favor aclarar en relación a la distribución de los puntos de experiencia específica del consultor, ya que el pbc menciona que se considerarán solamente 4 (cuatro) antecedentes, asignándole 25% del puntaje hasta llegar a 100%, a las experiencias en “Diseño de ingeniería vial, fiscalización y/o supervisión de obras y/o gerenciamiento técnico y/o fiscalización/supervisión de concesión de obras viales con pavimentación asfáltica. Sin embargo, también se indica en otro párrafo que la calificación máxima de este factor será de 20 puntos, de los cuales 10 puntos se darán a cada servicio de consultoría en “Diseño, diseño final de ingeniería de obras viales en pavimentación asfáltica”. se solicita aclarar este punto puesto que el mismo no resulta muy claro si el seran considerados 4 contratos o 5, si son 100 puntos o 20 puntos
favor aclarar en relación a la distribución de los puntos de experiencia específica del consultor, ya que el pbc menciona que se considerarán solamente 4 (cuatro) antecedentes, asignándole 25% del puntaje hasta llegar a 100%, a las experiencias en “Diseño de ingeniería vial, fiscalización y/o supervisión de obras y/o gerenciamiento técnico y/o fiscalización/supervisión de concesión de obras viales con pavimentación asfáltica. Sin embargo, también se indica en otro párrafo que la calificación máxima de este factor será de 20 puntos, de los cuales 10 puntos se darán a cada servicio de consultoría en “Diseño, diseño final de ingeniería de obras viales en pavimentación asfáltica”. se solicita aclarar este punto puesto que el mismo no resulta muy claro si el seran considerados 4 contratos o 5, si son 100 puntos o 20 puntos
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 4, apartado 1.2 Experiencia Específica, de la sección 2. Instrucciones para los Consultores, Hoja de Datos, cláusula 5.2 (a-2), criterio (i) Experiencia específica de los consultores pertinente a las tareas, 1.2 Experiencia Específica, en donde se han realizado las modificaciones pertinentes a la evaluación de la experiencia específica de los consultores.
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Competencia para el Trabajo.
En el caso del especialista en geología y geotecnia para poder alcanzar el 100% de la puntuación del criterio para Competencia para el Trabajo, es necesario que cada una de las experiencias contemple "estabilización de suelos, terraplenes y movimiento de suelos en obras Viales." o podrían ser en distintos trabajos?
En el caso del especialista en geología y geotecnia para poder alcanzar el 100% de la puntuación del criterio para Competencia para el Trabajo, es necesario que cada una de las experiencias contemple "estabilización de suelos, terraplenes y movimiento de suelos en obras Viales." o podrían ser en distintos trabajos?
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 4 , Sección II. Instrucciones para los consultores, Hoja de datos, clausula 5.2 (a-2), criterio (iii) Calificaciones del personal profesional clave y competencia para el trabajo, 3- Competencia para el Trabajo, Experiencia Fiscalización, en donde se modifica dicho criterio, quedando el mismo redactado de la siguiente manera:
"Especialista en Geología y Geotecnia (Ingeniero Civil, Ingeniero Geólogo o Vial): experiencia en dimensionamiento de obras y/o Fiscalización de estabilización de suelos y/o terraplenes y/o movimiento de suelos en obras Viales".
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Profesionales
Se presenta la misma inquietud en cuanto a todos los profesionales. Ya que se menciona como válidos antecedentes en fiscalización pero luego se aceptan cargos tales como residente de obra que son típicos de los contratistas de obra. Por ejemplo esto se observa en los requisitos para el especialista en mantenimiento por resultados etc
Se presenta la misma inquietud en cuanto a todos los profesionales. Ya que se menciona como válidos antecedentes en fiscalización pero luego se aceptan cargos tales como residente de obra que son típicos de los contratistas de obra. Por ejemplo esto se observa en los requisitos para el especialista en mantenimiento por resultados etc
Referirse a las experiencias solicitadas que puntúan para cada profesional, establecidas en la Adenda N° 4, Instrucciones para los consultores, Hoja de datos, clausula 5.2 (a-2), criterio (iii) Calificaciones del personal profesional clave y competencia para el trabajo, 3- Competencia para el Trabajo 80%.
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Ingeniero Residente
Se consulta con respecto al puesto de ingeniero residente ya que al mismo se le pide antecedentes en fiscalización de obras pero luego se valida el puesto de residente de obra que es un puesto típico de obra. Por lo tanto solicitamos respetuosamente se confirme que el puesto de residente de obra será considerado valido para satisfacer el requisito solicitado al ingeniero residente.
Se consulta con respecto al puesto de ingeniero residente ya que al mismo se le pide antecedentes en fiscalización de obras pero luego se valida el puesto de residente de obra que es un puesto típico de obra. Por lo tanto solicitamos respetuosamente se confirme que el puesto de residente de obra será considerado valido para satisfacer el requisito solicitado al ingeniero residente.
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 4, Sección II. Instrucciones para los consultores, Hoja de datos, clausula 5.2 (a-2), criterio (iii) Calificaciones del personal profesional clave y competencia para el trabajo, 3- Competencia para el Trabajo, Experiencia Fiscalización 80%, en el cual se expresa: "Por cada Trabajo de Igual Envergadura en el área específica propuesta realizado por el Ingeniero Residente de Fiscalización, se asignará la puntuación como se indica a continuación: a) Servicios de Consultoría para fiscalización de obras que incluyan pavimentaciones asfálticas y sean de gestión/rehabilitación y mantenimiento de carreteras por niveles de servicio (25,0 puntos), b) Servicios de Consultoría para fiscalización de obras que incluyan pavimentaciones asfálticas o fiscalización/supervisión de concesión de obras viales que incluyan pavimentación asfáltica (20,0 puntos), c) Servicios de Consultoría para fiscalización de obras que incluyan pavimentaciones de menor envergadura (empedrados, enripiados, adoquinados, entre otros) (12,5 puntos). Los cargos que serán considerados para la puntuación son el de responsable técnico, director de servicio, gerente, consultor, supervisor, residente de obra o fiscalización".
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Catastro
Se consulta si el MOPC cuenta con universo estimado de afectaciones a consecuencia de la ejecución de las Obras.
En el portal de la DNCP, en los documentos Anexos del Llamado de las Obras con ID N° 408.354, en el archivo anexos___eett_1647010442503.zip se encuentran los Estudios de Pre-catastro existentes, los cuales podrán ser consultados a modo de referencia.
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Actividad 2: Elaboración de Catastro y el Avalúo de Propiedades a ser afectadas.
Conforme se establece en los términos de referencia, se desarrollará durante la ejecución de la Fase A la, Elaboración del Catastro y el Avalúo de las propiedades a ser afectadas por la Liberación de la Franja de Dominio, no obstante, en el folio 92 (noventa y dos) del Pliego de Bases y Condiciones del llamado, sección 5 Términos de referencia se establece -entre otras- lo siguiente: ... y el catastro a ser realizado por el contratista ...
Aparentemente existe una incongruencia sobre lo expuesto, por lo que solicitamos aclaración al respecto.
29-03-2022
18-04-2022
Actividad 2: Elaboración de Catastro y el Avalúo de Propiedades a ser afectadas.
Conforme se establece en los términos de referencia, se desarrollará durante la ejecución de la Fase A la, Elaboración del Catastro y el Avalúo de las propiedades a ser afectadas por la Liberación de la Franja de Dominio, no obstante, en el folio 92 (noventa y dos) del Pliego de Bases y Condiciones del llamado, sección 5 Términos de referencia se establece -entre otras- lo siguiente: ... y el catastro a ser realizado por el contratista ...
Aparentemente existe una incongruencia sobre lo expuesto, por lo que solicitamos aclaración al respecto.
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 2, IV. Sección V. Términos de referencia, 2 -OBJETO Y CONCEPCIÓN GENERAL DEL CONTRATO, 2.1- Objeto general del contrato, en donde se han realizado las modificaciones pertinentes.
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Formulario K - Declaración Jurada
En dicho formulario, en el último párrafo se menciona cuanto sigue: La presente declaración jurada, la hago/hacemos, en los términos y condiciones del Artículo 47 del Decreto Reglamentario N° 21.909/03...
Consultamos si el articulo al que hace mención es el correcto, considerando en otros pliegos del MOPC se tiene el siguiente texto: ...en los términos y condiciones del Decreto Reglamentario Nº 2992/2019...
En dicho formulario, en el último párrafo se menciona cuanto sigue: La presente declaración jurada, la hago/hacemos, en los términos y condiciones del Artículo 47 del Decreto Reglamentario N° 21.909/03...
Consultamos si el articulo al que hace mención es el correcto, considerando en otros pliegos del MOPC se tiene el siguiente texto: ...en los términos y condiciones del Decreto Reglamentario Nº 2992/2019...
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 1, en donde se modifican los Formularios "K" y "M", haciendo estos referencia al Decreto Reglamentario Nº 2.992/2019 y no más al Decreto Reglamentario N° 21.909/03.
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ESPECIALISTA SOCIAL
en relacion al especialista social se consulta a la convocante si podria agregar el titulo de sociologo como habilitante para ser puntuado en la presente licitacion, puesto que en el PBC solo menciona el titulo de TRABAJADOR SOCIAL, ECOLOGO HUMANO, PROFESIONAL ESPECIALIZADO EN EL AREA DE TRABAJO SOCIAL, a los efectos de permitir la participacion de mas profesionales con experiencia en el ramo.
en relacion al especialista social se consulta a la convocante si podria agregar el titulo de sociologo como habilitante para ser puntuado en la presente licitacion, puesto que en el PBC solo menciona el titulo de TRABAJADOR SOCIAL, ECOLOGO HUMANO, PROFESIONAL ESPECIALIZADO EN EL AREA DE TRABAJO SOCIAL, a los efectos de permitir la participacion de mas profesionales con experiencia en el ramo.
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 4 , Sección II. Instrucciones para los consultores, Hoja de datos, clausula 5.2 (a-2), criterio (iii) Calificaciones del personal profesional clave y competencia para el trabajo, 3- Competencia para el Trabajo, Experiencia Fiscalización, Profesionales y Especialistas, en donde se menciona lo siguiente:
"Profesionales y Especialistas"..."Especialista Social (Trabajador Social/ Ecólogo Humano/ Profesional especializado en el área de trabajo social)".
Por lo tanto, el grado consultado es abarcado en el profesional especializado en el área de trabajo social.
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Productos a ser entregados para la aprobación del Diseño Final de Ingeniería a ser presentado por el Contratista
En el punto 3 OBJETIVOS DEL CONTRATO de la Sección 5 - Términos de Referencias se tiene como objetivo especifico lo siguiente:
- Fiscalizar y aprobar el Diseño Final de Ingeniería elaborado por el Contratista.
Así también, hemos visualizado el detalle de la presentación y evaluación de la propuesta de las obras de construcción incluido en el capitulo 2. Diseño Ejecutivo del Anexo "Especificaciones Técnicas" en cual se mencionan que deberá ser entregado por el Contratista un denominado 1er Informe antes de los 70 días calendarios de la Orden de Ejecución, un 2do Informe antes de los 105 días calendario del inicio del Contrato y a los 149 días calendarios de la orden de Inicio el Diseño Ejecutivo de las Obras de Construcción.
Por otra parte, no se visualizan en el apartado 5 INFORMES DEL CONTRATO de la Sección 5 - Términos de Referencia.
En este sentido, solicitamos nos indiquen los productos a ser entregados por parte del Consultor durante el desarrollo de las actividades mencionadas.
29-03-2022
18-04-2022
Productos a ser entregados para la aprobación del Diseño Final de Ingeniería a ser presentado por el Contratista
En el punto 3 OBJETIVOS DEL CONTRATO de la Sección 5 - Términos de Referencias se tiene como objetivo especifico lo siguiente:
- Fiscalizar y aprobar el Diseño Final de Ingeniería elaborado por el Contratista.
Así también, hemos visualizado el detalle de la presentación y evaluación de la propuesta de las obras de construcción incluido en el capitulo 2. Diseño Ejecutivo del Anexo "Especificaciones Técnicas" en cual se mencionan que deberá ser entregado por el Contratista un denominado 1er Informe antes de los 70 días calendarios de la Orden de Ejecución, un 2do Informe antes de los 105 días calendario del inicio del Contrato y a los 149 días calendarios de la orden de Inicio el Diseño Ejecutivo de las Obras de Construcción.
Por otra parte, no se visualizan en el apartado 5 INFORMES DEL CONTRATO de la Sección 5 - Términos de Referencia.
En este sentido, solicitamos nos indiquen los productos a ser entregados por parte del Consultor durante el desarrollo de las actividades mencionadas.
Referirse a lo Establecido en el PBC, Términos de Referencia, Capítulo 4. ALCANCES DE LOS OBJETIVOS DEL CONTRATO, Apartado 4.3 FASE B, punto 4.3.1-Control de las obras de Construcción, en donde se menciona lo siguiente:
4.3.1 Control de las obras de Construcción.
Diseño ejecutivo.
El Consultor deberá:
- evaluar [al inicio] la propuesta de diseño de las obras de Construcción realizada por el Contratista (planillas, planos y especificaciones, etc.), indicando las observaciones que le merezca, evaluando las enmiendas propuestas, verificando el cumplimiento de los plazos y contenidos establecidos para la presentación de los correspondientes informes, calculando las eventuales multas por presentación fuera de plazo o iniciando los procedimientos de rescisión del contrato;..."
El contratista es quien presentará los informes mencionados (1er informe y 2do informe) y la Fiscalización deberá cumplir con lo citado anteriormente para cada informe presentado por la Contratista.
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Competencia para el Trabajo.
En el caso del Especialista en Estructura, serán tomados en cuenta los trabajos en proyectos de diseño final de ingeniería para la puntuación en "competencia para el trabajo"?
En el caso del Especialista en Estructura, serán tomados en cuenta los trabajos en proyectos de diseño final de ingeniería para la puntuación en "competencia para el trabajo"?
Referirse a lo establecido en la Adenda N° 4, Sección II. Instrucciones para los consultores, Hoja de datos, clausula 5.2 (a-2), criterio (iii) Calificaciones del personal profesional clave y competencia para el trabajo, 3- Competencia para el Trabajo, Experiencia Fiscalización 80%, en el cual se expresa: "Para los Especialistas en Geología y Geotecnia, Hidrología e Hidráulica y Estructuras: la calificación de los Trabajos de Igual Envergadura, se calificará todos aquellos trabajos ejecutados en Servicios de Consultoría de características similares, otorgándosele el 100 % de la puntuación al personal que haya realizado cuatro (4) o más trabajos; con el 75 % del puntaje al que haya realizado tres (3) trabajos, con el 50 % del puntaje al que haya realizado dos (2) trabajos; con el 25 % del puntaje al que haya realizado 1 (un) trabajo y cero puntos a los que no realizaron trabajos de igual envergadura... Especialista en Estructuras (Ingeniero Civil, Vial): trabajos de diseño estructural en proyectos de infraestructura vial."
Por lo tanto, para las Competencias para el Trabajo del Especialista en Estructuras pueden puntuar "Trabajos en Proyectos de Diseño Final de Ingeniería" siempre y cuando estos trabajos incluyan Diseño Estructural en Proyectos de Infraestructura Vial.