En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Presentación como mínimo de 1 (un) comprobante por año de PROVISIÓN DE SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP que comprendan la provisión e instalación en conjunto de: cámaras IP, servidores, almacenamiento, software VMS, donde conste el desempeño satisfactorio del oferente, expedidos por Instituciones Públicas o Privadas dentro de los últimos 3 (tres) años (2018, 2019 y 2020).”
Sobre el particular se solicita a la convocante que este requerimiento sea opcional. En el mismo apartado se solicita “Demostrar la experiencia en PROVISIÓN DE SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP con copias de contratos y sus respectivas facturaciones de venta por un monto equivalente al 30% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3 últimos años. (2018, 2019 y 2020).”; con el requerimiento anteriormente mencionado se podrá cumplir con la experiencia requerida por la convocante. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Presentación como mínimo de 1 (un) comprobante por año de PROVISIÓN DE SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP que comprendan la provisión e instalación en conjunto de: cámaras IP, servidores, almacenamiento, software VMS, donde conste el desempeño satisfactorio del oferente, expedidos por Instituciones Públicas o Privadas dentro de los últimos 3 (tres) años (2018, 2019 y 2020).”
Sobre el particular se solicita a la convocante que este requerimiento sea opcional. En el mismo apartado se solicita “Demostrar la experiencia en PROVISIÓN DE SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP con copias de contratos y sus respectivas facturaciones de venta por un monto equivalente al 30% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3 últimos años. (2018, 2019 y 2020).”; con el requerimiento anteriormente mencionado se podrá cumplir con la experiencia requerida por la convocante. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
Favor remitirse a las condiciones solicitadas en la Adenda N° 2
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*-ESPECIFICACIONES TECNICAS
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Presentación como mínimo de 1 (un) comprobante por año de PROVISIÓN DE SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP que comprendan la provisión e instalación en conjunto de: cámaras IP, servidores, almacenamiento, software VMS, donde conste el desempeño satisfactorio del oferente, expedidos por Instituciones Públicas o Privadas dentro de los últimos 3 (tres) años (2018, 2019 y 2020).”
Sobre el particular se solicita a la convocante que este requerimiento sea opcional para el LOTE 5. La experiencia requerida no aplica ni tiene relación alguna con la provisión de equipamientos del tipo servidor mencionado en el LOTE 5 ya que el llamado fue separado por lotes y por consiguiente el oferente que provea los equipos NO tendrá la responsabilidad de realizar la actualización/migración del sistema actual a los nuevos equipos a adquirir debido que este requerimiento se encuentra separado en un LOTE distinto. Cabe mencionar que los servidores solicitados en el LOTE 5 tendrán instalado el sistema operativo Windows Server (según lo requerido) el cual es totalmente compatible con el sistema actual de la Convocante, los principales fabricantes de equipos del tipo servidor declaran en sus catálogos la compatibilidad con los distintos sistemas operativos con lo cual se podrá también validar lo mencionado anteriormente. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Presentación como mínimo de 1 (un) comprobante por año de PROVISIÓN DE SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP que comprendan la provisión e instalación en conjunto de: cámaras IP, servidores, almacenamiento, software VMS, donde conste el desempeño satisfactorio del oferente, expedidos por Instituciones Públicas o Privadas dentro de los últimos 3 (tres) años (2018, 2019 y 2020).”
Sobre el particular se solicita a la convocante que este requerimiento sea opcional para el LOTE 5. La experiencia requerida no aplica ni tiene relación alguna con la provisión de equipamientos del tipo servidor mencionado en el LOTE 5 ya que el llamado fue separado por lotes y por consiguiente el oferente que provea los equipos NO tendrá la responsabilidad de realizar la actualización/migración del sistema actual a los nuevos equipos a adquirir debido que este requerimiento se encuentra separado en un LOTE distinto. Cabe mencionar que los servidores solicitados en el LOTE 5 tendrán instalado el sistema operativo Windows Server (según lo requerido) el cual es totalmente compatible con el sistema actual de la Convocante, los principales fabricantes de equipos del tipo servidor declaran en sus catálogos la compatibilidad con los distintos sistemas operativos con lo cual se podrá también validar lo mencionado anteriormente. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Poseer experiencia comprobable que demuestre haber suministrado de manera exitosa al menos 1 (un) SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP que cuenten con funcionalidades de reconocimiento facial y/o reconocimiento de placas a instituciones públicas o privadas, dentro de los 3 últimos años (2018, 2019 y 2020). Demostrable mediante la presentación de copias de contrato y sus respectivas actas de recepción o notas de remisión.”
Sobre el particular se solicita a la convocante que este requerimiento sea opcional. En el mismo apartado se solicita “Demostrar la experiencia en PROVISIÓN DE SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP con copias de contratos y sus respectivas facturaciones de venta por un monto equivalente al 30% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3 últimos años. (2018, 2019 y 2020).”; con el requerimiento anteriormente mencionado se podrá cumplir con la experiencia requerida por la convocante. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Poseer experiencia comprobable que demuestre haber suministrado de manera exitosa al menos 1 (un) SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP que cuenten con funcionalidades de reconocimiento facial y/o reconocimiento de placas a instituciones públicas o privadas, dentro de los 3 últimos años (2018, 2019 y 2020). Demostrable mediante la presentación de copias de contrato y sus respectivas actas de recepción o notas de remisión.”
Sobre el particular se solicita a la convocante que este requerimiento sea opcional. En el mismo apartado se solicita “Demostrar la experiencia en PROVISIÓN DE SISTEMAS DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP con copias de contratos y sus respectivas facturaciones de venta por un monto equivalente al 30% como mínimo del monto total ofertado en la presente licitación, de los: 3 últimos años. (2018, 2019 y 2020).”; con el requerimiento anteriormente mencionado se podrá cumplir con la experiencia requerida por la convocante. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Poseer experiencia comprobable que demuestre haber suministrado de manera exitosa al menos 1 (un) SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP que cuenten con funcionalidades de reconocimiento facial y/o reconocimiento de placas a instituciones públicas o privadas, dentro de los 3 últimos años (2018, 2019 y 2020). Demostrable mediante la presentación de copias de contrato y sus respectivas actas de recepción o notas de remisión.”
Sobre el particular se solicita a la convocante que este requerimiento sea opcional para el LOTE 5. La experiencia requerida no aplica ni tiene relación alguna con la provisión de equipamientos del tipo servidor mencionado en el LOTE 5 ya que el llamado fue separado por lotes y por consiguiente el oferente que provea los equipos NO tendrá la responsabilidad de realizar la actualización/migración del sistema actual a los nuevos equipos a adquirir debido que este requerimiento se encuentra separado en un LOTE distinto. Cabe mencionar que los servidores solicitados en el LOTE 5 tendrán instalado el sistema operativo Windows Server (según lo requerido) el cual es totalmente compatible con el sistema actual de la Convocante, los principales fabricantes de equipos del tipo servidor declaran en sus catálogos la compatibilidad con los distintos sistemas operativos con lo cual se podrá también validar lo mencionado anteriormente. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Poseer experiencia comprobable que demuestre haber suministrado de manera exitosa al menos 1 (un) SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP que cuenten con funcionalidades de reconocimiento facial y/o reconocimiento de placas a instituciones públicas o privadas, dentro de los 3 últimos años (2018, 2019 y 2020). Demostrable mediante la presentación de copias de contrato y sus respectivas actas de recepción o notas de remisión.”
Sobre el particular se solicita a la convocante que este requerimiento sea opcional para el LOTE 5. La experiencia requerida no aplica ni tiene relación alguna con la provisión de equipamientos del tipo servidor mencionado en el LOTE 5 ya que el llamado fue separado por lotes y por consiguiente el oferente que provea los equipos NO tendrá la responsabilidad de realizar la actualización/migración del sistema actual a los nuevos equipos a adquirir debido que este requerimiento se encuentra separado en un LOTE distinto. Cabe mencionar que los servidores solicitados en el LOTE 5 tendrán instalado el sistema operativo Windows Server (según lo requerido) el cual es totalmente compatible con el sistema actual de la Convocante, los principales fabricantes de equipos del tipo servidor declaran en sus catálogos la compatibilidad con los distintos sistemas operativos con lo cual se podrá también validar lo mencionado anteriormente. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Poseer experiencia comprobable que demuestre haber suministrado de manera exitosa al menos 1 (un) SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP que cuenten con funcionalidades de reconocimiento facial y/o reconocimiento de placas a instituciones públicas o privadas, dentro de los 3 últimos años (2018, 2019 y 2020). Demostrable mediante la presentación de copias de contrato y sus respectivas actas de recepción o notas de remisión.”
Al respecto, se solicita a la convocante aclarar dicho punto en el sentido si será aceptado a su vez copia de contrato y sus respectivas actas de recepción o notas de remisión de al menos 1 (un) proyecto de SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP donde los equipos proveídos soporten a futuro la implementación de funcionalidades de reconocimiento facial y/o reconocimiento de placas a instituciones públicas o privadas. Favor aclarar dicho punto a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Poseer experiencia comprobable que demuestre haber suministrado de manera exitosa al menos 1 (un) SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP que cuenten con funcionalidades de reconocimiento facial y/o reconocimiento de placas a instituciones públicas o privadas, dentro de los 3 últimos años (2018, 2019 y 2020). Demostrable mediante la presentación de copias de contrato y sus respectivas actas de recepción o notas de remisión.”
Al respecto, se solicita a la convocante aclarar dicho punto en el sentido si será aceptado a su vez copia de contrato y sus respectivas actas de recepción o notas de remisión de al menos 1 (un) proyecto de SISTEMA DE VIDEO VIGILANCIA DE TIPO IP donde los equipos proveídos soporten a futuro la implementación de funcionalidades de reconocimiento facial y/o reconocimiento de placas a instituciones públicas o privadas. Favor aclarar dicho punto a los efectos de presentar una oferta que se ajuste a las necesidades de la Convocante.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Se deberá presentar el Curriculum Vitae de al menos un técnico certificado en el sistema existente (Securos).”
Sobre el particular se solicita a la convocante que este requerimiento sea opcional para el LOTE 5. La experiencia requerida no aplica ni tiene relación alguna con la provisión de equipamientos del tipo servidor mencionado en el LOTE 5 ya que el llamado fue separado por lotes y por consiguiente el oferente que provea los equipos NO tendrá la responsabilidad de realizar la actualización/migración del sistema actual a los nuevos equipos a adquirir debido que este requerimiento se encuentra separado en un LOTE distinto. Cabe mencionar que los servidores solicitados en el LOTE 5 tendrán instalado el sistema operativo Windows Server (según lo requerido) el cual es totalmente compatible con el sistema actual de la Convocante, los principales fabricantes de equipos del tipo servidor declaran en sus catálogos la compatibilidad con los distintos sistemas operativos con lo cual se podrá también validar lo mencionado anteriormente. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y CRITERIOS DE EVALUACIÓN, Punto 8 – Experiencia Requerida, inciso c) Para los lotes 3, 4, 5, 13 y 14, se solicita:
“Se deberá presentar el Curriculum Vitae de al menos un técnico certificado en el sistema existente (Securos).”
Sobre el particular se solicita a la convocante que este requerimiento sea opcional para el LOTE 5. La experiencia requerida no aplica ni tiene relación alguna con la provisión de equipamientos del tipo servidor mencionado en el LOTE 5 ya que el llamado fue separado por lotes y por consiguiente el oferente que provea los equipos NO tendrá la responsabilidad de realizar la actualización/migración del sistema actual a los nuevos equipos a adquirir debido que este requerimiento se encuentra separado en un LOTE distinto. Cabe mencionar que los servidores solicitados en el LOTE 5 tendrán instalado el sistema operativo Windows Server (según lo requerido) el cual es totalmente compatible con el sistema actual de la Convocante, los principales fabricantes de equipos del tipo servidor declaran en sus catálogos la compatibilidad con los distintos sistemas operativos con lo cual se podrá también validar lo mencionado anteriormente. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección DATOS DE LA LICITACIÓN, Punto 11 – Visita al sitio de ejecución del contrato, se menciona:
“No Aplica”
Solicitamos respetuosamente a la convocante habilitar una fecha y horario para la realización de una visita técnica al sitio donde deberán ser instalados los equipos a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer a detalle el mismo y prever todo lo necesario para la correcta presentación de la propuesta.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la sección DATOS DE LA LICITACIÓN, Punto 11 – Visita al sitio de ejecución del contrato, se menciona:
“No Aplica”
Solicitamos respetuosamente a la convocante habilitar una fecha y horario para la realización de una visita técnica al sitio donde deberán ser instalados los equipos a fin de que los potenciales oferentes puedan conocer a detalle el mismo y prever todo lo necesario para la correcta presentación de la propuesta.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección Resumen de las Especificaciones Técnicas, Lote 6 – Central Telefónica, se menciona:
“6.2 –Servidor para Central telefónica”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el ítem 6.2 “Servidor para Central telefónica” del Lote 6 sea incluido a su vez al Lote 5 “Servidores de VMS Asunción”. El pedido obedece a que las especificaciones técnicas del servidor mencionado corresponden a estándares internacionales de equipos del tipo servidor así como las solicitadas para el Lote 5 y por consiguiente pueden ser proveídas en su conjunto en un mismo lote. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección Resumen de las Especificaciones Técnicas, Lote 6 – Central Telefónica, se menciona:
“6.2 –Servidor para Central telefónica”
Solicitamos respetuosamente a la convocante que el ítem 6.2 “Servidor para Central telefónica” del Lote 6 sea incluido a su vez al Lote 5 “Servidores de VMS Asunción”. El pedido obedece a que las especificaciones técnicas del servidor mencionado corresponden a estándares internacionales de equipos del tipo servidor así como las solicitadas para el Lote 5 y por consiguiente pueden ser proveídas en su conjunto en un mismo lote. Esta modificación no afectará el alcance ni la correcta implementación del proyecto y permitirá un mayor número de Oferentes en beneficio de la convocante. Lo solicitado se cursa en virtud a lo establecido en el artículo 20° de la Ley 2051/03, el cual reza: “…no se podrán exigir a los participantes requisitos distintos a los señalados por esta ley, ni se podrán establecer elementos que no resulten técnicamente indispensables, si con ello se limitan las posibilidades de concurrencia a eventuales proveedores o contratistas…”, y en el inciso b) del artículo 4° de la misma ley, específicamente el Principio de Igualdad y Libre Competencia que debe regir en las compras realizadas por el Estado; teniendo en cuenta además lo establecido en el art. 46° del Decreto Reglamentario 2992/19, el cual reza lo siguiente: “La Convocante podrá introducir modificaciones o enmiendas a los pliegos de bases y condiciones, siempre y cuando se ajuste a los parámetros establecidos en la Ley. Los cinco días hábiles previstos en la Ley como límite para el tope de presentación de ofertas, se computarán desde el día siguiente de la publicación de la adenda respectiva. Las modificaciones o enmiendas que realicen las Convocantes al pliego de bases y condiciones deberán quedar asentadas en una adenda numerada y fechada que formará parte del mismo”
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección Resumen de las Especificaciones Técnicas, Lote 5 – Servidores de VMS Asunción, se menciona:
“Servidor de Video”
Cabe resaltar que la justificación del proyecto menciona la migración y/o actualización del sub-sistema de video vigilancia del CSE 911 (actual) a los nuevos servidores a adquirir en el presente llamado. Se menciona la renovación de un total de 12 (doce) nodos, de la arquitectura actual a la nueva; las especificaciones técnicas de los equipos requeridos por la convocante (equipos nuevos) son idénticas a las características de los equipos con los que cuenta actualmente la Institución (equipos actuales) por lo cual no se comprende la justificación de RENOVACIÓN DE EQUIPAMIENTOS siendo que los equipos solicitados no son SUPERIORES técnicamente hablando. De lo anterior también se puede concluir que, siempre y cuando los equipos cumplan con los requerimientos técnicos solicitados podrá asegurarse la total compatibilidad de los equipos (sea cual fuere el fabricante) con el sistema productivo actual de la Institución.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº2, en la sección Resumen de las Especificaciones Técnicas, Lote 5 – Servidores de VMS Asunción, se menciona:
“Servidor de Video”
Cabe resaltar que la justificación del proyecto menciona la migración y/o actualización del sub-sistema de video vigilancia del CSE 911 (actual) a los nuevos servidores a adquirir en el presente llamado. Se menciona la renovación de un total de 12 (doce) nodos, de la arquitectura actual a la nueva; las especificaciones técnicas de los equipos requeridos por la convocante (equipos nuevos) son idénticas a las características de los equipos con los que cuenta actualmente la Institución (equipos actuales) por lo cual no se comprende la justificación de RENOVACIÓN DE EQUIPAMIENTOS siendo que los equipos solicitados no son SUPERIORES técnicamente hablando. De lo anterior también se puede concluir que, siempre y cuando los equipos cumplan con los requerimientos técnicos solicitados podrá asegurarse la total compatibilidad de los equipos (sea cual fuere el fabricante) con el sistema productivo actual de la Institución.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº 1, en la Fecha de Entrega de Ofertas, se menciona:
“13/12/2021 08:15 hs”
Solicitamos respetuosamente a la convocante extender la fecha de entrega de ofertas a fin de disponer de mayor tiempo para el análisis del Pliego debido a la envergadura del proyecto y así prever todo lo necesario para la correcta presentación de la propuesta.
En el Pliego de Bases y Condiciones, en la Adenda Nº 1, en la Fecha de Entrega de Ofertas, se menciona:
“13/12/2021 08:15 hs”
Solicitamos respetuosamente a la convocante extender la fecha de entrega de ofertas a fin de disponer de mayor tiempo para el análisis del Pliego debido a la envergadura del proyecto y así prever todo lo necesario para la correcta presentación de la propuesta.