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Versión 6

Versión 7

Diferencias entre las versiones 6 y 7

Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Demostrar la experiencia en provisión de MEDICAMENTOS , INSUMOS E INSTRUMENTALES (SEGÚN LO COTIZADO) a través de copias de Contratos y/o Facturaciones de Ventas por un 25 % (VEINTE Y CINCO) por ciento de lo ofertado en la presente licitación, en cualquiera de los siguientes años: 2018,2019,2020,2021. Para demostrar esta situación, se podrá presentar la cantidad de contratos y/o facturas que fueren necesarios para acreditar el volumen y/o monto solicitado.

Observación: Para los consorcios, todos los integrantes deberán cumplir los requisitos legales en su totalidad como ser obligaciones tributarias, laborales y de seguridad social, además deberá indicarse en la oferta cuál es la empresa líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos 60% de los criterios de calificación de experiencia y capacidad técnica, y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio


Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Demostrar la experiencia en provisión de MEDICAMENTOS , INSUMOS Y/O DISPOSITIVOS MEDICOS E INSTRUMENTALES (SEGÚN LO COTIZADO) a través de copias de Contratos y/o Facturaciones de Ventas por un 25 % (VEINTE Y CINCO) por ciento de lo ofertado en la presente licitación, en cualquiera de los siguientes años: 2017, 2018,2019,2020,2021. Para demostrar esta situación, se podrá presentar la cantidad de contratos y/o facturas que fueren necesarios para acreditar el volumen y/o monto solicitado.

Observación: Para los consorcios, todos los integrantes deberán cumplir los requisitos legales en su totalidad como ser obligaciones tributarias, laborales y de seguridad social, además deberá indicarse en la oferta cuál es la empresa líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos 60% de los criterios de calificación de experiencia y capacidad técnica, y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio


Experiencia requerida

Con el objetivo de calificar la experiencia del oferente, se considerarán los siguientes índices:

 

 

Demostrar la experiencia en provisión de MEDICAMENTOS , INSUMOS Y/O DISPOSITIVOS MEDICOS E INSTRUMENTALES (SEGÚN LO COTIZADO) a través de copias de Contratos y/o Facturaciones de Ventas por un 25 % (VEINTE Y CINCO) por ciento de lo ofertado en la presente licitación, en cualquiera de los siguientes años: 2017, 2018,2019,2020,2021. Para demostrar esta situación, se podrá presentar la cantidad de contratos y/o facturas que fueren necesarios para acreditar el volumen y/o monto solicitado.

Observación: Para los consorcios, todos los integrantes deberán cumplir los requisitos legales en su totalidad como ser obligaciones tributarias, laborales y de seguridad social, además deberá indicarse en la oferta cuál es la empresa líder del consorcio, quien deberá cumplir con al menos 60% de los criterios de calificación de experiencia y capacidad técnica, y el 40% restante lo cumplirán el o los demás integrantes del consorcio


Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

  1. Copias de contratos y/o Facturaciones de los años 2018, 2019,2020 y/o 2021 que avalen la experiencia requerida 

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

  1. Copias de contratos y/o Facturaciones de los años 2017, 2018, 2019,2020 y/o 2021 que avalen la experiencia requerida 

Requisitos documentales para la evaluación de la experiencia

  1. Copias de contratos y/o Facturaciones de los años 2017, 2018, 2019,2020 y/o 2021 que avalen la experiencia requerida

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

a. Copia de la Resolución de Apertura vigente de la firma oferente, para fabricar, comercializar y/o importar Medicamentos, Insumos Médicos e Instrumentales , según corresponda, expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

b. Si el oferente oferta productos de otra empresa (fabricantes nacionales, importadoras, fraccionadoras, distribuidoras), el oferente deberá de presentar copia de la Resolución de Apertura vigente, del poder dante, para fabricar, importar, representar, comercializar Medicamentos, Insumos Médicos e instrumentales , según como corresponda, expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

c. El oferente deberá presentar copia del Certificado de Registro Sanitario Vigente, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria a excepción de los ítems 3, 64, 65, 66,67, 70, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 80, 81,82, 88, 89, 90, 91, 92, 96, 97, 217, 218, 219,220,221,222,223,224,225.

d. En caso de que las documentaciones antes mencionadas se encuentren vencidas (Resolución de Apertura y Registro Sanitario), se deberá acompañar constancia emitida por la DNVS de que los mismos se encuentran en trámite de renovación y que los productos pueden ser comercializado en el país.

e. Presentar Folletos, Catálogos, prospectos impresos descriptivos de los bienes propuestos en castellano del Medicamento.

f. Copia del certificado de Buenas Prácticas de Fabricación y/o almacenamiento, según corresponda, del oferente, fabricante y/o distribuidor,  emitida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del MSPyBS, vigente durante toda la duración del contrato.

g. Los oferentes que usufructúan instalaciones de otra empresa deberán presentar además del contrato de alquiler vigente de o los depósitos de almacenamiento, copia del certificado de Buenas Prácticas de almacenamiento vigente de la empresa de la que el oferente usufructúa las instalaciones, el cual deberá mantener su vigencia durante toda la duración de contrato.

h. Para representantes, Carta Poder vigente otorgada por el fabricante debidamente legalizado y consularizada o apostillado, para comercializar el producto ofertado e inscripta en el Registro Público de Comercio. En caso que el oferente no sea el representante del producto ofertado, se deberá presentar la carta de autorización del fabricante vigente a favor del representante o distribuidor en plaza, y este a su vez al oferente.

i. Para oferentes que son titulares del registro sanitario cuya fabricación del producto es tercerizada en el extranjero, presentar contrato/acuerdo de fabricación vigente, legalizado y consularizada o apostillado.

j. Para oferentes que son titulares del registro sanitario cuya fabricación del producto es tercerizada en el ámbito local, presentar copia del contrato/acuerdo de fabricación vigente autenticada por escribano Público.

k. Para productos de Origen Nacional cuyo oferente no sea el fabricante, Copia de la  Carta de autorización otorgada por el fabricante al oferente vigente para ofertar y comercializar el producto de su fabricación autenticada por escribano Público. 

l. Para Medicamentos: Copia de Acta de fijación de precios emitida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria con fecha anterior a la apertura de ofertas.

i. Todos los documentos deben de estar traducidos al español.

n. Planilla de precios en Excel versión 2003 o anterior impresa y en medios magnéticos.

o. Planilla de datos garantizados del ítem ofertado, en la que se deberá detallar todos los datos y especificaciones técnicas del producto ofertado, conforme al modelo adjunto.

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

a. Copia de la Resolución de Apertura vigente de la firma oferente, para fabricar, comercializar y/o importar Medicamentos, Insumos Médicos e Instrumentales , según corresponda, expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

b. Si el oferente oferta productos de otra empresa (fabricantes nacionales, importadoras, fraccionadoras, distribuidoras), el oferente deberá de presentar copia de la Resolución de Apertura vigente, del poder dante, para fabricar, importar, representar, comercializar Medicamentos, Insumos Médicos e instrumentales , según como corresponda, expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

c. El oferente deberá presentar copia del Certificado de Registro Sanitario Vigente, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria a excepción de los ítems 3, 64, 65, 66,67, 70, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 80, 81,82, 88, 89, 90, 91, 92, 96, 97, 217, 218, 219,220,221,222,223,224,225.

d. En caso de que las documentaciones antes mencionadas se encuentren vencidas (Resolución de Apertura y Registro Sanitario), se deberá acompañar constancia emitida por la DNVS de que los mismos se encuentran en trámite de renovación y que los productos pueden ser comercializado en el país.

e. Presentar Folletos, Catálogos, prospectos impresos descriptivos de los bienes propuestos en castellano del Medicamento.

f. Copia del certificado de Buenas Prácticas de Fabricación y/o almacenamiento, según corresponda, del oferente, fabricante y/o distribuidor,  emitida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del MSPyBS, vigente durante toda la duración del contrato.

g. Los oferentes que usufructúan instalaciones de otra empresa deberán presentar además del contrato de alquiler vigente de o los depósitos de almacenamiento, copia del certificado de Buenas Prácticas de almacenamiento vigente de la empresa de la que el oferente usufructúa las instalaciones, el cual deberá mantener su vigencia durante toda la duración de contrato.

h. Para representantes, Carta Poder vigente otorgada por el fabricante debidamente legalizado y consularizada o apostillado, para comercializar el producto ofertado e inscripta en el Registro Público de Comercio. En caso que el oferente no sea el representante del producto ofertado, se deberá presentar la carta de autorización del fabricante vigente a favor del representante o distribuidor en plaza, y este a su vez al oferente.

i. Para oferentes que son titulares del registro sanitario cuya fabricación del producto es tercerizada en el extranjero, presentar contrato/acuerdo de fabricación vigente, legalizado y consularizada o apostillado.

j. Para oferentes que son titulares del registro sanitario cuya fabricación del producto es tercerizada en el ámbito local, presentar copia del contrato/acuerdo de fabricación vigente autenticada por escribano Público.

k. Para productos de Origen Nacional cuyo oferente no sea el fabricante, Copia de la  Carta de autorización otorgada por el fabricante al oferente vigente para ofertar y comercializar el producto de su fabricación autenticada por escribano Público. 

l. Para Medicamentos: Copia de Acta de fijación de precios emitida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria con fecha anterior a la apertura de ofertas.

i. Todos los documentos deben de estar traducidos al español.

n. Planilla de precios en Excel versión 2003 o anterior impresa y en medios magnéticos.

o. Planilla de datos garantizados del ítem ofertado, en la que se deberá detallar todos los datos y especificaciones técnicas del producto ofertado, conforme al modelo adjunto.

p. Para los ítems N° 32 y 33: Certificado de aprobación y habilitación para su uso en la práctica clínica emitido por un organismo competente tales como la FDA de EEUU y/o CE Comunidad Europea o como INVIMA de Colombia Países miembros del MERCOSUR como ANVISA de Brasil y otros, que cuenten con ISO 13.485 para productos importados.

q. Para productos Nacionales, los ítems N° 32 y 33, las telas SMMS o de superior calidad,  deberán presentar Certificado que respalden la alta barrera bacteriana de protección, que no deberá ser inferior al 94%, emitido por una Entidad Certificadora Nacional o Internacional, debidamente consularizada o apostillada, en el que avale cumplir con las normas ANSI/AAMI PB 70: 12, EN13795, ASTM F1670, ASTM 2101, EN14126, ISO 16603:2004, al menos una de ellas. En el Certificado deberá constar, AL MENOS, una de las normas indicadas, dicho documento deberá estar a nombre del fabricante del tejido.

Requisito documental para evaluar la capacidad técnica

a. Copia de la Resolución de Apertura vigente de la firma oferente, para fabricar, comercializar y/o importar Medicamentos, Insumos Médicos e Instrumentales , según corresponda, expedida por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

b. Si el oferente oferta productos de otra empresa (fabricantes nacionales, importadoras, fraccionadoras, distribuidoras), el oferente deberá de presentar copia de la Resolución de Apertura vigente, del poder dante, para fabricar, importar, representar, comercializar Medicamentos, Insumos Médicos e instrumentales , según como corresponda, expedida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.

c. El oferente deberá presentar copia del Certificado de Registro Sanitario Vigente, emitido por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria a excepción de los ítems 3, 64, 65, 66,67, 70, 72, 73, 74, 75, 76, 77, 80, 81,82, 88, 89, 90, 91, 92, 96, 97, 217, 218, 219,220,221,222,223,224,225.

d. En caso de que las documentaciones antes mencionadas se encuentren vencidas (Resolución de Apertura y Registro Sanitario), se deberá acompañar constancia emitida por la DNVS de que los mismos se encuentran en trámite de renovación y que los productos pueden ser comercializado en el país.

e. Presentar Folletos, Catálogos, prospectos impresos descriptivos de los bienes propuestos en castellano del Medicamento.

f. Copia del certificado de Buenas Prácticas de Fabricación y/o almacenamiento, según corresponda, del oferente, fabricante y/o distribuidor, emitida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria del MSPyBS, vigente durante toda la duración del contrato.

g. Los oferentes que usufructúan instalaciones de otra empresa deberán presentar además del contrato de alquiler vigente de o los depósitos de almacenamiento, copia del certificado de Buenas Prácticas de almacenamiento vigente de la empresa de la que el oferente usufructúa las instalaciones, el cual deberá mantener su vigencia durante toda la duración de contrato.

h. Para representantes, Carta Poder vigente otorgada por el fabricante debidamente legalizado y consularizada o apostillado, para comercializar el producto ofertado e inscripta en el Registro Público de Comercio. En caso que el oferente no sea el representante del producto ofertado, se deberá presentar la carta de autorización del fabricante vigente a favor del representante o distribuidor en plaza, y este a su vez al oferente.

i. Para oferentes que son titulares del registro sanitario cuya fabricación del producto es tercerizada en el extranjero, presentar contrato/acuerdo de fabricación vigente, legalizado y consularizada o apostillado.

j. Para oferentes que son titulares del registro sanitario cuya fabricación del producto es tercerizada en el ámbito local, presentar copia del contrato/acuerdo de fabricación vigente autenticada por escribano Público.

k. Para productos de Origen Nacional cuyo oferente no sea el fabricante, Copia de la Carta de autorización otorgada por el fabricante al oferente vigente para ofertar y comercializar el producto de su fabricación autenticada por escribano Público.

l. Para Medicamentos: Copia de Acta de fijación de precios emitida por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria con fecha anterior a la apertura de ofertas.

i. Todos los documentos deben de estar traducidos al español.

n. Planilla de precios en Excel versión 2003 o anterior impresa y en medios magnéticos.

o. Planilla de datos garantizados del ítem ofertado, en la que se deberá detallar todos los datos y especificaciones técnicas del producto ofertado, conforme al modelo adjunto.

p. Para los ítems N° 32 y 33: Certificado de aprobación y habilitación para su uso en la práctica clínica emitido por un organismo competente tales como la FDA de EEUU y/o CE Comunidad Europea o como INVIMA de Colombia Países miembros del MERCOSUR como ANVISA de Brasil y otros, que cuenten con ISO 13.485 para productos importados.

q. Para productos Nacionales, los ítems N° 32 y 33, las telas SMMS o de superior calidad, deberán presentar Certificado que respalden la alta barrera bacteriana de protección, que no deberá ser inferior al 94%, emitido por una Entidad Certificadora Nacional o Internacional, debidamente consularizada o apostillada, en el que avale cumplir con las normas ANSI/AAMI PB 70: 12, EN13795, ASTM F1670, ASTM 2101, EN14126, ISO 16603:2004, al menos una de ellas. En el Certificado deberá constar, AL MENOS, una de las normas indicadas, dicho documento deberá estar a nombre del fabricante del tejido.