Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Versión 1

Versión 2

Diferencias entre las versiones 1 y 2

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

Diesel: El precio unitario de la nafta será reajustado en forma automática de acuerdo al incremento o disminución que sufra de acuerdo a los precios de mercado. En todos los casos, se tendrá en cuenta las disposiciones establecidas por el Decreto que Reglamente el PGN 2023.

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

Los reajustes se harán tomando en cuenta la variación del precio fijado por el emblema del proveedor.

Los precios unitarios adjudicados de todos los tipos de Gasoil (TIPO III), podrán ser reajustados durante la ejecución del contrato, conforme a la legislación vigente.

El reajuste solo será aplicado a solicitud del contratista/Proveedor.

El pedido de reajuste deberá ser presentado por Nota en la Mesa Central de Entradas de la Secretaría General dependiente de la Intendencia Municipal.

En el caso que existan más de una variación de precio, siempre que se aplique la formula se tendrá en cuenta como PC (Precio del Contrato) el último precio reajustado que fuera hallado en el reajuste anterior.

No se reconocerán reajustes de precios si la provisión se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado.

El proveedor deberá comunicar por escrito a la convocante de las variaciones de precios, dentro de los cinco (05) días siguientes a la fecha de entrada en vigor del nuevo precio.

Formula:

V = (PPN / PPA) - 1

PR = PC + (PC x V)

Donde:

V= Variación

PR= Precio Reajustado

PPN=Precio al Público Nuevo

PPA= Precio al Público Anterior

PC= Precio del Contrato o ultimo reajuste

Reajuste

El precio del contrato estará sujeto a reajustes. La fórmula y el procedimiento para el reajuste serán los siguientes: 

Diesel: El

Los reajustes se harán tomando en cuenta la variación del precio unitariofijado por el emblema del proveedor.

Los precios unitarios adjudicados de todos los tipos de Gasoil (TIPO III), podrán ser reajustados durante la ejecución del contrato, conforme a la legislación vigente.

El reajuste solo será aplicado a solicitud del contratista/Proveedor.

El pedido de reajuste deberá ser presentado por Nota en la Mesa Central de Entradas de la nafta será reajustado en forma automáticaSecretaría General dependiente de acuerdo al incremento o disminuciónla Intendencia Municipal.

En el caso que sufraexistan más de acuerdo a los preciosuna variación de mercado. En todos los casosprecio, siempre que se aplique la formula se tendrá en cuenta las disposiciones establecidascomo PC (Precio del Contrato) el último precio reajustado que fuera hallado en el reajuste anterior.

No se reconocerán reajustes de precios si la provisión se encuentra atrasada respecto al cronograma de entregas aprobado.

El proveedor deberá comunicar por el Decreto que Reglamente el PGN 2023escrito a la convocante de las variaciones de precios, dentro de los cinco (05) días siguientes a la fecha de entrada en vigor del nuevo precio.

Formula:

V = (PPN / PPA) - 1

PR = PC + (PC x V)

Donde:

V= Variación

PR= Precio Reajustado

PPN=Precio al Público Nuevo

PPA= Precio al Público Anterior

PC= Precio del Contrato o ultimo reajuste