Consultas realizadas para esta convocatoria
Nro. de Consulta Título Resumen de la Consulta Fecha de Consulta Fecha de Respuesta Acciones
76 Anexo I. Servicios Requeridos. Capitulo I. De las Embarcaciones, numeral 7 Anexo I. Servicios Requeridos. Capitulo I. De las Embarcaciones, numeral 7.; Petropar se reserva el derecho de efectuar, al detectarse entre los diversos puntos de medición una calibración de las embarcaciones, a través de un Perito Naval a ser escogido de una lista corta proporcionada por Petropar; Consideramos que esta lista corta deberá tener por los menos 10 alternativas. 26-03-2010
77 Capítulo III. Del Servicio, Numeral 3 Capítulo III. Del Servicio, Numeral 3.; Debiera darse prioridad en el transporte a los Armadores que tengan contrato de flete con Petropar, por lo tanto el primer párrafo del numeral 3 deberá quedar redactado como sigue: El volumen mensual estimado es de 80.000 metros cúbicos. Este volumen no esta garantizado y dependerá de las necesidades de Petropar sin embargo no será nunca inferior al 80 por ciento del total que Petropar importe en cualquier mes determinado. 26-03-2010
78 Capítulo III. Del Servicio, Numeral 4 Capítulo III. Del Servicio, Numeral 4.; El cuarto párrafo: Donde dice ?Ocurrido el caso, Petropar se reserva el derecho de transferir y exigir a la Armadora el pago de cualquier costo reclamado por el proveedor; Solicitamos quede redactado de la siguiente manera: ? Ocurrido el caso, Petropar se reserva el derecho de transferir y exigir a la Armadora el pago de cualquier costo, por el cual la Armadora sea responsable legalmente, reclamado por el proveedor 26-03-2010
79 Capítulo III. Del Servicio, Numeral 5 Capítulo III. Del Servicio, Numeral 5.; En el segundo párrafo consideramos se debe eliminar la frase libres de residuos ya que bastará que la embarcación este apta para la carga. Solicitamos que el tercer párrafo quede redactado de la siguiente manera: La Armadora adjudicataria será responsable del cuidado y custodia de la mercadería en la forma en que lo determina la Ley, de la cantidad de los productos cargados en la unidad de transporte de su empresa de acuerdo a lo que establezca el contrato 26-03-2010
80 Capítulo III. Del Servicio, Numeral 9 Capítulo III. Del Servicio, Numeral 9.; Solicitamos que el segundo párrafo quede redactado de la siguiente manera: En todo tiempo y lugar, es a cargo de la Armadora adjudicataria tomar todas las medidas necesarias para evitar, finalmente, toda contaminación, proveyendo para ello todos los medios necesarios sin costo para Petropar. Además, la Armadora adjudicataria deberá tomar en un Club de Protection and Indemnity Miembro del International Group la correspondiente cobertura? 26-03-2010
81 Capítulo III. Del Servicio, Numeral 10 Capítulo III. Del Servicio, Numeral 10, Solicitamos se agregue el siguiente párrafo: Sin embargo si se estableciese cualquier gravamen para derecho, peaje, o algo similar no aplicable en el momento de firmar el acuerdo, el costo incremental resultante será aplicado al flete. 26-03-2010
82 Capítulo III. Del Servicio, 14. Penalidades, numeral 14.1.1.1. Capítulo III. Del Servicio, 14. Penalidades, numeral 14.1.1.1.; En el tercer párrafo consideramos se debe eliminar la obligación de que para presentar la carta de alistamiento las barcazas deben estar acompañadas de al menos un remolcador mas bien mencionar que debe cumplir con las exigencias del puerto, ya que dependerá del puerto esta exigibilidad o no. Una vez recibida la carta de alistamiento, deberá ser remitida una copia a Petropar, sin necesidad de que sea aceptada por el proveedor, ya que es una potestad del Proveedor aceptar o no esta Carta de Alistamiento. 26-03-2010
83 Capítulo III. Del Servicio, 14. Penalidades, numeral 14.1.1.2, numeral 14.1.1.5. y numeral 14.2.2.2 Capítulo III. Del Servicio, 14. Penalidades, numeral 14.1.1.2, numeral 14.1.1.5. y numeral 14.2.2.2.; En el segundo párrafo de estos tres numerales; solicitamos quede redactado de la siguiente manera: Petropar abonará el importe de la penalidad presentada por la Armadora adjudicataria siempre y cuando la misma sea debidamente documentada, verificada y confirmada por Petropar, sin embargo la ausencia de respuesta del proveedor no releva a Petropar de la obligación de pagar. A efectos de la confirmación? 26-03-2010
84 Capítulo III. Del Servicio, 14. Penalidades, numeral 14.1.1.3, numeral 14.1.14 y numeral 14.2.2.5 Capítulo III. Del Servicio, 14. Penalidades, numeral 14.1.1.3, numeral 14.1.14 y numeral 14.2.2.5; Solicitamos que Petropar pueda realizar todo reclamo por demora a la Armadora fluvial hasta los 60 días, contados a partir de la fecha del primer conocimiento de embarque fluvial del cargamento en cuestión, independientemente del sitio de carga del producto 26-03-2010
85 Capítulo III. Del Servicio, 14. Penalidades, numeral 14.1.1.5, y 14.2.2.4 Capítulo III. Del Servicio, 14. Penalidades, numeral 14.1.1.5, y 14.2.2.4.; Consideramos se debe eliminar el cuarto párrafo de ambos numerales, ya que la afectación es a todo el convoy y no a una parte del mismo 26-03-2010
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