DATOS DE LA LICITACION - CAPACIDAD TÉCNICA - INGENIERO ELECTRICO E INGENIERO INFORMATICO
En el Pliego de Bases y Condiciones, seccion DATOS DE LA LICITACION - CAPACIDAD TÉCNICA, inciso c, solicita: El oferente deberá contar con al menos un Ingeniero Eléctrico y un Ingeniero Informático. Se deberá adjuntar los currículos correspondientes y copia del título de grado reconocido en el Paraguay. Los profesionales deberán ser personal estable y formar parte de la nómina de la empresa oferente, además de residir en Paraguay. Para ello, se requerirá presentar certificado de vida y residencia (original) vigente al momento de la oferta.
Teniendo en cuenta en lo requerido por el PBC del llamado no se proporciona informacion razonable que justifique de forma clara la necesidad de que los Oferentes cuenten tanto con un Ingeniero Eléctrico y un Ingeniero Informático, ni tampoco se citan las tareas específicas que estos profesionales deben llevar a cabo en el marco del presente llamado. Claramente se busca agregar innecesariamente complejidad al llamado con el fin de que en el conjunto de requisitos de capacidad técnica y experiencia requerida favorezca a una empresa en específico.
Se requiere que se modifique el requisito mencionado acorde a las necesidades del llamado:
El oferente deberá contar con al menos un Ingeniero Eléctrico y/o un Ingeniero Informático y/o un Ingeniero Electrónico o afines. Se deberá adjuntar los currículos correspondientes y copia del título de grado reconocido en el Paraguay. Los profesionales deberán ser personal estable y formar parte de la nómina de la empresa oferente, además de residir en Paraguay. Para ello, se requerirá presentar certificado de vida y residencia (original) vigente al momento de la oferta, teniendo de esta forma mayor flexibilidad para la participación de potenciales oferentes sin comprometer el objetivo del llamado; o en su defecto se elimine dicho requisito, ya que de este modo no solo obstaculiza la participación de potenciales Oferentes sino que también atenta contra uno de los principios rectores de las contrataciones públicas establecidas en el Art. 4 Inciso d) Igualdad y Libre Competencia de la Ley N° 7021/22, la cual claramente estipula: “Todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública” De no corregirse se estaría generando dudas sobre la integridad y equidad del proceso de la licitación.
18-10-2023
24-10-2023
DATOS DE LA LICITACION - CAPACIDAD TÉCNICA - INGENIERO ELECTRICO E INGENIERO INFORMATICO
En el Pliego de Bases y Condiciones, seccion DATOS DE LA LICITACION - CAPACIDAD TÉCNICA, inciso c, solicita: El oferente deberá contar con al menos un Ingeniero Eléctrico y un Ingeniero Informático. Se deberá adjuntar los currículos correspondientes y copia del título de grado reconocido en el Paraguay. Los profesionales deberán ser personal estable y formar parte de la nómina de la empresa oferente, además de residir en Paraguay. Para ello, se requerirá presentar certificado de vida y residencia (original) vigente al momento de la oferta.
Teniendo en cuenta en lo requerido por el PBC del llamado no se proporciona informacion razonable que justifique de forma clara la necesidad de que los Oferentes cuenten tanto con un Ingeniero Eléctrico y un Ingeniero Informático, ni tampoco se citan las tareas específicas que estos profesionales deben llevar a cabo en el marco del presente llamado. Claramente se busca agregar innecesariamente complejidad al llamado con el fin de que en el conjunto de requisitos de capacidad técnica y experiencia requerida favorezca a una empresa en específico.
Se requiere que se modifique el requisito mencionado acorde a las necesidades del llamado:
El oferente deberá contar con al menos un Ingeniero Eléctrico y/o un Ingeniero Informático y/o un Ingeniero Electrónico o afines. Se deberá adjuntar los currículos correspondientes y copia del título de grado reconocido en el Paraguay. Los profesionales deberán ser personal estable y formar parte de la nómina de la empresa oferente, además de residir en Paraguay. Para ello, se requerirá presentar certificado de vida y residencia (original) vigente al momento de la oferta, teniendo de esta forma mayor flexibilidad para la participación de potenciales oferentes sin comprometer el objetivo del llamado; o en su defecto se elimine dicho requisito, ya que de este modo no solo obstaculiza la participación de potenciales Oferentes sino que también atenta contra uno de los principios rectores de las contrataciones públicas establecidas en el Art. 4 Inciso d) Igualdad y Libre Competencia de la Ley N° 7021/22, la cual claramente estipula: “Todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública” De no corregirse se estaría generando dudas sobre la integridad y equidad del proceso de la licitación.
Agradecemos su comentario. Favor remitirse a la versión 03 del pliego de bases y condiciones.
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DATOS DE LA LICITACION - CAPACIDAD TÉCNICA - CERTIFICACIÓN DE CALIDAD ISO 9001:2015 e ISO 27001:2015
En el Pliego de Bases y Condiciones, seccion DATOS DE LA LICITACION - CAPACIDAD TÉCNICA, inciso g, solicita: El oferente deberá contar con la certificación de Calidad ISO 9001:2015 vigente, relacionado a procesos de desarrollo e implementación de Tecnología.
Además solicita en el inciso i: El oferente deberá contar con la certificación ISO 27001:2015 vigente o en proceso de implementación, estándar para la seguridad de la información relacionada con PETROPAR.
Teniendo en cuenta que en el mercado local existen empresas con una vasta experiencia realizando implementaciones que estan delimitadas dentro del marco del proyecto, estos requisitos claramente buscan restringir la participación de potenciales oferentes sin garantizar una correcta implementación aunque el potencial adjudicado cuente con certificación ISO 9001:2015, el cual contempla conceptos y normas relacionadas a la aplicación de un sistema de gestión de calidad para garantizar estándares de calidad de productos y/o servicios orientados a un determinado producto, además, la certificación ISO 27001:2015 es una certificación que establece requisitos para la implementación, mantenimiento y mejora continua de un sistema de gestión de la seguridad de la información, el cual implica que el que una empresa oferente este certificada, no garantiza que durante la duración del contrato mantenga los estándares de seguridad requeridos si es que no existen bienes requeridos enfocados en el control, mantenimiento o seguridad de la información de un sistema dedicado u orientado a la provision de estos servicios o productos. Así también remarcamos que estas certificaciones son otorgadas por organismos internacionales lo cual es incongruente con relacion a los bienes requeridos en el presente llamado, los cuales no son de producción Nacional, por lo que resulta inconsistente e innecesaria la solicitud de que las empresas oferentes cuenten con estas certificaciones y no así los bienes requeridos.
Asimismo, es evidente que los requerimientos actuales direccionan el llamado a la empresa Emprendimientos del Sur S.A. quien cumple con ambos requisitos y que además, ha sido beneficiada en llamados previos que presentan patrones de requisitos similares en cuanto a la capacidad requerida, en este aspecto se evidencian los siguientes llamados: ID 431279 - Reacondicionamiento del sistema de seguridad y control del Congreso Nacional el cual fue adjudicado a la mencionada empresa, y el ID 419919 - LLAMADO MOPC N° 90/2022 LICITACION PUBLICA NACIONAL POR SUBASTA A LA BAJA ELECTRONICA PARA MODERNIZACION INTEGRAL DE SISTEMA DE CONTROL DE OPERACIONES DE PEAJES el cual se encuentra en etapa de evaluación, sin embargo, la empresa mencionada se encuentra liderando con el mejor precio.
Solicitamos que estos requerimientos sean eliminados ya que de lo contrario atentaría contra uno de los principios rectores de las contrataciones públicas establecidas en el Art. 4 Inciso d) Igualdad y Libre Competencia de la Ley N° 7021/22, la cual claramente estipula: “Todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública”, así también solicitamos dar cumplimiento a lo establecido por Art. 20 de la Ley 2051/03 que establece "Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivos e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante." De no corregirse se estaría generando dudas sobre la integridad y equidad del proceso de la licitación.
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24-10-2023
DATOS DE LA LICITACION - CAPACIDAD TÉCNICA - CERTIFICACIÓN DE CALIDAD ISO 9001:2015 e ISO 27001:2015
En el Pliego de Bases y Condiciones, seccion DATOS DE LA LICITACION - CAPACIDAD TÉCNICA, inciso g, solicita: El oferente deberá contar con la certificación de Calidad ISO 9001:2015 vigente, relacionado a procesos de desarrollo e implementación de Tecnología.
Además solicita en el inciso i: El oferente deberá contar con la certificación ISO 27001:2015 vigente o en proceso de implementación, estándar para la seguridad de la información relacionada con PETROPAR.
Teniendo en cuenta que en el mercado local existen empresas con una vasta experiencia realizando implementaciones que estan delimitadas dentro del marco del proyecto, estos requisitos claramente buscan restringir la participación de potenciales oferentes sin garantizar una correcta implementación aunque el potencial adjudicado cuente con certificación ISO 9001:2015, el cual contempla conceptos y normas relacionadas a la aplicación de un sistema de gestión de calidad para garantizar estándares de calidad de productos y/o servicios orientados a un determinado producto, además, la certificación ISO 27001:2015 es una certificación que establece requisitos para la implementación, mantenimiento y mejora continua de un sistema de gestión de la seguridad de la información, el cual implica que el que una empresa oferente este certificada, no garantiza que durante la duración del contrato mantenga los estándares de seguridad requeridos si es que no existen bienes requeridos enfocados en el control, mantenimiento o seguridad de la información de un sistema dedicado u orientado a la provision de estos servicios o productos. Así también remarcamos que estas certificaciones son otorgadas por organismos internacionales lo cual es incongruente con relacion a los bienes requeridos en el presente llamado, los cuales no son de producción Nacional, por lo que resulta inconsistente e innecesaria la solicitud de que las empresas oferentes cuenten con estas certificaciones y no así los bienes requeridos.
Asimismo, es evidente que los requerimientos actuales direccionan el llamado a la empresa Emprendimientos del Sur S.A. quien cumple con ambos requisitos y que además, ha sido beneficiada en llamados previos que presentan patrones de requisitos similares en cuanto a la capacidad requerida, en este aspecto se evidencian los siguientes llamados: ID 431279 - Reacondicionamiento del sistema de seguridad y control del Congreso Nacional el cual fue adjudicado a la mencionada empresa, y el ID 419919 - LLAMADO MOPC N° 90/2022 LICITACION PUBLICA NACIONAL POR SUBASTA A LA BAJA ELECTRONICA PARA MODERNIZACION INTEGRAL DE SISTEMA DE CONTROL DE OPERACIONES DE PEAJES el cual se encuentra en etapa de evaluación, sin embargo, la empresa mencionada se encuentra liderando con el mejor precio.
Solicitamos que estos requerimientos sean eliminados ya que de lo contrario atentaría contra uno de los principios rectores de las contrataciones públicas establecidas en el Art. 4 Inciso d) Igualdad y Libre Competencia de la Ley N° 7021/22, la cual claramente estipula: “Todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública”, así también solicitamos dar cumplimiento a lo establecido por Art. 20 de la Ley 2051/03 que establece "Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivos e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante." De no corregirse se estaría generando dudas sobre la integridad y equidad del proceso de la licitación.
Agradecemos su consulta. Este requisito se da a partir de la necesidad de proteger la integridad de la informacion de la entidad por parte de los proveedores que trabajen con Petropar. El presente llamado involucra muchos aspectos de seguridad de la entidad y acceso a informacion que es considerada delicada para nosotros. La ISO 27001 es una norma aceptada internacionalmente por incontable cantidad de empresas a nivel mundial para el manejo de sus datos y la proteccion de las mismas. Petropar valora el interes de los proveedores de trabajar bajo la aplicacion de tal norma y elegimos poder protegernos bajo tales reglas. Entedemos que la norma 27001 aun se encuentra en un proceso de masificacion en el pais por lo que tambien decidimos trabajar con proveedores comprometidos con la aplicacion de la misma presentando un certificado oficial emitido por una empresa implementadora de la misma.
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DATOS DE LA LICITACION - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - NDAA
En el Pliego de Bases y Condiciones, seccion DATOS DE LA LICITACION - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, exige, de manera general y específica para cada ítem relacionado a las cámaras que cumplan con las reglamentaciones de la NDAA.
El presente requerimiento restringe de manera significativa que los potenciales oferentes puedan ofertar equipos de telecomunicaciones y videovigilancia fabricados y comercializados por marcas reconocidas y de prestigio como pueden ser citados algunos: Huawei Technologies Company, ZTE Corporation, Hytera Communications Corporation, Hangzhou Hikvision Digital Technology Company o Dahua Technology Company.
Las reglamentaciones de la NDAA (National Defense Authorization Act), establecen políticas de la defensa del Departamento de los Estados Unidos verificadas anualmente, que permiten establecer presupuestos y financiación para operaciones militares orientados a la defensa nacional.
Teniendo en cuenta esto y si bien es necesario garantizar un equilibrio entre la seguridad nacional y la promoción de la competencia, el requisito limita la diversidad de marcas potenciales de bienes a ser ofertados, no solo a nivel regulatorio sino también aumentando de manera innecesaria los costos asociados de los productos por las cargas administrativas que esto pueda conllevar, sin que las reglamentaciones sean propiamente un estándar dentro del marco del llamado al ser este evaluado anualmente; es importante resaltar que esta normativa a la que hacen referencia en el PBC, es una normativa que aplica y regula a las Agencias Federales de los Estados unidos y sus contratistas.
Solicitamos que estos requerimientos sean eliminados ya que se estaría atentando contra el Principio de Soberanía Nacional, el cual reconoce que cada país tiene el derecho exclusivo de tomar decisiones dentro de su propio territorio y en sus asuntos internos sin interferencia externa, dando autoridad a las entidades del País el derecho de determinar sus propias políticas, regulaciones y leyes, incluyendo las adquisiciones de bienes y servicios en relación a la función de las necesidades y capacidades locales, además de violar uno de los principios rectores de las contrataciones públicas establecidas en el Art. 4 Inciso d) Igualdad y Libre Competencia de la Ley N° 7021/22, la cual claramente estipula: “Todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública”, así también solicitamos dar cumplimiento a lo establecido por Art. 20 de la Ley 2051/03 que establece "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados en esta ley, ni se podrá establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. (...)Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivos e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándarers internacionales comunmente aceptados"
De no corregirse se estaría generando dudas sobre la integridad y equidad del proceso de la licitación.
18-10-2023
24-10-2023
DATOS DE LA LICITACION - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS - NDAA
En el Pliego de Bases y Condiciones, seccion DATOS DE LA LICITACION - ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, exige, de manera general y específica para cada ítem relacionado a las cámaras que cumplan con las reglamentaciones de la NDAA.
El presente requerimiento restringe de manera significativa que los potenciales oferentes puedan ofertar equipos de telecomunicaciones y videovigilancia fabricados y comercializados por marcas reconocidas y de prestigio como pueden ser citados algunos: Huawei Technologies Company, ZTE Corporation, Hytera Communications Corporation, Hangzhou Hikvision Digital Technology Company o Dahua Technology Company.
Las reglamentaciones de la NDAA (National Defense Authorization Act), establecen políticas de la defensa del Departamento de los Estados Unidos verificadas anualmente, que permiten establecer presupuestos y financiación para operaciones militares orientados a la defensa nacional.
Teniendo en cuenta esto y si bien es necesario garantizar un equilibrio entre la seguridad nacional y la promoción de la competencia, el requisito limita la diversidad de marcas potenciales de bienes a ser ofertados, no solo a nivel regulatorio sino también aumentando de manera innecesaria los costos asociados de los productos por las cargas administrativas que esto pueda conllevar, sin que las reglamentaciones sean propiamente un estándar dentro del marco del llamado al ser este evaluado anualmente; es importante resaltar que esta normativa a la que hacen referencia en el PBC, es una normativa que aplica y regula a las Agencias Federales de los Estados unidos y sus contratistas.
Solicitamos que estos requerimientos sean eliminados ya que se estaría atentando contra el Principio de Soberanía Nacional, el cual reconoce que cada país tiene el derecho exclusivo de tomar decisiones dentro de su propio territorio y en sus asuntos internos sin interferencia externa, dando autoridad a las entidades del País el derecho de determinar sus propias políticas, regulaciones y leyes, incluyendo las adquisiciones de bienes y servicios en relación a la función de las necesidades y capacidades locales, además de violar uno de los principios rectores de las contrataciones públicas establecidas en el Art. 4 Inciso d) Igualdad y Libre Competencia de la Ley N° 7021/22, la cual claramente estipula: “Todo potencial oferente que tenga la solvencia técnica, económica y legal necesaria para responder a los compromisos que supone la contratación con el Estado paraguayo y que cumpla con los requisitos establecidos en la presente Ley, en su reglamento, en las bases y condiciones y en las demás disposiciones administrativas, tendrá la posibilidad de participar sin restricciones y en igualdad de oportunidades en los procedimientos de contratación pública”, así también solicitamos dar cumplimiento a lo establecido por Art. 20 de la Ley 2051/03 que establece "Para la participación, contratación o adjudicación en adquisiciones, locaciones, servicios u obras públicas, no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados en esta ley, ni se podrá establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas. (...)Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo a la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo deberán ser lo suficientemente claras, objetivos e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante. Asimismo, respecto de los tipos conocidos de materiales, artefactos o equipos, cuando únicamente puedan ser caracterizados total o parcialmente mediante nomenclatura, simbología, signos distintivos no universales o marcas, únicamente se hará a manera de referencia, procurando que la alusión se adecue a estándarers internacionales comunmente aceptados"
De no corregirse se estaría generando dudas sobre la integridad y equidad del proceso de la licitación.
Agradecemos su comentario. Petropar en su compromiso con la excelencia y altos estandares de calidad a nivel nacional e internacional esta obligada al cumplimiento de las leyes nacionales sin dejar de tener encuenta las internacionales, debido a que todos los mercados con los que Petropar tiene tratos comerciales no se cierran solo al mercado nacional. Una arista que esta tomando mucha fuerza a nivel nacional es el compromiso con seguridad de la informacion por los ultimos hechos ocurridos en los ultimos meses en el pais. Al ser esta una adquisicion importante para nosotros, nuestro compromiso con la calidad de los productos a ser adquiridos deben ser de estadares altos y consideramos este parametro como adecuado para la eleccion del producto a ser adquirido. Cabe destacar que muchos productos cumplen con lo solicitado y que las especificaciones tecnicas son de caracter minimo pudiendo ser ofertados productos de mejores prestaciones
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experiencia y capacidad tecnica
en relacion al apartado de experiencia y capacidad tecnica, demostrar experiencia de 30 % en contratos similares de cctv, se solicita amablemente a la convocante reducir este monto para permitir la participacion de mas oferentes. Actualmente con estos requisitos se limita a firmas que tienen operaciones en 911 como TSV y banco central y ministerio de defensa como DATALAB, no permitiendo a empresas de sector privado ingresen y puedan competir en contradiccion con la ley 2051.
en relacion al apartado de experiencia y capacidad tecnica, demostrar experiencia de 30 % en contratos similares de cctv, se solicita amablemente a la convocante reducir este monto para permitir la participacion de mas oferentes. Actualmente con estos requisitos se limita a firmas que tienen operaciones en 911 como TSV y banco central y ministerio de defensa como DATALAB, no permitiendo a empresas de sector privado ingresen y puedan competir en contradiccion con la ley 2051.
Agradecemos su comentario y este sera tomado en cuenta. Remitirse a la versión 03 del pliego de bases y condiciones.
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item 22 Servidores
En el PBC es solicitado
"Puerto Ethernet de 2.5 Gigabit 2 (2.5G/1G/100M/10M)"
Se solicita aceptar 4 puertos Ethernet BASE-T 1Gb
atendiendo a que esto podría beneficiar a la entidad cuanto a la calidad de sus adquisiciones y no limitar la posibles ofertas y mejorar la transparencia en cuanto a las EETT solicitamos cordialmente considerar estos cambios.
En el PBC es solicitado
"Puerto Ethernet de 2.5 Gigabit 2 (2.5G/1G/100M/10M)"
Se solicita aceptar 4 puertos Ethernet BASE-T 1Gb
atendiendo a que esto podría beneficiar a la entidad cuanto a la calidad de sus adquisiciones y no limitar la posibles ofertas y mejorar la transparencia en cuanto a las EETT solicitamos cordialmente considerar estos cambios.
Agradecemos su comentario y este sera tomado en cuenta. Remitirse a la versión 03 del pliego de bases y condiciones.
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item 23 storage
En el PBC es solicitado
"Puerto Ethernet de 2.5 Gigabit 2 (2.5G/1G/100M/10M)"
Se solicita aceptar 4 puertos Ethernet BASE-T 1Gb.
atendiendo a que esto podría beneficiar a la entidad cuanto a la calidad de sus adquisiciones y no limitar la posibles ofertas y mejorar la transparencia en cuanto a las EETT solicitamos cordialmente considerar estos cambios.
En el PBC es solicitado
"Puerto Ethernet de 2.5 Gigabit 2 (2.5G/1G/100M/10M)"
Se solicita aceptar 4 puertos Ethernet BASE-T 1Gb.
atendiendo a que esto podría beneficiar a la entidad cuanto a la calidad de sus adquisiciones y no limitar la posibles ofertas y mejorar la transparencia en cuanto a las EETT solicitamos cordialmente considerar estos cambios.
Agradecemos su comentario y este sera tomado en cuenta. Remitirse a la versión 03 del pliego de bases y condiciones.
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CAPACIDAD TECNICA
Se solicita amablemente aclarar a la convocante si serán aceptadas ISO 9001:2015 que tengan por objeto Comercialización y servicios de instalación. Ya que sería considerado como implementación de tecnología debido al rubro del llamado que hace referencia a instalación de camaras de CCTV.
Lo solicitado se respalda en el marco de la transparecia e igualdad de los llamados . De no poder ser subsanado este punto nos veremos forzados a recurrir a otras instancias. Nos respaladamos en el art. 20 de la Ley N° 2051/03: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante."
Se solicita amablemente aclarar a la convocante si serán aceptadas ISO 9001:2015 que tengan por objeto Comercialización y servicios de instalación. Ya que sería considerado como implementación de tecnología debido al rubro del llamado que hace referencia a instalación de camaras de CCTV.
Lo solicitado se respalda en el marco de la transparecia e igualdad de los llamados . De no poder ser subsanado este punto nos veremos forzados a recurrir a otras instancias. Nos respaladamos en el art. 20 de la Ley N° 2051/03: Las especificaciones técnicas, plazos, tolerancias, porcentajes u otras disposiciones de similar naturaleza que deban contener las bases o los pliegos de requisitos de licitación, se establecerán con la mayor amplitud de acuerdo con la naturaleza específica del contrato, con el objeto de que concurra el mayor número de oferentes; sin embargo, deberán ser lo suficientemente claras, objetivas e imparciales, para evitar favorecer indebidamente a algún participante."
Agradecemos su comentario y este sera tomado en cuenta. Remitirse a la versión 03 del pliego de bases y condiciones.
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Capacidad Técnica
En el PBC se solicita:
"""
... El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
c. El oferente deberá contar con al menos un Ingeniero Eléctrico y un Ingeniero Informático. Se deberá adjuntar los currículos correspondientes y copia del título de grado reconocido en el Paraguay. Los profesionales deberán ser personal estable y formar parte de la nómina de la empresa oferente, además de residir en Paraguay. Para ello, se requerirá presentar certificado de vida y residencia (original) vigente al momento de la oferta....
"""
Se plantea la posibilidad de ampliar los requisitos de participación en el proceso de contratación para incluir tanto a Ingenieros Eléctricos y/o Ingenieros Electrónicos. Argumentando que esta modificación podría fomentar una mayor competencia sin perjudicar la calidad del trabajo ni costo del proyecto. Sugerimos esta propuesta de manera formal a la entidad convocante, respaldándola con las razones que ha mencionado.
Con esta modificación dentro del PBC la convocante también se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de propuestas de otros potenciales oferentes.
"""
... El Oferente deberá proporcionar evidencia documentada que demuestre su cumplimiento con los siguientes requisitos de capacidad técnica:
c. El oferente deberá contar con al menos un Ingeniero Eléctrico y un Ingeniero Informático. Se deberá adjuntar los currículos correspondientes y copia del título de grado reconocido en el Paraguay. Los profesionales deberán ser personal estable y formar parte de la nómina de la empresa oferente, además de residir en Paraguay. Para ello, se requerirá presentar certificado de vida y residencia (original) vigente al momento de la oferta....
"""
Se plantea la posibilidad de ampliar los requisitos de participación en el proceso de contratación para incluir tanto a Ingenieros Eléctricos y/o Ingenieros Electrónicos. Argumentando que esta modificación podría fomentar una mayor competencia sin perjudicar la calidad del trabajo ni costo del proyecto. Sugerimos esta propuesta de manera formal a la entidad convocante, respaldándola con las razones que ha mencionado.
Con esta modificación dentro del PBC la convocante también se verá beneficiada al recibir una mayor cantidad de propuestas de otros potenciales oferentes.