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Versión 1
Versión 2
Diferencias entre las versiones 1 y 2
Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a. Registro y Habilitación de Establecimientos de Salud expedido por el Departamento de Control de Establecimientos de Salud del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, vigente como mínimo por el término del periodo de validez de la Oferta, para ser pasible de evaluación. (En caso de poseer documentos en trámites, el Centro de Hemodiálisis Adjudicado deberá presentar la documentación vigente para la firma del Contrato)
De ser adjudicado el Centro de Hemodiálisis, la vigencia del documento deberá cubrir el periodo de noventa días posteriores a la duración del contrato objeto de esta contratación; caso contrario, será condicionante para la continuidad de la prestación del servicio, contar con la Renovación de la Habilitación, máximo al vencimiento de la vigencia del anterior.
De no cumplirse con lo establecido precedentemente, el hecho se constituirá en causa de rescisión del contrato.
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b. Constancia de Habilitación como Centro de Hemodiálisis, expedido por el Instituto Nacional de Nefrología, vigente como mínimo por el término del periodo de validez de la Oferta, para ser pasible de evaluación. (En caso de poseer documentos en trámites, el Centro de Hemodiálisis Adjudicado deberá presentar la documentación vigente para la firma del Contrato)
De ser adjudicado el Centro de Hemodiálisis, la vigencia del documento deberá cubrir el periodo de noventa días posteriores a la duración del contrato objeto de esta contratación; caso contrario, será condicionante para la continuidad de la prestación del servicio, contar con la Renovación de la Habilitación, máximo al vencimiento de la vigencia del anterior.
De no cumplirse con lo establecido precedentemente, el hecho se constituirá en causa de rescisión del contrato.
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c. Acreditación del Círculo Paraguayo de Médicos y registro otorgado por la Dirección de Control de Profesiones dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, del Jefe o Director, con Título de Especialista en Nefrología, del Centro de Hemodiálisis.
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d. Listado de Recursos Humanos y Registro Profesional del personal de blanco (vigente) como mínimo, correspondientes a:
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a. Registro y Habilitación de Establecimientos de Salud expedido por el Departamento de Control de Establecimientos de Salud del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, vigente como mínimo por el término del periodo de validez de la Oferta, para ser pasible de evaluación. (En caso de poseer documentos en trámites, el Centro de Hemodiálisis Adjudicado deberá presentar la documentación vigente para la firma del Contrato)
De ser adjudicado el Centro de Hemodiálisis, la vigencia del documento deberá cubrir el periodo de noventa días posteriores a la duración del contrato objeto de esta contratación; caso contrario, será condicionante para la continuidad de la prestación del servicio, contar con la Renovación de la Habilitación, máximo al vencimiento de la vigencia del anterior.
De no cumplirse con lo establecido precedentemente, el hecho se constituirá en causa de rescisión del contrato.
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b. Constancia de Habilitación como Centro de Hemodiálisis, expedido por el Instituto Nacional de Nefrología, vigente como mínimo por el término del periodo de validez de la Oferta, para ser pasible de evaluación. (En caso de poseer documentos en trámites, el Centro de Hemodiálisis Adjudicado deberá presentar la documentación vigente para la firma del Contrato)
De ser adjudicado el Centro de Hemodiálisis, la vigencia del documento deberá cubrir el periodo de noventa días posteriores a la duración del contrato objeto de esta contratación; caso contrario, será condicionante para la continuidad de la prestación del servicio, contar con la Renovación de la Habilitación, máximo al vencimiento de la vigencia del anterior.
De no cumplirse con lo establecido precedentemente, el hecho se constituirá en causa de rescisión del contrato.
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c. Certificado de la Sociedad Paraguaya de Nefrología y registro otorgado por la Dirección de Control de Profesiones dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, del Jefe o Director, con Título de Especialista en Nefrología, del Centro de Hemodiálisis.
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d. Listado de Recursos Humanos y Registro Profesional del personal de blanco (vigente) como mínimo, correspondientes a:
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Requisitos documentales para evaluar el criterio de capacidad técnica
Los siguientes documentos serán los considerados para la evaluación del presente criterio:
a. Registro y Habilitación de Establecimientos de Salud expedido por el Departamento de Control de Establecimientos de Salud del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, vigente como mínimo por el término del periodo de validez de la Oferta, para ser pasible de evaluación. (En caso de poseer documentos en trámites, el Centro de Hemodiálisis Adjudicado deberá presentar la documentación vigente para la firma del Contrato)
De ser adjudicado el Centro de Hemodiálisis, la vigencia del documento deberá cubrir el periodo de noventa días posteriores a la duración del contrato objeto de esta contratación; caso contrario, será condicionante para la continuidad de la prestación del servicio, contar con la Renovación de la Habilitación, máximo al vencimiento de la vigencia del anterior.
De no cumplirse con lo establecido precedentemente, el hecho se constituirá en causa de rescisión del contrato. |
b. Constancia de Habilitación como Centro de Hemodiálisis, expedido por el Instituto Nacional de Nefrología, vigente como mínimo por el término del periodo de validez de la Oferta, para ser pasible de evaluación. (En caso de poseer documentos en trámites, el Centro de Hemodiálisis Adjudicado deberá presentar la documentación vigente para la firma del Contrato)
De ser adjudicado el Centro de Hemodiálisis, la vigencia del documento deberá cubrir el periodo de noventa días posteriores a la duración del contrato objeto de esta contratación; caso contrario, será condicionante para la continuidad de la prestación del servicio, contar con la Renovación de la Habilitación, máximo al vencimiento de la vigencia del anterior.
De no cumplirse con lo establecido precedentemente, el hecho se constituirá en causa de rescisión del contrato. |
c. Certificado |
d. Listado de Recursos Humanos y Registro Profesional del personal de blanco
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Otros criterios que la convocante requiera
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
a. Copia simple del Certificado de Vacunación, del personal de blanco contra la Hepatitis B.
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b. Constancia que avale que el personal técnico y de enfermería del Centro de Hemodiálisis, están reconocidos por el Instituto Nacional de Nefrología.
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c. Declaración Jurada en la que conste y se garantice la prestación permanente del servicio acorde a la capacidad adjudicada y conforme a la demanda del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
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Otros criterios que la convocante requiera
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
a. Copia autenticada del Certificado de Vacunación, de todos los profesionales, personal de apoyo y limpieza de conformidad con la legislación vigente, específicamente la vacuna contra la Hepatitis B.
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b. Constancia que avale que el personal técnico y de enfermería del Centro de Hemodiálisis, están reconocidos por el Instituto Nacional de Nefrología.
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c. Declaración Jurada en la que conste y se garantice la prestación permanente del servicio acorde a la capacidad adjudicada y conforme a la demanda del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
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Otros criterios que la convocante requiera
Otros criterios para la evaluación de las ofertas a ser considerados en ésta contratación serán:
a. Copia |
b. Constancia que avale que el personal técnico y de enfermería del Centro de Hemodiálisis, están reconocidos por el Instituto Nacional de Nefrología. |
c. Declaración Jurada en la que conste y se garantice la prestación permanente del servicio acorde a la capacidad adjudicada y conforme a la demanda del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. |