Secciones
Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Gasoil: El precio unitario del gasoil será reajustado en forma automática de acuerdo al incremento o disminución que sufra de acuerdo a los precios de mercado.
Nafta: El precio unitario de la nafta será reajustado en forma automática de acuerdo al incremento o disminución que sufra de acuerdo a los precios de mercado.
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Los precios unitarios adjudicados al Gasoil TIPO III y Nafta RON 90 y 97, podrán ser reajustados durante la ejecución del contrato, conforme a la legislación vigente.
El reajuste solo será aplicado a solicitud del Proveedor.
El pedido de reajuste deberá ser presentado por Nota en la Mesa de Entradas de la Intendencia Municipal.
En el caso que existan más de una variación de precio, siempre que se aplique la formula se tendrá en cuenta como PC (Precio del Contrato) el último precio reajustado que fuera hallado en el reajuste anterior.
No se reconocerán reajustes de precios si la provisión se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado.
El proveedor deberá comunicar por escrito a la convocante de las variaciones de precios, dentro de los cinco (05) días siguientes a la fecha de entrada en vigor del nuevo precio.
Formula:
V = (PPN / PPA) - 1
PR = PC + (PC x V)
Donde:
V= Variación
PR= Precio Reajustado
PPN= Precio al Público Nuevo
PPA= Precio al Público Anterior
PC= Precio del Contrato o ultimo reajuste
Reajuste
El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes:
Los precios unitarios adjudicados al Gasoil: El precio unitario TIPO III y Nafta RON 90 y 97, podrán ser reajustados durante la ejecución del gasoil será reajustado en forma automática de acuerdo al incremento o disminución que sufra de acuerdocontrato, conforme a los precios de mercadola legislación vigente.
Nafta: El precio unitarioreajuste solo será aplicado a solicitud del Proveedor.
El pedido de reajuste deberá ser presentado por Nota en la Mesa de Entradas de la nafta seráIntendencia Municipal.
En el caso que existan más de una variación de precio, siempre que se aplique la formula se tendrá en cuenta como PC (Precio del Contrato) el último precio reajustado que fuera hallado en forma automáticael reajuste anterior.
No se reconocerán reajustes de acuerdoprecios si la provisión se encuentra atrasada respecto al incrementocronograma de entregas aprobado.
El proveedor deberá comunicar por escrito a la convocante de las variaciones de precios, dentro de los cinco (05) días siguientes a la fecha de entrada en vigor del nuevo precio.
Formula:
V = (PPN / PPA) - 1
PR = PC + (PC x V)
Donde:
V= Variación
PR= Precio Reajustado
PPN= Precio al Público Nuevo
PPA= Precio al Público Anterior
PC= Precio del Contrato o disminución que sufra de acuerdo a los precios de mercado.ultimo reajuste