¿Cuál es la base legal o reglamentaria que respalda la exigencia de que el personal esté certificado bajo las normas OSHA y ANSI para trabajos en altura?
¿Cuál es la base legal o reglamentaria que respalda la exigencia de que el personal esté certificado bajo las normas OSHA y ANSI para trabajos en altura?
¿Se pueden proporcionar ejemplos de situaciones o tareas específicas que requerirían la intervención de una "Persona Autorizada para Trabajos en Altura" en el contexto de esta licitación?
¿Se pueden proporcionar ejemplos de situaciones o tareas específicas que requerirían la intervención de una "Persona Autorizada para Trabajos en Altura" en el contexto de esta licitación?
AL RESPECTO, EN CONSERACIÓN A SU CONSULTA, LAS RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES MÍNIMAS DE UNA PERSONA AUTORIZADA PARA TRABAJOS EN ALTURA SERÁ VERIFICAR REQUISITOS MÍNIMOS Y MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA LOS TRABAJOS EN ALTURA, QUE IMPLICAN PLANIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN CON EL FIN DE GARANTIZAR LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES DIRECTA O INDIRECTAMENTE INVOLUCRADOS EN LA ACTIVIDAD EN CONFORMIDAD A LA DISPOSICIÓN LEGAL DECRETO Nº 14.390/92 CAPITULO X TRABAJOS CON RIESGOS ESPECIALES SECCIÓN I: TRABAJOS EN ALTURA.
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CAPACIDAD TÉCNICA
¿Cuál es el proceso de verificación que se llevará a cabo para garantizar que el personal propuesto esté certificado según las normas OSHA y ANSI?
¿En base a qué normas, reglamentos o bases de datos gubernamentales se comparará la información sobre acredite el número de carnet o serie del Profesional que dictó el curso?
¿En base a qué normas, reglamentos o bases de datos gubernamentales se comparará la información sobre acredite el número de carnet o serie del Profesional que dictó el curso?
¿Puede proporcionarse información adicional sobre las responsabilidades y deberes de un instructor certificado que dicta el curso de trabajos en altura?
¿Puede proporcionarse información adicional sobre las responsabilidades y deberes de un instructor certificado que dicta el curso de trabajos en altura?
AL RESPECTO, SE ENTIENDE POR CENTRO DE CAPACITACIÓN ÓRGANO O AUTORIDAD COMPETENTE YA SEA INSTITUCIONES PÚBLICAS Y/O PRIVADAS QUE SE ENCUENTREN HABILITADAS EN CONFORMIDAD A LAS LEYES NACIONALES VIGENTES PARA EL EFECTO. FAVOR REMITIRSE A LA ADENDA Nº 02.