Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
71 Especificaciones técnicas del lote 4 ítem 1 Consultamos sea considerado como opcional el parametro de resolucion de impresion de 1800 x 600 dpi, ya que el mismo no es un estandar en la industria, de manera a dar opotunidad a potenciales oferentes a presentarse en el llamado. 07-11-2022 08-11-2022
72 Especificaciones técnicas del lote 4 ítem 1 Consultamos sean aceptados equipos con maxima resolucion de copia de 600 dpi, ya que este es el estandar para el porte de equipo solicitado. 07-11-2022 08-11-2022
73 Especificaciones técnicas del lote 4 item 1 Consultamos sea considerado como opcional el formato de escaneo BMP, ya que el mismo no es un estandar en la insudtria, de manera a dar oportunidad a potenciales oferentes a presentarse en el llamado. 07-11-2022 08-11-2022
74 *-Lote 1 - Item 3. UPS 3KVA En el PBC, en la sección de Suministros Requeridos – Especificaciones Técnicas, Lote 1, Item 3. UPS para Laboratorios, se solicita: “Variación de tensión de entrada: 80 - 280V” Al respecto solicitamos a la Convocante que también sea aceptado el rango de tensión de entrada de 180 a 280V considerando que este rango típico estandarizado, permitirá igualmente cubrir con total suficiencia las eventuales variaciones del suministro de la ANDE y de Generadores Eléctricos, sin afectar el normal funcionamiento y performance del equipo UPS, y de manera a no restringir la participación de un mayor número de potenciales oferentes y fabricantes. Lo solicitado encuentra sustento legal en el artículo 20° de la Ley 2051/03, específicamente: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”; lo cual se condice con el Principio de Igualdad y Libre Competencia, previsto en el inciso b) del artículo 4° de la misma Ley, teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 43° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo” 07-11-2022 08-11-2022
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