente llevar la firma, aclaración y documento de identidad de los responsables asignados para el efecto, sin la cual, la planilla no será considerada como válida a los efectos de considerar el pago de la deuda.

OBSERVACION: LOS LUGARES EN QUE SE REALIZAN LAS RECOLECCIONES INDISTINTAMENTE AL TIPO DE SERVICIO, DEBERÁN QUEDAR TOTALMENTE LIMPIOS Y ASEADOS UNA VEZ CONCLUIDOS LOS TRABAJOS.

SEGURIDAD DEL SERVICIO.

La empresa no podrá interrumpir el servicio durante el tiempo de vigencia del contrato, salvo inconvenientes de fuerza mayor ajenos a su responsabilidad establecidas en el presente PBC (alteraciones de orden público, guerras, catástrofes naturales y otros de fuerza mayor).

La empresa deberá providenciar los medios necesarios para sustituir indisponibilidad de móviles recolectores o falta de personal especializados para la recolección.

La empresa deberá cumplir a cabalidad con las frecuencias establecidas en el Plan de Entregas del contrato, realizando el retiro total de los residuos almacenados.

El contratista será responsable de la provisión de los equipos de protección individual necesarios para sus empleados (guantes, uniformes, botas, cascos, lentes, mascarilla de protección respiratoria) y deberá cumplir con las disposiciones legales vigentes.

CAPACITACION.

El oferente deberá contemplar una capacitación gratuita al personal del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal, sobre la disposición, custodia y traslado de los residuos según su tipología

La misma se realizará en coordinación con el Área Técnica de cada Sede a ser indicado por la Convocante, fijando fecha y horario.

Para el efecto se emitirá certificado y se elaborara la lista de asistencia con los personales capacitados, el cual deberá ser presentado para obtener la conformidad del servicio prestado.

La lista de asistencia deberá obligatoriamente llevar la firma, aclaración y documento de identidad de los participantes.

La empresa deberá providenciar los medios necesarios para realizar la capacitación con personales especializados en el área.

En el marco de la relación contractual a generarse y de responsabilidad común, es fundamental la capacitación y actualización constante de los personales operativos que intervienen en esta etapa tanto del proveedor como el de la convocante que a requerimiento de esta podrá realizarse otra capacitación sin costo alguno para la misma.

Observación: La empresa adjudicada deberá expedir Certificado de Destrucción de los residuos retirados, luego de cada servicio de recolección

Modalidad de Contrato

Se utilizará la modalidad de Contrato ABIERTO.

Lote 1 - Servicio de recolección de productos de origen animal

Monto Mínimo: Gs. 380.000.000

Monto Máximo: Gs. 760.000.000

Lote 2 - Servicio de recolección de residuos patológicos

Monto Mínimo: Gs. 60.000.000

Monto Máximo: Gs. 120.000.000

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

OBJETO.

El objeto de la presente especificación técnica es establecer las condiciones mínimas que deberá reunir el servicio de Servicio de recolección de residuos patológicos y de productos de origen animal, de acuerdo a los estándares y normativas, en las cantidades, frecuencias y horarios establecidos en las especificaciones Técnicas.

ALCANCE DEL SUMINISTRO y REQUISITOS GENERALES

La empresa oferente deberá contar con la Licencia Ambiental otorgada por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenido (MADES), por la que autorice a la empresa el procesamiento y disposición final de residuos patológicos de origen hospitalario y de productos y subproductos de origen animal, medicamentos y alimentos para animales, de acuerdo a la Ley N° 294/93 Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamentación Respectiva. La licencia ambiental deberá estar vigente a la fecha de la apertura. La documentación deberá estar vigente durante la ejecución del Contrato.

El oferente deberá estar habilitado por el MADES para realizar este tipo de servicios, presentando la habilitación correspondiente.

Tener experiencia comprobada en el tratamiento y disposición final de residuos en Instituciones públicas y/o privadas.

Cumplir con lo establecido en el Ley Nº 3361/07 y el Decreto Nº 6538/11 en cuanto al transporte, para lo cual deberá presentar la habilitación del vehículo y del chofer por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Indicar el destino final de los desechos y el método de disposición final.

Contar con Certificado de destrucción de los residuos retirados.

La empresa deberá hacerse cargo de la estiva de los residuos depositados en los puntos de recolección:

LOTE 1 - Servicio de recolección de productos de origen animal

  • Punto de ingreso Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi
  • Punto de ingreso Puerto Falcón
  • Punto de ingreso GICAL- Mariano Roque Alonso

LOTE 2 - Servicio de recolección de residuos patológicos

  • DIGELAB Sede Central del SENACSA

Los materiales, personal, equipos de transporte, equipos de protección individual será proveídos en su totalidad por la empresa oferente.

MARCO LEGAL.

Ley N° 836/80 Código Sanitario

Ley N° 3361/07 De residuos generados en los establecimientos de salud y afines

Ley N° 294/93 Evaluación de Impacto Ambiental

Decreto N° 6538/11 Que reglamente la Ley N° 3361/07

SERVICIO CONTRATADO.

La empresa debe prestar el servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos Tipo I, II, Tipo III, Tipo IV y Tipo V, según clasificación estipulada en la Ley 3361/07 y su decreto reglamentario, en los puntos de recolección indicados

El Plan de Entrega o cronograma de retiros expresado en este PBC, será de cumplimiento obligatorio y que en el caso que fuere necesario el servicio fuera del cronograma establecido, de manera excepcional y que las normativas de bioseguridad así lo requieran, el adjudicado deberá prestar servicio una vez comunicado o notificado por la Convocante:

  • Punto de ingreso Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi: un plazo tentativo de 12 (doce)horas
  • Punto de ingreso Puerto Falcón: un plazo tentativo de 12 (doce)horas.
  • Punto de ingreso GICAL- Mariano Roque Alonso: un plazo tentativo de 12 (doce)horas
  • DIGELAB Sede Central del SENACSA: en el plazo máximo de 2 (dos) días hábiles.

La empresa Adjudicada será responsable del cumplimiento del Plan de Entrega o cronograma de retiros establecido, cuyo incumplimiento obligará a la aplicación de las multas establecidas en la presente contratación de forma inmediata.

La empresa adjudicada será responsable de cualquier manipulación y/o disposición irresponsable o negligente de los residuos retirados.

La convocante deslinda cualquier responsabilidad civil y/o penal desde el momento en que el personal de la empresa se hace cargo de los residuos.

El método de tratamiento a ser utilizado por la empresa será conforme a lo estipulado en la normativa vigente.

La empresa debe presentar el Plan de Gestión para el cumplimiento de la Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final mediante una propuesta técnica indicando el cronograma de recolección, frecuencias y horarios de recolección en concordancia con lo establecido por la Convocante para tal efecto.

Los trabajos y servicios serán iniciados luego de la recepción de la orden de servicio emitida por la Convocante en el plazo establecido en el Plan de Entregas.

La Convocante podrá realizar visitas a las oficinas y plantas de tratamiento de residuos, a fin de verificar el proceso de tratamiento de los residuos. También se reserva el derecho de realizar las inspecciones correspondientes a los vehículos destinados al transporte de residuos.

RECURSOS HUMANOS.

La empresa deberá contar con la cantidad suficiente de personal capacitado en el manejo de Residuos Peligrosos, Patológicos, productos biológicos, residuos de origen animal y afines, para la ejecución del Servicio de Recolección de Residuos, los mismos deberán estar dotados de todos los elementos de protección individual establecidos en la Reglamentación Nacional vigente. La empresa deberá presentar el detalle de los cursos de capacitación efectuados a sus funcionarios.

La empresa que resulte adjudicada deberá designar un encargado en carácter de enlace, para lo cual deberá facilitar Nombre y Apellido, dirección de correo electrónico, número de línea baja y número de teléfono móvil.

EJECUCION, CONTROL Y MONITOREO.

Los residuos recolectados, serán pesados in situ y registrados en una planilla diseñada para tal fin, con logo y membrete oficial de la empresa, en presencia de funcionarios autorizados para el control por parte del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA).

No serán admitidos pesajes que fuesen realizados en forma unilateral.

El pesaje será realizado con equipos proveídos por la empresa adjudicada.

Se provisionará de Balanzas de Plataforma Electrónica para pesaje de los Residuos Patológicos y de origen animal que serán retirados.

Los residuos a ser retirados deben ser pesados con equipos que mantengan inalterados la integridad de los envases. Por la misma se dispondrá lo siguiente:

  • una (1) Balanza de Plataforma Electrónica, que será dispuesta en el lugar que indique los Técnicos de la Dependencia.

Durante el proceso de control de peso de los residuos recolectados, la empresa deberá utilizar un sistema que garantice la integridad de los envases contenedores de los residuos, no permitiendo el derrame o salida de los mismos desde el retiro hasta su tratamiento o disposición final.

El peso medido en kilos deberá ser registrado en una planilla provista por la empresa, la cual deberá llevar la firma y aclaración de los responsables asignados de la dependencia para el efecto.

La planilla deberá necesariamente llevar la firma, aclaración y documento de identidad de los responsables asignados para el efecto, sin la cual, la planilla no será considerada como válida a los efectos de considerar el pago de la deuda.

OBSERVACION: LOS LUGARES EN QUE SE REALIZAN LAS RECOLECCIONES INDISTINTAMENTE AL TIPO DE SERVICIO, DEBERÁN QUEDAR TOTALMENTE LIMPIOS Y ASEADOS UNA VEZ CONCLUIDOS LOS TRABAJOS.

SEGURIDAD DEL SERVICIO.

La empresa no podrá interrumpir el servicio durante el tiempo de vigencia del contrato, salvo inconvenientes de fuerza mayor ajenos a su responsabilidad establecidas en el presente PBC (alteraciones de orden público, guerras, catástrofes naturales y otros de fuerza mayor).

La empresa deberá providenciar los medios necesarios para sustituir indisponibilidad de móviles recolectores o falta de personal especializados para la recolección.

La empresa deberá cumplir a cabalidad con las frecuencias establecidas en el Plan de Entregas del contrato, realizando el retiro total de los residuos almacenados.

El contratista será responsable de la provisión de los equipos de protección individual necesarios para sus empleados (guantes, uniformes, botas, cascos, lentes, mascarilla de protección respiratoria) y deberá cumplir con las disposiciones legales vigentes.

CAPACITACION.

El oferente deberá contemplar una capacitación gratuita al personal del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal, sobre la disposición, custodia y traslado de los residuos según su tipología (deberán contemplar materiales didácticos y prácticos)

La misma se realizará en coordinación con el Área Técnica de cada Sede a ser indicado por la Convocante, fijando fecha y horario.

Para el efecto se emitirá certificado y se elaborara la lista de asistencia con los personales capacitados, el cual deberá ser presentado para obtener la conformidad del servicio prestado.

La lista de asistencia deberá obligatoriamente llevar la firma, aclaración y documento de identidad de los participantes.

La empresa deberá providenciar los medios necesarios para realizar la capacitación con personales especializados en el área.

En el marco de la relación contractual a generarse y de responsabilidad común, es fundamental la capacitación y actualización constante de los personales operativos que intervienen en esta etapa tanto del proveedor como el de la convocante que a requerimiento de esta podrá realizarse otra capacitación sin costo alguno para la misma.

  • Lote 1: En la SEDE de la DIGESIT, sobre la Avenida Mariscal Estigarribia Km 10, se estima la participación de 15 personas.

           Contactos: Msc. José Petters. Tel (0971) 254967- Dr. Norman Ramírez. Tel: (0971) 255566.

  • Lote 2: Sede Central del SENACSA, calle Ciencias Veterinarias Nº 265 casi Ruta Mcal Estigarribia KM 10,5 la cantidad de personas que serán capacitadas son 6.

           Contacto: Dra. Leonarda Irala. Tel: 7290015 - Interno 1175

Observación: La empresa adjudicada deberá expedir Certificado de Destrucción de los residuos retirados, luego de cada servicio de recolección

Modalidad de Contrato

Se utilizará la modalidad de Contrato ABIERTO.

Lote 1 - Servicio de recolección de productos de origen animal

Monto Mínimo: Gs. 380.000.000

Monto Máximo: Gs. 760.000.000

Lote 2 - Servicio de recolección de residuos patológicos

Monto Mínimo: Gs. 60.000.000

Monto Máximo: Gs. 120.000.000

Detalles de los productos y/ servicios con las respectivas especificaciones técnicas - CPS

Los productos y/o servicios a ser requeridos cuentan con las siguientes especificaciones técnicas:

OBJETO.

El objeto de la presente especificación técnica es establecer las condiciones mínimas que deberá reunir el servicio de Servicio de recolección de residuos patológicos y de productos de origen animal, de acuerdo a los estándares y normativas, en las cantidades, frecuencias y horarios establecidos en las especificaciones Técnicas.

ALCANCE DEL SUMINISTRO y REQUISITOS GENERALES

La empresa oferente deberá contar con la Licencia Ambiental otorgada por el Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenido (MADES), por la que autorice a la empresa el procesamiento y disposición final de residuos patológicos de origen hospitalario y de productos y subproductos de origen animal, medicamentos y alimentos para animales, de acuerdo a la Ley N° 294/93 Evaluación de Impacto Ambiental y su Reglamentación Respectiva. La licencia ambiental deberá estar vigente a la fecha de la apertura. La documentación deberá estar vigente durante la ejecución del Contrato.

El oferente deberá estar habilitado por el MADES para realizar este tipo de servicios, presentando la habilitación correspondiente.

Tener experiencia comprobada en el tratamiento y disposición final de residuos en Instituciones públicas y/o privadas.

Cumplir con lo establecido en el Ley Nº 3361/07 y el Decreto Nº 6538/11 en cuanto al transporte, para lo cual deberá presentar la habilitación del vehículo y del chofer por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

Indicar el destino final de los desechos y el método de disposición final.

Contar con Certificado de destrucción de los residuos retirados.

La empresa deberá hacerse cargo de la estiva de los residuos depositados en los puntos de recolección:

LOTE 1 - Servicio de recolección de productos de origen animal

  • Punto de ingreso Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi
  • Punto de ingreso Puerto Falcón
  • Punto de ingreso GICAL- Mariano Roque Alonso

LOTE 2 - Servicio de recolección de residuos patológicos

  • DIGELAB Sede Central del SENACSA

Los materiales, personal, equipos de transporte, equipos de protección individual será proveídos en su totalidad por la empresa oferente.

MARCO LEGAL.

Ley N° 836/80 Código Sanitario

Ley N° 3361/07 De residuos generados en los establecimientos de salud y afines

Ley N° 294/93 Evaluación de Impacto Ambiental

Decreto N° 6538/11 Que reglamente la Ley N° 3361/07

SERVICIO CONTRATADO.

La empresa debe prestar el servicio de recolección, transporte, tratamiento y disposición final de residuos Tipo I, II, Tipo III, Tipo IV y Tipo V, según clasificación estipulada en la Ley 3361/07 y su decreto reglamentario, en los puntos de recolección indicados

El Plan de Entrega o cronograma de retiros expresado en este PBC, será de cumplimiento obligatorio y que en el caso que fuere necesario el servicio fuera del cronograma establecido, de manera excepcional y que las normativas de bioseguridad así lo requieran, el adjudicado deberá prestar servicio una vez comunicado o notificado por la Convocante:

  • Punto de ingreso Aeropuerto Internacional Silvio Pettirossi: un plazo tentativo de 12 (doce)horas
  • Punto de ingreso Puerto Falcón: un plazo tentativo de 12 (doce)horas.
  • Punto de ingreso GICAL- Mariano Roque Alonso: un plazo tentativo de 12 (doce)horas
  • DIGELAB Sede Central del SENACSA: en el plazo máximo de 2 (dos) días hábiles.

La empresa Adjudicada será responsable del cumplimiento del Plan de Entrega o cronograma de retiros establecido, cuyo incumplimiento obligará a la aplicación de las multas establecidas en la presente contratación de forma inmediata.

La empresa adjudicada será responsable de cualquier manipulación y/o disposición irresponsable o negligente de los residuos retirados.

La convocante deslinda cualquier responsabilidad civil y/o penal desde el momento en que el personal de la empresa se hace cargo de los residuos.

El método de tratamiento a ser utilizado por la empresa será conforme a lo estipulado en la normativa vigente.

La empresa debe presentar el Plan de Gestión para el cumplimiento de la Recolección, Transporte, Tratamiento y Disposición Final mediante una propuesta técnica indicando el cronograma de recolección, frecuencias y horarios de recolección en concordancia con lo establecido por la Convocante para tal efecto.

Los trabajos y servicios serán iniciados luego de la recepción de la orden de servicio emitida por la Convocante en el plazo establecido en el Plan de Entregas.

La Convocante podrá realizar visitas a las oficinas y plantas de tratamiento de residuos, a fin de verificar el proceso de tratamiento de los residuos. También se reserva el derecho de realizar las inspecciones correspondientes a los vehículos destinados al transporte de residuos.

RECURSOS HUMANOS.

La empresa deberá contar con la cantidad suficiente de personal capacitado en el manejo de Residuos Peligrosos, Patológicos, productos biológicos, residuos de origen animal y afines, para la ejecución del Servicio de Recolección de Residuos, los mismos deberán estar dotados de todos los elementos de protección individual establecidos en la Reglamentación Nacional vigente. La empresa deberá presentar el detalle de los cursos de capacitación efectuados a sus funcionarios.

La empresa que resulte adjudicada deberá designar un encargado en carácter de enlace, para lo cual deberá facilitar Nombre y Apellido, dirección de correo electrónico, número de línea baja y número de teléfono móvil.

EJECUCION, CONTROL Y MONITOREO.

Los residuos recolectados, serán pesados in situ y registrados en una planilla diseñada para tal fin, con logo y membrete oficial de la empresa, en presencia de funcionarios autorizados para el control por parte del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal (SENACSA).

No serán admitidos pesajes que fuesen realizados en forma unilateral.

El pesaje será realizado con equipos proveídos por la empresa adjudicada.

Se provisionará de Balanzas de Plataforma Electrónica para pesaje de los Residuos Patológicos y de origen animal que serán retirados.

Los residuos a ser retirados deben ser pesados con equipos que mantengan inalterados la integridad de los envases. Por la misma se dispondrá lo siguiente:

  • una (1) Balanza de Plataforma Electrónica, que será dispuesta en el lugar que indique los Técnicos de la Dependencia.

Durante el proceso de control de peso de los residuos recolectados, la empresa deberá utilizar un sistema que garantice la integridad de los envases contenedores de los residuos, no permitiendo el derrame o salida de los mismos desde el retiro hasta su tratamiento o disposición final.

El peso medido en kilos deberá ser registrado en una planilla provista por la empresa, la cual deberá llevar la firma y aclaración de los responsables asignados de la dependencia para el efecto.

La planilla deberá necesariamente llevar la firma, aclaración y documento de identidad de los responsables asignados para el efecto, sin la cual, la planilla no será considerada como válida a los efectos de considerar el pago de la deuda.

OBSERVACION: LOS LUGARES EN QUE SE REALIZAN LAS RECOLECCIONES INDISTINTAMENTE AL TIPO DE SERVICIO, DEBERÁN QUEDAR TOTALMENTE LIMPIOS Y ASEADOS UNA VEZ CONCLUIDOS LOS TRABAJOS.

SEGURIDAD DEL SERVICIO.

La empresa no podrá interrumpir el servicio durante el tiempo de vigencia del contrato, salvo inconvenientes de fuerza mayor ajenos a su responsabilidad establecidas en el presente PBC (alteraciones de orden público, guerras, catástrofes naturales y otros de fuerza mayor).

La empresa deberá providenciar los medios necesarios para sustituir indisponibilidad de móviles recolectores o falta de personal especializados para la recolección.

La empresa deberá cumplir a cabalidad con las frecuencias establecidas en el Plan de Entregas del contrato, realizando el retiro total de los residuos almacenados.

El contratista será responsable de la provisión de los equipos de protección individual necesarios para sus empleados (guantes, uniformes, botas, cascos, lentes, mascarilla de protección respiratoria) y deberá cumplir con las disposiciones legales vigentes.

CAPACITACION.

El oferente deberá contemplar una capacitación gratuita al personal del Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal, sobre la disposición, custodia y traslado de los residuos según su tipología (deberán contemplar materiales didácticos y prácticos)

La misma se realizará en coordinación con el Área Técnica de cada Sede a ser indicado por la Convocante, fijando fecha y horario.

Para el efecto se emitirá certificado y se elaborara la lista de asistencia con los personales capacitados, el cual deberá ser presentado para obtener la conformidad del servicio prestado.

La lista de asistencia deberá obligatoriamente llevar la firma, aclaración y documento de identidad de los participantes.

La empresa deberá providenciar los medios necesarios para realizar la capacitación con personales especializados en el área.

En el marco de la relación contractual a generarse y de responsabilidad común, es fundamental la capacitación y actualización constante de los personales operativos que intervienen en esta etapa tanto del proveedor como el de la convocante que a requerimiento de esta podrá realizarse otra capacitación sin costo alguno para la misma.

  • Lote 1: En la SEDE de la DIGESIT, sobre la Avenida Mariscal Estigarribia Km 10, se estima la participación de 15 personas.

Contactos: Msc. José Petters. Tel (0971) 254967- Dr. Norman Ramírez. Tel: (0971) 255566.

  • Lote 2: Sede Central del SENACSA, calle Ciencias Veterinarias Nº 265 casi Ruta Mcal Estigarribia KM 10,5 la cantidad de personas que serán capacitadas son 6.

Contacto: Dra. Leonarda Irala. Tel: 7290015 - Interno 1175

Observación: La empresa adjudicada deberá expedir Certificado de Destrucción de los residuos retirados, luego de cada servicio de recolección

Modalidad de Contrato

Se utilizará la modalidad de Contrato ABIERTO.

Lote 1 - Servicio de recolección de productos de origen animal

Monto Mínimo: Gs. 380.000.000

Monto Máximo: Gs. 760.000.000

Lote 2 - Servicio de recolección de residuos patológicos

Monto Mínimo: Gs. 60.000.000

Monto Máximo: Gs. 120.000.000