Secciones
Versión 2
Versión 3
Diferencias entre las versiones 2 y 3
Detalles de los servicios con las respectivas especificaciones técnicas
Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:
OBJETIVO
La convocante requiere la contratación de una Empresa prestadora de Servicios de Seguridad y Vigilancia que realice una cobertura eficiente para la custodia y protección de las personas y de los bienes e instalaciones del Banco Nacional de Fomento.
Para todos los Lotes:
- Ejercer la Vigilancia y protección de bienes, muebles e inmuebles. Lo mismo que la protección de las personas que se hallen bajo su custodia.
- Evitar la comisión de hecho punible o infracción en relación con el objeto de su protección.
- Retener, dentro de lo permitido por la ley, a toda persona que se encuentre atentando contra las personas o el patrimonio de la Institución, dentro de sus locales.
- Comunicar y poner de inmediato a disposición de la Policía Nacional a los sospechosos aprehendidos en el interior del local asignado a su protección, como también las evidencias, efectos y pruebas del hecho punible que hayan sido decomisados durante la captura si fuere el caso.
- Ejercer el control y registro de funcionarios, clientes externos e internos y vehículos a la institución, verificando las respectivas autorizaciones de acceso.
- Control estricto y registro de ingreso y salida de bienes patrimoniales de la Contratante, además de bienes de terceros bajo responsabilidad de la Contratante con el fin de evitar sustracciones, robos eventuales o sistemáticos y/o retiros no autorizados de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
- Tareas de prevención de accidentes, de sabotaje, de terrorismo, de incendios y cualquier otro tipo de siniestro, daño o deterioro que pudiera presentarse en las instalaciones, maquinarias y equipos en custodia y cuya salvaguarda pueda ser prevista y prevenida por el trabajador asignado a las tareas.
- Resguardo de la Seguridad de los funcionarios y Personal en general.
- Vigilancia interna y externa de los locales del BNF y control de monitores de Seguridad, mediante rondas programadas y/o cualquier otro tipo de servicio que disponga la Gerencia Departamental de Seguridad, conforme a las normas establecidas por la Institución.
- Realizar rondas programadas y acudir las veces que sean necesarias ante los requerimientos de la Gerencia Departamental de Seguridad, a cumplir algún trabajo referido al servicio prestado. Verificar durante las rondas que todas las dependencias se encuentren con las aberturas cerradas y protegidas contra riesgos o probabilidades de accidentes, hurtos, robos, siniestros o sabotajes. Apuntar en un cuaderno o libro habilitado para el efecto todas las novedades.
- Registrar que todo tipo de cajas, embalajes, paquetes que son retirados de la Institución, portados personalmente o en los vehículos cuenten con la documentación que avale su retiro de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
- Contar con un libro de registro donde se asentarán los ingresos y salidas de personas, vehículos, bienes, bultos, durante las horas de realización de la vigilancia e informar diariamente a la Sección Supervisión y Control de Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad.
- Vigilar y prevenir que en días y horas inhábiles o no laborales ingresen personas a las instalaciones u oficinas de la Institución sin la autorización correspondiente.
- Alertar a las autoridades competentes de la presencia de personas extrañas a la institución en el perímetro de seguridad.
- Reaccionar ante la flagrancia de hechos ilícitos cometidos por funcionarios o personas extrañas a la institución, realizando el procedimiento de rigor establecido para el efecto e incluso el uso de fuerza suficiente y razonable en caso que sea el único medio necesario para impedir la consecución del hecho a fin de proteger vidas humanas y/o la propiedad institucional, dando aviso inmediato a la autoridad policial.
- Colaborar y resguardar el orden en caso de siniestros por incendio o derrumbe.
- Acudir en forma inmediata y diligente ante solicitud de auxilio de parte de las personas que requieran del resguardo de su seguridad dentro de la Institución.
- Comunicar de inmediato a la Sección Supervisión y Control de Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad toda situación de irregularidad que detecte dentro de la Institución, debiendo una vez comunicada asentarse dicha situación en el Registro de Novedades.
- Conocer la ubicación y operatividad de los sistemas contra incendios, rutas de evacuación, zonas de seguridad y puntos de concentración, así como su uso a fin de orientar al personal de la Institución en caso de presentarse una emergencia.
- Los personales de seguridad y vigilancia asignados a la División de Monitoreo dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad, se encargarán de monitorear el sistema de circuito cerrado de televisión y el sistema de alarmas, actuando en consecuencia al evento según normativas del área e informando al Jefe de División de Monitoreo y al Gerente Departamental de Seguridad, registrando en el libro de novedades los eventos acontecidos.
- En casos necesarios, conducir vehículos de la Institución a los efectos de realizar trabajos asignados por la Gerencia Departamental de Seguridad.
- Cumplir y hacer cumplir estrictamente las normativas, procedimientos y directivas emanadas de la Gerencia Departamental de Seguridad.
OBSERVACIÓN:
Esta descripción de tareas y funciones en ningún caso serán limitativas sino más bien son indicativas, y podrá variar según las características y condiciones de los distintos Puestos de Vigilancia, aun así y en todos los casos, el agente de seguridad recibirá las indicaciones por parte del responsable de la Sección Supervisión de Control y Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad de la Gerencia Departamental de Seguridad del Banco Nacional de Fomento.
LOTE N° 1- CASA MATRIZ Y OFICINAS PERIFÉRICAS |
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Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. |
Unidad |
1 |
Unidad |
LOTE N° 2 - SUCURSALES |
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Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
REGIONAL SUR Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
REGIONAL SUR Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. |
Unidad |
1 |
Unidad |
3 |
REGIONAL NORTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. |
Unidad |
1 |
Unidad |
4 |
REGIONAL NORTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. |
Unidad |
1 |
Unidad |
5 |
REGIONAL ESTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. |
Unidad |
1 |
Unidad |
6 |
REGIONAL ESTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. |
Unidad |
1 |
Unidad |
7 |
REGIONAL CENTRO Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs |
Unidad |
1 |
Unidad |
8 |
REGIONAL CENTRO Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. |
Unidad |
1 |
Unidad |
9 |
REGIONAL METROPOLITANA Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs |
Unidad |
1 |
Unidad |
10 |
REGIONAL METROPOLITANA Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. |
Unidad |
1 |
Unidad |
La cotización de precio unitario se realizará por unidad de personal por mes. Además, es importante señalar que la Gerencia Departamental de Seguridad podrá optar por mantener a los distintos personales que a la fecha están prestando servicio en el BNF.
Detalles de los servicios con las respectivas especificaciones técnicas
Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:
OBJETIVO
La convocante requiere la contratación de una Empresa prestadora de Servicios de Seguridad y Vigilancia que realice una cobertura eficiente para la custodia y protección de las personas y de los bienes e instalaciones del Banco Nacional de Fomento.
Para todos los Lotes:
- Ejercer la Vigilancia y protección de bienes, muebles e inmuebles. Lo mismo que la protección de las personas que se hallen bajo su custodia.
- Evitar la comisión de hecho punible o infracción en relación con el objeto de su protección.
- Retener, dentro de lo permitido por la ley, a toda persona que se encuentre atentando contra las personas o el patrimonio de la Institución, dentro de sus locales.
- Comunicar y poner de inmediato a disposición de la Policía Nacional a los sospechosos aprehendidos en el interior del local asignado a su protección, como también las evidencias, efectos y pruebas del hecho punible que hayan sido decomisados durante la captura si fuere el caso.
- Ejercer el control y registro de funcionarios, clientes externos e internos y vehículos a la institución, verificando las respectivas autorizaciones de acceso.
- Control estricto y registro de ingreso y salida de bienes patrimoniales de la Contratante, además de bienes de terceros bajo responsabilidad de la Contratante con el fin de evitar sustracciones, robos eventuales o sistemáticos y/o retiros no autorizados de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
- Tareas de prevención de accidentes, de sabotaje, de terrorismo, de incendios y cualquier otro tipo de siniestro, daño o deterioro que pudiera presentarse en las instalaciones, maquinarias y equipos en custodia y cuya salvaguarda pueda ser prevista y prevenida por el trabajador asignado a las tareas.
- Resguardo de la Seguridad de los funcionarios y Personal en general.
- Vigilancia interna y externa de los locales del BNF y control de monitores de Seguridad, mediante rondas programadas y/o cualquier otro tipo de servicio que disponga la Gerencia Departamental de Seguridad, conforme a las normas establecidas por la Institución.
- Realizar rondas programadas y acudir las veces que sean necesarias ante los requerimientos de la Gerencia Departamental de Seguridad, a cumplir algún trabajo referido al servicio prestado. Verificar durante las rondas que todas las dependencias se encuentren con las aberturas cerradas y protegidas contra riesgos o probabilidades de accidentes, hurtos, robos, siniestros o sabotajes. Apuntar en un cuaderno o libro habilitado para el efecto todas las novedades.
- Registrar que todo tipo de cajas, embalajes, paquetes que son retirados de la Institución, portados personalmente o en los vehículos cuenten con la documentación que avale su retiro de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
- Contar con un libro de registro donde se asentarán los ingresos y salidas de personas, vehículos, bienes, bultos, durante las horas de realización de la vigilancia e informar diariamente a la Sección Supervisión y Control de Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad.
- Vigilar y prevenir que en días y horas inhábiles o no laborales ingresen personas a las instalaciones u oficinas de la Institución sin la autorización correspondiente.
- Alertar a las autoridades competentes de la presencia de personas extrañas a la institución en el perímetro de seguridad.
- Reaccionar ante la flagrancia de hechos ilícitos cometidos por funcionarios o personas extrañas a la institución, realizando el procedimiento de rigor establecido para el efecto e incluso el uso de fuerza suficiente y razonable en caso que sea el único medio necesario para impedir la consecución del hecho a fin de proteger vidas humanas y/o la propiedad institucional, dando aviso inmediato a la autoridad policial.
- Colaborar y resguardar el orden en caso de siniestros por incendio o derrumbe.
- Acudir en forma inmediata y diligente ante solicitud de auxilio de parte de las personas que requieran del resguardo de su seguridad dentro de la Institución.
- Comunicar de inmediato a la Sección Supervisión y Control de Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad toda situación de irregularidad que detecte dentro de la Institución, debiendo una vez comunicada asentarse dicha situación en el Registro de Novedades.
- Conocer la ubicación y operatividad de los sistemas contra incendios, rutas de evacuación, zonas de seguridad y puntos de concentración, así como su uso a fin de orientar al personal de la Institución en caso de presentarse una emergencia.
- Los personales de seguridad y vigilancia asignados a la División de Monitoreo dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad, se encargarán de monitorear el sistema de circuito cerrado de televisión y el sistema de alarmas, actuando en consecuencia al evento según normativas del área e informando al Jefe de División de Monitoreo y al Gerente Departamental de Seguridad, registrando en el libro de novedades los eventos acontecidos.
- En casos necesarios, conducir vehículos de la Institución a los efectos de realizar trabajos asignados por la Gerencia Departamental de Seguridad.
- Cumplir y hacer cumplir estrictamente las normativas, procedimientos y directivas emanadas de la Gerencia Departamental de Seguridad.
OBSERVACIÓN:
Esta descripción de tareas y funciones en ningún caso serán limitativas sino más bien son indicativas, y podrá variar según las características y condiciones de los distintos Puestos de Vigilancia, aun así y en todos los casos, el agente de seguridad recibirá las indicaciones por parte del responsable de la Sección Supervisión de Control y Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad de la Gerencia Departamental de Seguridad del Banco Nacional de Fomento.
LOTE N° 1- CASA MATRIZ Y OFICINAS PERIFÉRICAS |
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Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
LOTE N° 2 REGIONAL SUR |
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Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
REGIONAL SUR Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs.(según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
REGIONAL SUR Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
LOTE N° 3 - REGIONAL NORTE |
||||
Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
REGIONAL NORTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
REGIONAL NORTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
LOTE N° 4 - REGIONAL ESTE |
||||
Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
REGIONAL ESTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
REGIONAL ESTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
LOTE N° 5 - REGIONAL CENTRO Y REGIONAL METROPOLITANA |
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Ítem |
Descripción del Servicio |
Unidad de Medida |
Cantidad |
Presentación |
1 |
REGIONAL CENTRO Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
2 |
REGIONAL CENTRO Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
3 |
REGIONAL METROPOLITANA Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
4 |
REGIONAL METROPOLITANA Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) |
Unidad |
1 |
Unidad |
La cotización de precio unitario se realizará por unidad de personal por mes. Además, es importante señalar que la Gerencia Departamental de Seguridad podrá optar por mantener a los distintos personales que a la fecha están prestando servicio en el BNF.
Detalles de los servicios con las respectivas especificaciones técnicas
Los servicios de seguridad y vigilancia comprenderán las siguientes tareas y funciones a realizar por los agentes de seguridad, de conformidad a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes:
OBJETIVO
La convocante requiere la contratación de una Empresa prestadora de Servicios de Seguridad y Vigilancia que realice una cobertura eficiente para la custodia y protección de las personas y de los bienes e instalaciones del Banco Nacional de Fomento.
Para todos los Lotes:
- Ejercer la Vigilancia y protección de bienes, muebles e inmuebles. Lo mismo que la protección de las personas que se hallen bajo su custodia.
- Evitar la comisión de hecho punible o infracción en relación con el objeto de su protección.
- Retener, dentro de lo permitido por la ley, a toda persona que se encuentre atentando contra las personas o el patrimonio de la Institución, dentro de sus locales.
- Comunicar y poner de inmediato a disposición de la Policía Nacional a los sospechosos aprehendidos en el interior del local asignado a su protección, como también las evidencias, efectos y pruebas del hecho punible que hayan sido decomisados durante la captura si fuere el caso.
- Ejercer el control y registro de funcionarios, clientes externos e internos y vehículos a la institución, verificando las respectivas autorizaciones de acceso.
- Control estricto y registro de ingreso y salida de bienes patrimoniales de la Contratante, además de bienes de terceros bajo responsabilidad de la Contratante con el fin de evitar sustracciones, robos eventuales o sistemáticos y/o retiros no autorizados de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
- Tareas de prevención de accidentes, de sabotaje, de terrorismo, de incendios y cualquier otro tipo de siniestro, daño o deterioro que pudiera presentarse en las instalaciones, maquinarias y equipos en custodia y cuya salvaguarda pueda ser prevista y prevenida por el trabajador asignado a las tareas.
- Resguardo de la Seguridad de los funcionarios y Personal en general.
- Vigilancia interna y externa de los locales del BNF y control de monitores de Seguridad, mediante rondas programadas y/o cualquier otro tipo de servicio que disponga la Gerencia Departamental de Seguridad, conforme a las normas establecidas por la Institución.
- Realizar rondas programadas y acudir las veces que sean necesarias ante los requerimientos de la Gerencia Departamental de Seguridad, a cumplir algún trabajo referido al servicio prestado. Verificar durante las rondas que todas las dependencias se encuentren con las aberturas cerradas y protegidas contra riesgos o probabilidades de accidentes, hurtos, robos, siniestros o sabotajes. Apuntar en un cuaderno o libro habilitado para el efecto todas las novedades.
- Registrar que todo tipo de cajas, embalajes, paquetes que son retirados de la Institución, portados personalmente o en los vehículos cuenten con la documentación que avale su retiro de acuerdo a las normas establecidas por la Institución.
- Contar con un libro de registro donde se asentarán los ingresos y salidas de personas, vehículos, bienes, bultos, durante las horas de realización de la vigilancia e informar diariamente a la Sección Supervisión y Control de Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad.
- Vigilar y prevenir que en días y horas inhábiles o no laborales ingresen personas a las instalaciones u oficinas de la Institución sin la autorización correspondiente.
- Alertar a las autoridades competentes de la presencia de personas extrañas a la institución en el perímetro de seguridad.
- Reaccionar ante la flagrancia de hechos ilícitos cometidos por funcionarios o personas extrañas a la institución, realizando el procedimiento de rigor establecido para el efecto e incluso el uso de fuerza suficiente y razonable en caso que sea el único medio necesario para impedir la consecución del hecho a fin de proteger vidas humanas y/o la propiedad institucional, dando aviso inmediato a la autoridad policial.
- Colaborar y resguardar el orden en caso de siniestros por incendio o derrumbe.
- Acudir en forma inmediata y diligente ante solicitud de auxilio de parte de las personas que requieran del resguardo de su seguridad dentro de la Institución.
- Comunicar de inmediato a la Sección Supervisión y Control de Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad toda situación de irregularidad que detecte dentro de la Institución, debiendo una vez comunicada asentarse dicha situación en el Registro de Novedades.
- Conocer la ubicación y operatividad de los sistemas contra incendios, rutas de evacuación, zonas de seguridad y puntos de concentración, así como su uso a fin de orientar al personal de la Institución en caso de presentarse una emergencia.
- Los personales de seguridad y vigilancia asignados a la División de Monitoreo dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad, se encargarán de monitorear el sistema de circuito cerrado de televisión y el sistema de alarmas, actuando en consecuencia al evento según normativas del área e informando al Jefe de División de Monitoreo y al Gerente Departamental de Seguridad, registrando en el libro de novedades los eventos acontecidos.
- En casos necesarios, conducir vehículos de la Institución a los efectos de realizar trabajos asignados por la Gerencia Departamental de Seguridad.
- Cumplir y hacer cumplir estrictamente las normativas, procedimientos y directivas emanadas de la Gerencia Departamental de Seguridad.
OBSERVACIÓN:
Esta descripción de tareas y funciones en ningún caso serán limitativas sino más bien son indicativas, y podrá variar según las características y condiciones de los distintos Puestos de Vigilancia, aun así y en todos los casos, el agente de seguridad recibirá las indicaciones por parte del responsable de la Sección Supervisión de Control y Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad de la Gerencia Departamental de Seguridad del Banco Nacional de Fomento.
LOTE N° 1- CASA MATRIZ Y OFICINAS PERIFÉRICAS | ||||
Ítem | Descripción del Servicio | Unidad de Medida | Cantidad | Presentación |
1 | Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) | Unidad | 1 | Unidad |
2 | Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) | Unidad | 1 | Unidad |
LOTE N° | ||||
Ítem | Descripción del Servicio | Unidad de Medida | Cantidad | Presentación |
1 | REGIONAL SUR Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs | Unidad | 1 | Unidad |
2 | REGIONAL SUR Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) | Unidad | 1 | Unidad |
LOTE N° | ||||
Ítem | Descripción del Servicio | Unidad de Medida | Cantidad | Presentación |
1 | REGIONAL Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) | Unidad | 1 | Unidad |
2 | REGIONAL Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) | Unidad | 1 | Unidad |
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LOTE N° 4 - REGIONAL ESTE | ||||
Ítem | Descripción del Servicio | Unidad de Medida | Cantidad | Presentación |
1 | REGIONAL ESTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) | Unidad | 1 | Unidad |
2 | REGIONAL ESTE Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) | Unidad | 1 | Unidad |
LOTE N° 5 - REGIONAL CENTRO Y REGIONAL METROPOLITANA | ||||
Ítem | Descripción del Servicio | Unidad de Medida | Cantidad | Presentación |
1 | REGIONAL CENTRO Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) | Unidad | 1 | Unidad |
2 | REGIONAL CENTRO Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) | Unidad | 1 | Unidad |
3 | REGIONAL METROPOLITANA Servicio de Seguridad y Vigilancia horario diurno de 06:00 a 18:00 hs. ó de 07:00 a 19:00 hs. (según necesidad) | Unidad | 1 | Unidad |
4 | REGIONAL METROPOLITANA Servicio de Seguridad y Vigilancia horario mixto de 19:00 a 07:00 hs. (según necesidad) | Unidad | 1 | Unidad |
La cotización de precio unitario se realizará por unidad de personal por mes. Además, es importante señalar que la Gerencia Departamental de Seguridad podrá optar por mantener a los distintos personales que a la fecha están prestando servicio en el BNF.
Condiciones de prestación del servicio
Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:
Para todos los Lotes:
- Los vigilantes no podrán abandonar sus Puestos en ningún caso sin previa comunicación al Jefe de Supervisión de Control y Vigilancia o al Jefe de División Centro de Operaciones de Seguridad de la Gerencia Departamental de Seguridad, con el conocimiento del Gerente Departamental de Seguridad.
- El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente. Los vigilantes deberán realizar sus marcaciones de entrada y salida en los lugares habilitados por la Gerencia Departamental de Seguridad dentro del recinto del Banco Nacional de Fomento, cuyo reporte será enviado a la empresa oferente en forma mensual a los efectos del pago correspondiente, una vez verificado por la Sección Supervisión de Control y Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad, con el visto bueno de la Gerencia Departamental de Seguridad.
- Los vigilantes deberán de permanecer en su Puesto de Vigilancia hasta que el relevo del Grupo de Guardia Entrante se haga presente y podrá retirarse solamente después de haberle puesto al tanto de todas las novedades y situaciones observadas durante su servicio de guardia. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
- A solicitud de la Contratante, el Proveedor deberá proceder al remplazo o cambio del o los Agentes designados, en forma inmediata, el cual será de acuerdo al listado del personal asignado como suplentes para casos de contingencia que realizarán los servicios contratados.
- El Proveedor deberá comunicar los cambios de personal en forma inmediata, en caso de sustitución no solicitada por la Contratante, lo cual deberá contar con la aprobación de la Gerencia Departamental de Seguridad. La contratante deberá demostrar que el cambio de personal se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. Los Agentes que hubieran sido separados de sus funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la Institución.
- El personal asignado a la Institución, debe expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.
- Se exige que los Agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.
- Se exige que los agentes presten los servicios uniformados correctamente, aseados, con descanso previo suficiente, sin presentar uniformes ni calzados rasgados, rotos o parchados, incluidos los equipos de seguridad operativos.
- Durante la ejecución del Contrato y cuando lo considere pertinente, la Gerencia Departamental de Seguridad podrá convocar al personal de Seguridad y Vigilancia, para impartir instrucciones o procedimientos y/o increpar en casos necesarios para el correcto desempeño de su actividad o, para puntualizar aspectos del servicio.
- La rotación y disposición de los vigilantes será según criterio de necesidad de la Gerencia Departamental de Seguridad.
Lote N° 1
1. La empresa oferente deberá presentar el listado del personal asignado para casos de contingencia, en una cantidad no menor de 5 (cinco) personales por cada turno, destinado a cubrir ausencias, francos, u otros. El o los personales para casos de contingencia deberán reunir igual o mejor perfil técnico que los titulares, sin perjuicio de que la Gerencia Departamental de Seguridad aumente el número de acuerdo a la necesidad.
Lote N° 2:
1. La empresa oferente deberá presentar el listado del personal asignado para casos de contingencia, en una cantidad no menor de 10 (diez) personales para cada regional, destinado a cubrir ausencias, francos, u otros. El o los personales para casos de contingencia deberán reunir igual o mejor perfil técnico que los titulares. La cantidad del personal de contingencia señalado es meramente enunciativo y no limitativo, podrán ser solicitados según necesidad de la Gerencia Departamental de Seguridad.
REQUISITOS DEL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA
Para todos los Lotes:
- Haber aprobado el examen físico, mental, psicotécnico y de tiro expedido por la Comandancia de la Policía Nacional, o de un Instituto de Formación de Guardia o Seguridad Privada, legalmente habilitado.
Condiciones de prestación del servicio
Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:
Para todos los Lotes:
- Los vigilantes no podrán abandonar sus Puestos en ningún caso sin previa comunicación al Jefe de Supervisión de Control y Vigilancia o al Jefe de División Centro de Operaciones de Seguridad de la Gerencia Departamental de Seguridad, con el conocimiento del Gerente Departamental de Seguridad.
- El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente. Los vigilantes deberán realizar sus marcaciones de entrada y salida en los lugares habilitados por la Gerencia Departamental de Seguridad dentro del recinto del Banco Nacional de Fomento, cuyo reporte será enviado a la empresa oferente en forma mensual a los efectos del pago correspondiente, una vez verificado por la Sección Supervisión de Control y Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad, con el visto bueno de la Gerencia Departamental de Seguridad.
- Los vigilantes deberán de permanecer en su Puesto de Vigilancia hasta que el relevo del Grupo de Guardia Entrante se haga presente y podrá retirarse solamente después de haberle puesto al tanto de todas las novedades y situaciones observadas durante su servicio de guardia. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
- A solicitud de la Contratante, el Proveedor deberá proceder al remplazo o cambio del o los Agentes designados, en forma inmediata, el cual será de acuerdo al listado del personal asignado como suplentes para casos de contingencia que realizarán los servicios contratados.
- El Proveedor deberá comunicar los cambios de personal en forma inmediata, en caso de sustitución no solicitada por la Contratante, lo cual deberá contar con la aprobación de la Gerencia Departamental de Seguridad. La contratante deberá demostrar que el cambio de personal se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. Los Agentes que hubieran sido separados de sus funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la Institución.
- El personal asignado a la Institución, debe expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.
- Se exige que los Agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.
- Se exige que los agentes presten los servicios uniformados correctamente, aseados, con descanso previo suficiente, sin presentar uniformes ni calzados rasgados, rotos o parchados, incluidos los equipos de seguridad operativos.
- Durante la ejecución del Contrato y cuando lo considere pertinente, la Gerencia Departamental de Seguridad podrá convocar al personal de Seguridad y Vigilancia, para impartir instrucciones o procedimientos y/o increpar en casos necesarios para el correcto desempeño de su actividad o, para puntualizar aspectos del servicio.
- La rotación y disposición de los vigilantes será según criterio de necesidad de la Gerencia Departamental de Seguridad.
Para el Lote N° 1
1. La empresa oferente deberá presentar el listado del personal asignado para casos de contingencia, en una cantidad no menor de 5 (cinco) personales por cada turno, destinado a cubrir ausencias, francos, u otros. El o los personales para casos de contingencia deberán reunir igual o mejor perfil técnico que los titulares, sin perjuicio de que la Gerencia Departamental de Seguridad aumente el número de acuerdo a la necesidad.
Para el Lote N° 2 al 5:
1. La empresa oferente deberá presentar el listado del personal asignado para casos de contingencia, en una cantidad no menor de 10 (diez) personales para cada regional, destinado a cubrir ausencias, francos, u otros. El o los personales para casos de contingencia deberán reunir igual o mejor perfil técnico que los titulares. La cantidad del personal de contingencia señalado es meramente enunciativo y no limitativo, podrán ser solicitados según necesidad de la Gerencia Departamental de Seguridad.
REQUISITOS DEL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA
Para todos los Lotes:
- Haber aprobado el examen físico, mental, psicotécnico y de tiro expedido por la Comandancia de la Policía Nacional, o de un Instituto de Formación de Guardia o Seguridad Privada, legalmente habilitado.
Condiciones de prestación del servicio
Las condiciones de los servicios a ser prestados serán:
Para todos los Lotes:
- Los vigilantes no podrán abandonar sus Puestos en ningún caso sin previa comunicación al Jefe de Supervisión de Control y Vigilancia o al Jefe de División Centro de Operaciones de Seguridad de la Gerencia Departamental de Seguridad, con el conocimiento del Gerente Departamental de Seguridad.
- El personal de vigilancia deberá cumplir los horarios establecidos en estas especificaciones técnicas, que será controlada estrictamente. Los vigilantes deberán realizar sus marcaciones de entrada y salida en los lugares habilitados por la Gerencia Departamental de Seguridad dentro del recinto del Banco Nacional de Fomento, cuyo reporte será enviado a la empresa oferente en forma mensual a los efectos del pago correspondiente, una vez verificado por la Sección Supervisión de Control y Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad, con el visto bueno de la Gerencia Departamental de Seguridad.
- Los vigilantes deberán de permanecer en su Puesto de Vigilancia hasta que el relevo del Grupo de Guardia Entrante se haga presente y podrá retirarse solamente después de haberle puesto al tanto de todas las novedades y situaciones observadas durante su servicio de guardia. Este relevo debe realizarse al menos con veinte minutos de anticipación.
- A solicitud de la Contratante, el Proveedor deberá proceder al remplazo o cambio del o los Agentes designados, en forma inmediata, el cual será de acuerdo al listado del personal asignado como suplentes para casos de contingencia que realizarán los servicios contratados.
- El Proveedor deberá comunicar los cambios de personal en forma inmediata, en caso de sustitución no solicitada por la Contratante, lo cual deberá contar con la aprobación de la Gerencia Departamental de Seguridad. La contratante deberá demostrar que el cambio de personal se realiza por situación que configure caso fortuito, enfermedad, renuncia o separación del servicio por causas justificadas. Los Agentes que hubieran sido separados de sus funciones por ineficiencia o indisciplina no podrán ejercer sus servicios dentro de las instalaciones de la Institución.
- El personal asignado a la Institución, debe expresarse en términos claros y prudentes toda vez que se dirija al funcionariado en general, como a personas externas a la institución.
- Se exige que los Agentes eviten el exceso de confianza en el trato con los funcionarios y público en general, de forma a evitar la familiaridad de trato y desprolijidades en sus funciones de control y vigilancia.
- Se exige que los agentes presten los servicios uniformados correctamente, aseados, con descanso previo suficiente, sin presentar uniformes ni calzados rasgados, rotos o parchados, incluidos los equipos de seguridad operativos.
- Durante la ejecución del Contrato y cuando lo considere pertinente, la Gerencia Departamental de Seguridad podrá convocar al personal de Seguridad y Vigilancia, para impartir instrucciones o procedimientos y/o increpar en casos necesarios para el correcto desempeño de su actividad o, para puntualizar aspectos del servicio.
- La rotación y disposición de los vigilantes será según criterio de necesidad de la Gerencia Departamental de Seguridad.
Para el Lote N° 1
1. La empresa oferente deberá presentar el listado del personal asignado para casos de contingencia, en una cantidad no menor de 5 (cinco) personales por cada turno, destinado a cubrir ausencias, francos, u otros. El o los personales para casos de contingencia deberán reunir igual o mejor perfil técnico que los titulares, sin perjuicio de que la Gerencia Departamental de Seguridad aumente el número de acuerdo a la necesidad.
Para el Lote N° 2 al 5:
1. La empresa oferente deberá presentar el listado del personal asignado para casos de contingencia, en una cantidad no menor de 10 (diez) personales para cada regional, destinado a cubrir ausencias, francos, u otros. El o los personales para casos de contingencia deberán reunir igual o mejor perfil técnico que los titulares. La cantidad del personal de contingencia señalado es meramente enunciativo y no limitativo, podrán ser solicitados según necesidad de la Gerencia Departamental de Seguridad.La cantidad del personal de contingencia señalado es meramente enunciativo y no limitativo, podrán ser solicitados según necesidad de la Gerencia Departamental de Seguridad.
REQUISITOS DEL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA
Para todos los Lotes:
- Haber aprobado el examen físico, mental, psicotécnico y de tiro expedido por la Comandancia de la Policía Nacional, o de un Instituto de Formación de Guardia o Seguridad Privada, legalmente habilitado.
Uniforme y equipamiento
Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:
Para todos los Lotes:
1. CARNET IDENTIFICATORIO: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.
2. ARMAS Y CHALECOS ANTIBALAS:
LOTE N° 1 - Casa Matriz y Oficinas Periféricas:
ARMAS
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (calibre 38, 38 especial ó magnum 357).
Asimismo, la Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (escopeta calibre 12).
Además, la Empresa Prestadora deberá proveer como mínimo 10 (diez) armas de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (calibre 9 milímetros).
La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales, y conforme lo disponga la Gerencia Departamental de Seguridad.
La División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad, recibirá mediante acta los armamentos (25 armas de fuego (calibre 38, 38 especial o magnum 357 en perfecto estado de funcionamiento) y municiones (total de 130 proyectiles conforme al calibre de las armas de fuego), 25 armas de fuego (escopeta calibre 12 en perfecto estado de funcionamiento) y municiones (total de 130 proyectiles conforme al calibre de las armas de fuego), 10 armas de fuego (calibre 9 milímetros en perfecto estado de funcionamiento) y municiones (total de 180 proyectiles conforme al calibre de las armas de fuego), entregadas por la empresa proveedora del servicio de seguridad privada, donde se procederá a su distribución por orden expresa de la Gerencia Departamental de Seguridad en los puestos donde esta lo estime conveniente de acuerdo a las necesidades del servicio y carácter de los mismos. Las armas y municiones serán para uso único y exclusivo de los vigilantes de la empresa prestadora. La cantidad de armas y municiones requeridas es simplemente enunciativa y no limitativa, teniendo la posibilidad de aumentar según la cantidad de vigilantes requeridos para el servicio. En caso de requerimiento de aumento de armas (más de 60), el oferente deberá entregar a la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad lo solicitado en perfecto estado de funcionamiento, en un periodo no mayor a 6 (seis) horas de haber sido notificado el pedido a través de correo electrónico o nota.
Una vez finalizado el contrato, tanto el armamento como las municiones no utilizadas, serán entregadas nuevamente a la empresa proveedora, a través de un acta de entrega entre el oferente y la Sección Supervisión de Control y Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad. El proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley Nº 4036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc.
CHALECOS ANTIBALAS:
La División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad, recibirá mediante acta como mínimo 25 chalecos antibalas en perfecto estado de funcionamiento con logo de la empresa, de modelo ultra liviano personalizado NIJ III-A: con Polietileno de Ultra Peso molecular aprobado por DIMABEL y Ensayo Balístico realizado por el Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Peso Total del chaleco menor a 3Kg. En caso de ser nacionales certificado del Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Garantía escrita de 5 años de parte del fabricante. En caso de presentar Chaleco importado presentar garantía, certificado y visado por el acuerdo de la Haya.
En caso de requerimiento de aumento de chalecos antibalas (más de 25), el oferente deberá entregar a la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad lo solicitado en perfecto estado de funcionamiento, en un periodo no mayor a 6 (seis) horas de haber sido notificado el pedido a través de correo electrónico o nota.
OBSERVACIÓN:
LOTE 1 Casa Matriz y Oficinas Periféricas
- El oferente deberá contar con un mínimo de 10 (diez) vigilantes que cuenten con licencia de conducir vigente, sin perjuicio de que la Gerencia Departamental de Seguridad aumente el número de acuerdo a la necesidad
- La Gerencia Departamental de Seguridad se compromete a habilitar un espacio físico en donde se mantendrán en resguardo los armamentos, municiones y chalecos antibalas mencionados precedentemente.
La custodia, entrega y/o distribución, así como la recepción al término de cada misión o servicio de los mismos será responsabilidad de un Coordinador, que una vez realizado la entrega y/o distribución de todos los equipos y armas, cumplirá las funciones de guardia que establezca la Gerencia Departamental de Seguridad, hasta el horario en el cual corresponda volver a recibir dichos equipos y armas, este Coordinador será parte del plantel de la empresa de seguridad asignado al servicio mediante nota con aprobación previa por parte de la Gerencia Departamental de Seguridad, pudiendo la contratante solicitar el cambio del coordinador asignado en caso que fuere necesario. Así también, la empresa deberá prever un coordinador suplemente en caso de ausencia del titular asignado, para el efecto presentará por escrito los datos del coordinador suplente debiendo ser aprobado en forma previa por la Gerencia Departamental de Seguridad.
LOTE 2 - SUCURSALES
ARMAS
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (calibre 38, 38 especial ó magnum 357).
Asimismo, la Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (escopeta calibre 12).
Conforme necesidad y ante pedido formulado por la Gerencia Departamental de Seguridad, la empresa de seguridad deberá proveer las armas de fuego calibre 9 milímetro.
La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales, donde lo disponga la Gerencia Departamental de Seguridad.
El proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley Nº 4036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc.
CHALECOS ANTIBALAS:
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un chaleco antibalas en perfecto estado de funcionamiento, de modelo ultra liviano personalizado NIJ III-A: con Polietileno de Ultra Peso molecular aprobado por DIMABEL y Ensayo Balístico realizado por el Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Peso Total del chaleco menor a 3Kg. Deberá contener el logo de la empresa. cuyo uso será obligatorio en el desempeño de sus funciones.
LOTE 2 SUCURSALES
La empresa adjudicada deberá hacerse cargo del resguardo de los armamentos, municiones y chalecos antibalas mencionados precedentemente, pudiendo en caso de necesidad, el BNF facilitar un espacio físico externo en las Sucursales, donde la empresa de seguridad será la encargada de instalar el sitio adecuado para el efecto, con el previo visto bueno de la Gerencia Departamental de Seguridad.
3. UNIFORME: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme con diseño previamente acordado con la División Centro de Operaciones de Seguridad, dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.
La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, este costo debe ser absorbido por la empresa. Asimismo, no será descontado del salario mensual del vigilante bajo ningún concepto, los gastos que conlleven la expedición y/o renovación del carnet de Delitos Económicos expedido por la por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines del Dpto. Contra Delitos Económicos y Financieros.
En los siguientes cuadros se detalla la composición del uniforme del personal de vigilancia a ser cumplido por el Proveedor (camisa, pantalón, campera, etc.):
CUADRO Nº: 1
Uniforme de Verano |
|||||
Día |
Mixto |
||||
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Camisa |
Mangas cortas |
2 |
Camisa |
Mangas cortas |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
CUADRO Nº: 2
Uniforme de Invierno |
|||||
Día |
Mixto |
||||
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Camisa |
Mangas largas |
2 |
Camisa |
Mangas largas |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
Campera |
Impermeable PVC recubierto acolchado |
1 |
Campera |
Impermeable PVC recubierto acolchado |
1 |
Observación: los uniformes deberán contar con el logotipo de la empresa prestadora del servicio.
4. SISTEMA DE COMUNICACIÓN: El personal de seguridad deberá contar con sus respectivos equipos de comunicación, para garantizar la seguridad de los locales, el control de la circulación interna, y prevención de ocurrencia de irregularidades.
- El oferente debe proporcionar aparatos celulares con saldo disponible, a los efectos de una permanente e inmediata comunicación con el personal de vigilancia. En estos casos la Empresa contratista dispondrá de planes corporativos de telefonía móvil asumiendo el costo de la comunicación por el uso con fines laborales de los teléfonos por los Agentes (reporte de entrada y salida de guardia, emergencias, etc.) bajo ningún concepto los costos de las comunicaciones serán descontados a los Agentes de seguridad.
- Asimismo, la empresa contratista deberá contar con equipos de emergencia para reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio. Los Agentes destacados en las instalaciones de la Entidad, deberán contar todos, con el equipo necesario que les permita comunicarse entre sí.
- Disponer de Sistema de comunicación a través de una red de radio comunicaciones habilitada por la CONATEL propia de la oferente o a través de una empresa tercerizada, que debe operar las 24 horas del día, entre el lugar de prestación de servicios y la base de operaciones de la contratante. (Ley Nº 5424/15 Sección I Art: 57).
Observación: En ningún caso el costo del dispositivo móvil y el plan correrá a cargo del vigilante de seguridad.
La empresa prestadora deberá reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.
5. ACCESORIOS:
- Equipos de comunicación (teléfono móvil), red de radio comunicaciones, elementos de seguridad como cachiporra (tonfa), porta tonfa, silbatos. Cada accesorio requerido será por cada guardia, y deberán ser proveídos por la firma adjudicada.
- Linternas de mano (de luz blanca con tecnología led), para cada vigilante nocturno de manera individual.
- Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el Proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.
Uniforme y equipamiento
Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:
Para todos los Lotes:
1. CARNET IDENTIFICATORIO: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.
2. ARMAS Y CHALECOS ANTIBALAS:
LOTE N° 1 - Casa Matriz y Oficinas Periféricas:
ARMAS
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (calibre 38, 38 especial ó magnum 357).
Asimismo, la Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (escopeta calibre 12).
Además, la Empresa Prestadora deberá proveer como mínimo 10 (diez) armas de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (calibre 9 milímetros).
La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales, y conforme lo disponga la Gerencia Departamental de Seguridad.
La División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad, recibirá mediante acta los armamentos (25 armas de fuego (calibre 38, 38 especial o magnum 357 en perfecto estado de funcionamiento) y municiones (total de 130 proyectiles conforme al calibre de las armas de fuego), 25 armas de fuego (escopeta calibre 12 en perfecto estado de funcionamiento) y municiones (total de 130 proyectiles conforme al calibre de las armas de fuego), 10 armas de fuego (calibre 9 milímetros en perfecto estado de funcionamiento) y municiones (total de 180 proyectiles conforme al calibre de las armas de fuego), entregadas por la empresa proveedora del servicio de seguridad privada, donde se procederá a su distribución por orden expresa de la Gerencia Departamental de Seguridad en los puestos donde esta lo estime conveniente de acuerdo a las necesidades del servicio y carácter de los mismos. Las armas y municiones serán para uso único y exclusivo de los vigilantes de la empresa prestadora. La cantidad de armas y municiones requeridas es simplemente enunciativa y no limitativa, teniendo la posibilidad de aumentar según la cantidad de vigilantes requeridos para el servicio. En caso de requerimiento de aumento de armas (más de 60), el oferente deberá entregar a la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad lo solicitado en perfecto estado de funcionamiento, en un periodo no mayor a 6 (seis) horas de haber sido notificado el pedido a través de correo electrónico o nota.
Una vez finalizado el contrato, tanto el armamento como las municiones no utilizadas, serán entregadas nuevamente a la empresa proveedora, a través de un acta de entrega entre el oferente y la Sección Supervisión de Control y Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad. El proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley Nº 4036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc.
CHALECOS ANTIBALAS:
La División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad, recibirá mediante acta como mínimo 25 chalecos antibalas en perfecto estado de funcionamiento con logo de la empresa, de modelo ultra liviano personalizado NIJ III-A: con Polietileno de Ultra Peso molecular aprobado por DIMABEL y Ensayo Balístico realizado por el Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Peso Total del chaleco menor a 3Kg. En caso de ser nacionales certificado del Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Garantía escrita de 5 años de parte del fabricante. En caso de presentar Chaleco importado presentar garantía, certificado y visado por el acuerdo de la Haya.
En caso de requerimiento de aumento de chalecos antibalas (más de 25), el oferente deberá entregar a la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad lo solicitado en perfecto estado de funcionamiento, en un periodo no mayor a 6 (seis) horas de haber sido notificado el pedido a través de correo electrónico o nota.
OBSERVACIÓN:
LOTE 1 Casa Matriz y Oficinas Periféricas
- El oferente deberá contar con un mínimo de 10 (diez) vigilantes que cuenten con licencia de conducir vigente, sin perjuicio de que la Gerencia Departamental de Seguridad aumente el número de acuerdo a la necesidad
- La Gerencia Departamental de Seguridad se compromete a habilitar un espacio físico en donde se mantendrán en resguardo los armamentos, municiones y chalecos antibalas mencionados precedentemente.
La custodia, entrega y/o distribución, así como la recepción al término de cada misión o servicio de los mismos será responsabilidad de un Coordinador, que una vez realizado la entrega y/o distribución de todos los equipos y armas, cumplirá las funciones de guardia que establezca la Gerencia Departamental de Seguridad, hasta el horario en el cual corresponda volver a recibir dichos equipos y armas, este Coordinador será parte del plantel de la empresa de seguridad asignado al servicio mediante nota con aprobación previa por parte de la Gerencia Departamental de Seguridad, pudiendo la contratante solicitar el cambio del coordinador asignado en caso que fuere necesario. Así también, la empresa deberá prever un coordinador suplemente en caso de ausencia del titular asignado, para el efecto presentará por escrito los datos del coordinador suplente debiendo ser aprobado en forma previa por la Gerencia Departamental de Seguridad.
LOTE 2 AL 5 REGIONALES
ARMAS
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (calibre 38, 38 especial ó magnum 357).
Asimismo, la Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (escopeta calibre 12).
Conforme necesidad y ante pedido formulado por la Gerencia Departamental de Seguridad, la empresa de seguridad deberá proveer las armas de fuego calibre 9 milímetro.
La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales, donde lo disponga la Gerencia Departamental de Seguridad.
El proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley Nº 4036/10 "De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines" y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc.
CHALECOS ANTIBALAS:
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un chaleco antibalas en perfecto estado de funcionamiento, de modelo ultra liviano personalizado NIJ III-A: con Polietileno de Ultra Peso molecular aprobado por DIMABEL y Ensayo Balístico realizado por el Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Peso Total del chaleco menor a 3Kg. Deberá contener el logo de la empresa. cuyo uso será obligatorio en el desempeño de sus funciones.
LOTE 2 AL 5 REGIONALES
La empresa adjudicada deberá hacerse cargo del resguardo de los armamentos, municiones y chalecos antibalas mencionados precedentemente, pudiendo en caso de necesidad, el BNF facilitar un espacio físico externo en las Sucursales, donde la empresa de seguridad será la encargada de instalar el sitio adecuado para el efecto, con el previo visto bueno de la Gerencia Departamental de Seguridad.
3. UNIFORME: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme con diseño previamente acordado con la División Centro de Operaciones de Seguridad, dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.
La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, este costo debe ser absorbido por la empresa. Asimismo, no será descontado del salario mensual del vigilante bajo ningún concepto, los gastos que conlleven la expedición y/o renovación del carnet de Delitos Económicos expedido por la por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines del Dpto. Contra Delitos Económicos y Financieros.
En los siguientes cuadros se detalla la composición del uniforme del personal de vigilancia a ser cumplido por el Proveedor (camisa, pantalón, campera, etc.):
CUADRO Nº: 1
Uniforme de Verano |
|||||
Día |
Mixto |
||||
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Camisa |
Mangas cortas |
2 |
Camisa |
Mangas cortas |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
CUADRO Nº: 2
Uniforme de Invierno |
|||||
Día |
Mixto |
||||
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Tipo |
Detalle |
Cantidad por Personal |
Camisa |
Mangas largas |
2 |
Camisa |
Mangas largas |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Pantalón |
Vestir |
2 |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
Calzados |
Vestir |
2 (pares) |
Campera |
Impermeable PVC recubierto acolchado |
1 |
Campera |
Impermeable PVC recubierto acolchado |
1 |
Observación: los uniformes deberán contar con el logotipo de la empresa prestadora del servicio.
4. SISTEMA DE COMUNICACIÓN: El personal de seguridad deberá contar con sus respectivos equipos de comunicación, para garantizar la seguridad de los locales, el control de la circulación interna, y prevención de ocurrencia de irregularidades.
- El oferente debe proporcionar aparatos celulares con saldo disponible, a los efectos de una permanente e inmediata comunicación con el personal de vigilancia. En estos casos la Empresa contratista dispondrá de planes corporativos de telefonía móvil asumiendo el costo de la comunicación por el uso con fines laborales de los teléfonos por los Agentes (reporte de entrada y salida de guardia, emergencias, etc.) bajo ningún concepto los costos de las comunicaciones serán descontados a los Agentes de seguridad.
- Asimismo, la empresa contratista deberá contar con equipos de emergencia para reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio. Los Agentes destacados en las instalaciones de la Entidad, deberán contar todos, con el equipo necesario que les permita comunicarse entre sí.
- Disponer de Sistema de comunicación a través de una red de radio comunicaciones habilitada por la CONATEL propia de la oferente o a través de una empresa tercerizada, que debe operar las 24 horas del día, entre el lugar de prestación de servicios y la base de operaciones de la contratante. (Ley Nº 5424/15 Sección I Art: 57).
Observación: En ningún caso el costo del dispositivo móvil y el plan correrá a cargo del vigilante de seguridad.
La empresa prestadora deberá reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.
5. ACCESORIOS:
- Equipos de comunicación (teléfono móvil), red de radio comunicaciones, elementos de seguridad como cachiporra (tonfa), porta tonfa, silbatos. Cada accesorio requerido será por cada guardia, y deberán ser proveídos por la firma adjudicada.
- Linternas de mano (de luz blanca con tecnología led), para cada vigilante nocturno de manera individual.
- Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el Proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.
Uniforme y equipamiento
Los requerimientos en cuanto a implementos de seguridad serán los siguientes:
Para todos los Lotes:
1. CARNET IDENTIFICATORIO: el personal asignado para la prestación del servicio deberá portar, en todo momento, el carné identificatorio otorgado por la empresa, el cual es de portación obligatoria.
2. ARMAS Y CHALECOS ANTIBALAS:
LOTE N° 1 - Casa Matriz y Oficinas Periféricas:
ARMAS
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (calibre 38, 38 especial ó magnum 357).
Asimismo, la Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (escopeta calibre 12).
Además, la Empresa Prestadora deberá proveer como mínimo 10 (diez) armas de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (calibre 9 milímetros).
La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico privado de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales, y conforme lo disponga la Gerencia Departamental de Seguridad.
La División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad, recibirá mediante acta los armamentos (25 armas de fuego (calibre 38, 38 especial o magnum 357 en perfecto estado de funcionamiento) y municiones (total de 130 proyectiles conforme al calibre de las armas de fuego), 25 armas de fuego (escopeta calibre 12 en perfecto estado de funcionamiento) y municiones (total de 130 proyectiles conforme al calibre de las armas de fuego), 10 armas de fuego (calibre 9 milímetros en perfecto estado de funcionamiento) y municiones (total de 180 proyectiles conforme al calibre de las armas de fuego), entregadas por la empresa proveedora del servicio de seguridad privada, donde se procederá a su distribución por orden expresa de la Gerencia Departamental de Seguridad en los puestos donde esta lo estime conveniente de acuerdo a las necesidades del servicio y carácter de los mismos. Las armas y municiones serán para uso único y exclusivo de los vigilantes de la empresa prestadora. La cantidad de armas y municiones requeridas es simplemente enunciativa y no limitativa, teniendo la posibilidad de aumentar según la cantidad de vigilantes requeridos para el servicio. En caso de requerimiento de aumento de armas (más de 60), el oferente deberá entregar a la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad lo solicitado en perfecto estado de funcionamiento, en un periodo no mayor a 6 (seis) horas de haber sido notificado el pedido a través de correo electrónico o nota.
Una vez finalizado el contrato, tanto el armamento como las municiones no utilizadas, serán entregadas nuevamente a la empresa proveedora, a través de un acta de entrega entre el oferente y la Sección Supervisión de Control y Vigilancia de la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad. El proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley Nº 4036/10 De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc.
CHALECOS ANTIBALAS:
La División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad, recibirá mediante acta como mínimo 25 chalecos antibalas en perfecto estado de funcionamiento con logo de la empresa, de modelo ultra liviano personalizado NIJ III-A: con Polietileno de Ultra Peso molecular aprobado por DIMABEL y Ensayo Balístico realizado por el Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Peso Total del chaleco menor a 3Kg. En caso de ser nacionales certificado del Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Garantía escrita de 5 años de parte del fabricante. En caso de presentar Chaleco importado presentar garantía, certificado y visado por el acuerdo de la Haya.
En caso de requerimiento de aumento de chalecos antibalas (más de 25), el oferente deberá entregar a la División Centro de Operaciones de Seguridad dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad lo solicitado en perfecto estado de funcionamiento, en un periodo no mayor a 6 (seis) horas de haber sido notificado el pedido a través de correo electrónico o nota.
OBSERVACIÓN:
LOTE 1 Casa Matriz y Oficinas Periféricas
- El oferente deberá contar con un mínimo de 10 (diez) vigilantes que cuenten con licencia de conducir vigente, sin perjuicio de que la Gerencia Departamental de Seguridad aumente el número de acuerdo a la necesidad
- La Gerencia Departamental de Seguridad se compromete a habilitar un espacio físico en donde se mantendrán en resguardo los armamentos, municiones y chalecos antibalas mencionados precedentemente.
La custodia, entrega y/o distribución, así como la recepción al término de cada misión o servicio de los mismos será responsabilidad de un Coordinador, que una vez realizado la entrega y/o distribución de todos los equipos y armas, cumplirá las funciones de guardia que establezca la Gerencia Departamental de Seguridad, hasta el horario en el cual corresponda volver a recibir dichos equipos y armas, este Coordinador será parte del plantel de la empresa de seguridad asignado al servicio mediante nota con aprobación previa por parte de la Gerencia Departamental de Seguridad, pudiendo la contratante solicitar el cambio del coordinador asignado en caso que fuere necesario. Así también, la empresa deberá prever un coordinador suplemente en caso de ausencia del titular asignado, para el efecto presentará por escrito los datos del coordinador suplente debiendo ser aprobado en forma previa por la Gerencia Departamental de Seguridad.
LOTE 2 - SUCURSALESAL 5 REGIONALES
ARMAS
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (calibre 38, 38 especial ó magnum 357).
Asimismo, la Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un arma de fuego de uso civil de defensa personal en perfecto estado de funcionamiento (escopeta calibre 12).
Conforme necesidad y ante pedido formulado por la Gerencia Departamental de Seguridad, la empresa de seguridad deberá proveer las armas de fuego calibre 9 milímetro.
La portación de armas de fuego se limitará exclusivamente al espacio geográfico de la Institución donde el vigilante desarrolle sus actividades laborales, donde lo disponga la Gerencia Departamental de Seguridad.
El proveedor bajo su responsabilidad dará cumplimiento estricto a la Ley Nº 4036/10 "De armas de fuego, sus piezas y componentes, municiones, explosivos, accesorios y afines" y todas las legislaciones vigentes relacionadas a armas, licencias, etc.
CHALECOS ANTIBALAS:
La Empresa Prestadora deberá proveer, para cada personal de vigilancia en servicio, un chaleco antibalas en perfecto estado de funcionamiento, de modelo ultra liviano personalizado NIJ III-A: con Polietileno de Ultra Peso molecular aprobado por DIMABEL y Ensayo Balístico realizado por el Instituto Nacional de Tecnología Normalización y Metrología (INTN). Peso Total del chaleco menor a 3Kg. Deberá contener el logo de la empresa. cuyo uso será obligatorio en el desempeño de sus funciones.
LOTE 2 SUCURSALESAL 5 REGIONALES
La empresa adjudicada deberá hacerse cargo del resguardo de los armamentos, municiones y chalecos antibalas mencionados precedentemente, pudiendo en caso de necesidad, el BNF facilitar un espacio físico externo en las Sucursales, donde la empresa de seguridad será la encargada de instalar el sitio adecuado para el efecto, con el previo visto bueno de la Gerencia Departamental de Seguridad.
3. UNIFORME: Se exige que los agentes presten los servicios en condiciones óptimas de presencia, vestir el uniforme con diseño previamente acordado con la División Centro de Operaciones de Seguridad, dependiente de la Gerencia Departamental de Seguridad y distintivos declarados ante el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas Privadas y Afines de la Policía Nacional.
La empresa prestadora deberá proveer a cada guardia al menos dos conjuntos completos del uniforme adecuado, incluyendo el calzado, sin costo alguno para el mismo, así como la credencial vigente expedida por la empresa de seguridad a la que pertenece, este costo debe ser absorbido por la empresa. Asimismo, no será descontado del salario mensual del vigilante bajo ningún concepto, los gastos que conlleven la expedición y/o renovación del carnet de Delitos Económicos expedido por la por la División de Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines del Dpto. Contra Delitos Económicos y Financieros.
En los siguientes cuadros se detalla la composición del uniforme del personal de vigilancia a ser cumplido por el Proveedor (camisa, pantalón, campera, etc.):
CUADRO Nº: 1
Uniforme de Verano | |||||
Día | Mixto | ||||
Tipo | Detalle | Cantidad por Personal | Tipo | Detalle | Cantidad por Personal |
Camisa | Mangas cortas | 2 | Camisa | Mangas cortas | 2 |
Pantalón | Vestir | 2 | Pantalón | Vestir | 2 |
Calzados | Vestir | 2 (pares) | Calzados | Vestir | 2 (pares) |
CUADRO Nº: 2
Uniforme de Invierno | |||||
Día | Mixto | ||||
Tipo | Detalle | Cantidad por Personal | Tipo | Detalle | Cantidad por Personal |
Camisa | Mangas largas | 2 | Camisa | Mangas largas | 2 |
Pantalón | Vestir | 2 | Pantalón | Vestir | 2 |
Calzados | Vestir | 2 (pares) | Calzados | Vestir | 2 (pares) |
Campera | Impermeable PVC recubierto acolchado | 1 | Campera | Impermeable PVC recubierto acolchado | 1 |
Observación: los uniformes deberán contar con el logotipo de la empresa prestadora del servicio.
4. SISTEMA DE COMUNICACIÓN: El personal de seguridad deberá contar con sus respectivos equipos de comunicación, para garantizar la seguridad de los locales, el control de la circulación interna, y prevención de ocurrencia de irregularidades.
- El oferente debe proporcionar aparatos celulares con saldo disponible, a los efectos de una permanente e inmediata comunicación con el personal de vigilancia. En estos casos la Empresa contratista dispondrá de planes corporativos de telefonía móvil asumiendo el costo de la comunicación por el uso con fines laborales de los teléfonos por los Agentes (reporte de entrada y salida de guardia, emergencias, etc.) bajo ningún concepto los costos de las comunicaciones serán descontados a los Agentes de seguridad.
- Asimismo, la empresa contratista deberá contar con equipos de emergencia para reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio. Los Agentes destacados en las instalaciones de la Entidad, deberán contar todos, con el equipo necesario que les permita comunicarse entre sí.
- Disponer de Sistema de comunicación a través de una red de radio comunicaciones habilitada por la CONATEL propia de la oferente o a través de una empresa tercerizada, que debe operar las 24 horas del día, entre el lugar de prestación de servicios y la base de operaciones de la contratante. (Ley Nº 5424/15 Sección I Art: 57).
Observación: En ningún caso el costo del dispositivo móvil y el plan correrá a cargo del vigilante de seguridad.
La empresa prestadora deberá reemplazar inmediatamente los que dejen de funcionar al momento de prestar el servicio.
5. ACCESORIOS:
- Equipos de comunicación (teléfono móvil), red de radio comunicaciones, elementos de seguridad como cachiporra (tonfa), porta tonfa, silbatos. Cada accesorio requerido será por cada guardia, y deberán ser proveídos por la firma adjudicada.
- Linternas de mano (de luz blanca con tecnología led), para cada vigilante nocturno de manera individual.
- Los útiles de escritorio, tales como cuadernos, lapiceros, tablillas, marcadores, libros de apuntes y otros necesarios para el servicio, deberán ser proporcionados por el Proveedor, sin costo alguno para los agentes de seguridad.
Plan de prestación del servicio - horarios y lugar
El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:
El plan de la prestación de los servicios se realizará durante el mes de domingo a sábado en los horarios indicados más abajo, según la planilla de precios establecida para cada lote:
HORARIO: de domingo a sábado |
06:00 a 18:00 hs. |
07:00 a 19:00 hs. |
19:00 a 07:00 hs. |
APLICA PARA CADA LOTE:
Este horario no es limitativo, sino más bien indicativo, por lo cual podrá variar según las necesidades que determine la Gerencia Departamental de Seguridad, no excediendo el rango horario de 12 horas.
Se conformarán 2 (dos) grupos en horarios diurnos y mixtos en forma rotativa para la cobertura de los días sábados, domingos y feriados.
Todo el plantel de seguridad podrá prestar servicio en cualquiera de los horarios establecidos en la presente, con la simple comunicación de la Gerencia Departamental de Seguridad según necesidad. En base a la disposición de horarios, deberá realizarse la correspondiente Liquidación de Salarios para el pago mensual a los personales.
Observación: El personal contratado estará a cargo y dependerá exclusivamente de la Gerencia Departamental de Seguridad - División de Centro de Operaciones de Seguridad y División de Monitoreo.
Los pagos se realizarán en forma mensual por la cantidad de vigilantes requeridos durante el mes vencido.
Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales
LISTADO DE SUCURSALES Y CAC POR REGIONAL:
LOTE N° 2 SUCURSALES
REGIONAL SUR |
Encarnación |
Pilar |
San Ignacio Misiones |
Coronel Bogado |
Hohenau |
San Juan B. Misiones |
Yuty |
CAC Fulgencio Yegros |
San Pedro del Paraná |
Fram |
Capitán Meza |
Santa Rosa Misiones |
CAC Ayolas |
Natalio |
Tomas Romero Pereira |
Mayor Otaño |
REGIONAL NORTE |
Concepción |
Pedro Juan Caballero |
Villa de San Pedro |
San Estanislao |
CAC Guayaibi |
Loma Plata |
Itacurubi del Rosario |
Horqueta |
Villa del Rosario |
Capitán Bado |
Chore |
Sta. Rosa del Aguaray |
CAC Isidoro Resquin |
Yby Yau |
REGIONAL ESTE |
Ciudad del Este |
Salto del Guaira |
Nueva Esperanza |
Juan Leon Mallorquín |
Hernandarias |
CAC Santa Fe del Paraná |
Corpus Christi |
Santa Rita |
Curuguaty |
Juan Eulogio Estigarribia |
Minga Guazú |
San Alberto |
La Paloma |
iItakyry |
Iruña |
Juan Manuel Frutos |
REGIONAL CENTRO |
Villarrica |
CAC Mauricio Jose Troche |
CAC Iturbe |
Coronel Oviedo |
Carapeguá |
San Juan Nepomuceno |
Eusebio Ayala |
Caaguazú |
CAC Yhu |
CAC Repatriación |
Arroyos y Esteros |
Caacupé |
Paraguarí |
Ybycui |
Itacurubi de la Cordillera |
Caazapá |
La Colmena |
Itaugua |
Piribebuy |
Ita |
REGIONAL METROPOLITANA |
San Lorenzo |
Mariano R. Alonso |
CAC Centro Negocios Expo Mariano R. Alonso |
Sajonia |
Ande |
Mercado de Abasto |
Mercado N° 4 |
Luque |
Fernando de la Mora |
Villa Hayes |
Ñemby |
Microcentro |
Villa Morra |
Limpio |
El listado de Oficinas, Sucursales y Centros de Atención al Cliente son enunciativos y no limitativos, podrá realizarse designaciones del personal de seguridad a nuevas Dependencias, Sucursales y Centros de Atención al Cliente, que fueren habilitadas durante la vigencia del contrato como así también el personal podrá ser trasladado a otra ubicación según necesidad determinada por la Gerencia Departamental de Seguridad.
Para la contratación del servicio de transporte de valores, la tripulación no podrá ser inferior a tres tripulantes.
Los vehículos utilizados para el servicio de transporte de valores deberán estar habilitados por el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional verificados y certificados cada año. Para lo cual deberán presentar copia del acta de fiscalización vigente de cada uno de los vehículos.
“Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Plan de prestación del servicio - horarios y lugar
El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:
El plan de la prestación de los servicios se realizará durante el mes de domingo a sábado en los horarios indicados más abajo, según la planilla de precios establecida para cada lote:
HORARIO: de domingo a sábado |
06:00 a 18:00 hs. |
07:00 a 19:00 hs. |
19:00 a 07:00 hs. |
APLICA PARA CADA LOTE:
Este horario no es limitativo, sino más bien indicativo, por lo cual podrá variar según las necesidades que determine la Gerencia Departamental de Seguridad, no excediendo el rango horario de 12 horas.
Se conformarán 2 (dos) grupos en horarios diurnos y mixtos en forma rotativa para la cobertura de los días sábados, domingos y feriados.
Todo el plantel de seguridad podrá prestar servicio en cualquiera de los horarios establecidos en la presente, con la simple comunicación de la Gerencia Departamental de Seguridad según necesidad. En base a la disposición de horarios, deberá realizarse la correspondiente Liquidación de Salarios para el pago mensual a los personales.
Observación: El personal contratado estará a cargo y dependerá exclusivamente de la Gerencia Departamental de Seguridad - División de Centro de Operaciones de Seguridad y División de Monitoreo.
Los pagos se realizarán en forma mensual por la cantidad de vigilantes requeridos durante el mes vencido.
Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales
LISTADO DE SUCURSALES Y CAC POR REGIONAL:
LOTE N° 2 AL 5 - REGIONALES
REGIONAL SUR |
Encarnación |
Pilar |
San Ignacio Misiones |
Coronel Bogado |
Hohenau |
San Juan B. Misiones |
Yuty |
CAC Fulgencio Yegros |
San Pedro del Paraná |
Fram |
Capitán Meza |
Santa Rosa Misiones |
CAC Ayolas |
Natalio |
Tomas Romero Pereira |
Mayor Otaño |
REGIONAL NORTE |
Concepción |
Pedro Juan Caballero |
Villa de San Pedro |
San Estanislao |
CAC Guayaibi |
Loma Plata |
Itacurubi del Rosario |
Horqueta |
Villa del Rosario |
Capitán Bado |
Chore |
Sta. Rosa del Aguaray |
CAC Isidoro Resquin |
Yby Yau |
REGIONAL ESTE |
Ciudad del Este |
Salto del Guaira |
Nueva Esperanza |
Juan Leon Mallorquín |
Hernandarias |
CAC Santa Fe del Paraná |
Corpus Christi |
Santa Rita |
Curuguaty |
Juan Eulogio Estigarribia |
Minga Guazú |
San Alberto |
La Paloma |
iItakyry |
Iruña |
Juan Manuel Frutos |
REGIONAL CENTRO |
Villarrica |
CAC Mauricio Jose Troche |
CAC Iturbe |
Coronel Oviedo |
Carapeguá |
San Juan Nepomuceno |
Eusebio Ayala |
Caaguazú |
CAC Yhu |
CAC Repatriación |
Arroyos y Esteros |
Caacupé |
Paraguarí |
Ybycui |
Itacurubi de la Cordillera |
Caazapá |
La Colmena |
Itaugua |
Piribebuy |
Ita |
REGIONAL METROPOLITANA |
San Lorenzo |
Mariano R. Alonso |
CAC Centro Negocios Expo Mariano R. Alonso |
Sajonia |
Ande |
Mercado de Abasto |
Mercado N° 4 |
Luque |
Fernando de la Mora |
Villa Hayes |
Ñemby |
Microcentro |
Villa Morra |
Limpio |
El listado de Oficinas, Sucursales y Centros de Atención al Cliente son enunciativos y no limitativos, podrá realizarse designaciones del personal de seguridad a nuevas Dependencias, Sucursales y Centros de Atención al Cliente, que fueren habilitadas durante la vigencia del contrato como así también el personal podrá ser trasladado a otra ubicación según necesidad determinada por la Gerencia Departamental de Seguridad.
Para la contratación del servicio de transporte de valores, la tripulación no podrá ser inferior a tres tripulantes.
Los vehículos utilizados para el servicio de transporte de valores deberán estar habilitados por el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional verificados y certificados cada año. Para lo cual deberán presentar copia del acta de fiscalización vigente de cada uno de los vehículos.
“Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.
Plan de prestación del servicio - horarios y lugar
El plan de la prestación de los servicios se realizará de acuerdo a lo indicado en el presente apartado:
El plan de la prestación de los servicios se realizará durante el mes de domingo a sábado en los horarios indicados más abajo, según la planilla de precios establecida para cada lote:
HORARIO: de domingo a sábado |
06:00 a 18:00 hs. |
07:00 a 19:00 hs. |
19:00 a 07:00 hs. |
APLICA PARA CADA LOTE:
Este horario no es limitativo, sino más bien indicativo, por lo cual podrá variar según las necesidades que determine la Gerencia Departamental de Seguridad, no excediendo el rango horario de 12 horas.
Se conformarán 2 (dos) grupos en horarios diurnos y mixtos en forma rotativa para la cobertura de los días sábados, domingos y feriados.
Todo el plantel de seguridad podrá prestar servicio en cualquiera de los horarios establecidos en la presente, con la simple comunicación de la Gerencia Departamental de Seguridad según necesidad. En base a la disposición de horarios, deberá realizarse la correspondiente Liquidación de Salarios para el pago mensual a los personales.
Observación: El personal contratado estará a cargo y dependerá exclusivamente de la Gerencia Departamental de Seguridad - División de Centro de Operaciones de Seguridad y División de Monitoreo.
Los pagos se realizarán en forma mensual por la cantidad de vigilantes requeridos durante el mes vencido.
Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales
LISTADO DE SUCURSALES Y CAC POR REGIONAL:
LOTE N° 2 SUCURSALESAL 5 - REGIONALES
REGIONAL SUR |
Encarnación |
Pilar |
San Ignacio Misiones |
Coronel Bogado |
Hohenau |
San Juan B. Misiones |
Yuty |
CAC Fulgencio Yegros |
San Pedro del Paraná |
Fram |
Capitán Meza |
Santa Rosa Misiones |
CAC Ayolas |
Natalio |
Tomas Romero Pereira |
Mayor Otaño |
REGIONAL NORTE |
Concepción |
Pedro Juan Caballero |
Villa de San Pedro |
San Estanislao |
CAC Guayaibi |
Loma Plata |
Itacurubi del Rosario |
Horqueta |
Villa del Rosario |
Capitán Bado |
Chore |
Sta. Rosa del Aguaray |
CAC Isidoro Resquin |
Yby Yau |
REGIONAL ESTE |
Ciudad del Este |
Salto del Guaira |
Nueva Esperanza |
Juan Leon Mallorquín |
Hernandarias |
CAC Santa Fe del Paraná |
Corpus Christi |
Santa Rita |
Curuguaty |
Juan Eulogio Estigarribia |
Minga Guazú |
San Alberto |
La Paloma |
iItakyry |
Iruña |
Juan Manuel Frutos |
REGIONAL CENTRO |
Villarrica |
CAC Mauricio Jose Troche |
CAC Iturbe |
Coronel Oviedo |
Carapeguá |
San Juan Nepomuceno |
Eusebio Ayala |
Caaguazú |
CAC Yhu |
CAC Repatriación |
Arroyos y Esteros |
Caacupé |
Paraguarí |
Ybycui |
Itacurubi de la Cordillera |
Caazapá |
La Colmena |
Itaugua |
Piribebuy |
Ita |
REGIONAL METROPOLITANA |
San Lorenzo |
Mariano R. Alonso |
CAC Centro Negocios Expo Mariano R. Alonso |
Sajonia |
Ande |
Mercado de Abasto |
Mercado N° 4 |
Luque |
Fernando de la Mora |
Villa Hayes |
Ñemby |
Microcentro |
Villa Morra |
Limpio |
El listado de Oficinas, Sucursales y Centros de Atención al Cliente son enunciativos y no limitativos, podrá realizarse designaciones del personal de seguridad a nuevas Dependencias, Sucursales y Centros de Atención al Cliente, que fueren habilitadas durante la vigencia del contrato como así también el personal podrá ser trasladado a otra ubicación según necesidad determinada por la Gerencia Departamental de Seguridad.
Para la contratación del servicio de transporte de valores, la tripulación no podrá ser inferior a tres tripulantes.
Los vehículos utilizados para el servicio de transporte de valores deberán estar habilitados por el órgano de Aplicación y Fiscalización de Empresas de Seguridad y Afines de la Policía Nacional verificados y certificados cada año. Para lo cual deberán presentar copia del acta de fiscalización vigente de cada uno de los vehículos.
“Ley N° 5424/15 QUE REGULA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y BIENES PATRIMONIALES EN EL ÁMBITO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Art. 32. Clasificación de sistemas electrónicos de seguridad.
a) Sistema de detención y alarmas.
1. Intrusos
2. Robo
3. Asalto
4. Incendio
b) Sistemas de control de accesos.
c) Sistemas de vigilancia por circuito cerrado de televisión (CCTV).
d) Sistemas de antihurto.
Art. 33. Los sistemas de seguridad que se detallan en el título de la clasificación y tipos de sistemas de seguridad, serán proveídos en forma exclusiva por las empresas de seguridad y los instaladores independientes (en los casos permitidos), habilitados y reconocidos como tales en la especialización”.
1. El Proveedor embalará los bienes en la forma necesaria para impedir que se dañen o deterioren durante el transporte al lugar de destino final indicado en el contrato. El embalaje deberá ser adecuado para resistir, sin limitaciones, su manipulación brusca y descuidada, su exposición a temperaturas extremas, la sal y las precipitaciones, y su almacenamiento en espacios abiertos. En el tamaño y peso de los embalajes se tendrá en cuenta, cuando corresponda, la lejanía del lugar de destino final de los bienes y la carencia de equipo pesado de carga y descarga en todos los puntos en que los bienes deban transbordarse.
2. El embalaje, las identificaciones y los documentos que se coloquen dentro y fuera de los bultos deberán cumplir estrictamente con los requisitos especiales que se hayan estipulado expresamente en el contrato y cualquier otro requisito si lo hubiere, especificado en las condiciones contractuales.