Logo DNCP
¿Qué estás buscando?

Versión 1

Versión 2

Diferencias entre las versiones 1 y 2

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

  • Al momento de la entrega de los bienes, un funcionario designado por la Dirección General de Administración y Finanzas verificará que las mismas sean conforme a las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones.
  • A la entrega, se procederá a la firma de la Nota de Remisión, al solo efecto de certificar que los bienes han ingresado a la Institución, quedando los mismos para la verificación del cumplimiento con las condiciones del llamado.
  • Una vez que se realicen los controles pertinentes y se certifique adecuadamente que el suministro se ajuste a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del contrato, como la orden de compra en cuanto a cantidad, calidad, origen, procedencia, se firmará el Acta de Recepción, la que habilitará al proveedor a solicitar el pago de la entrega efectuada.
  • Comprobada la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatandose deficiencia o alteraciones de calidad se notifcará al proveedor en la brevedad que le sea posible dicha irregualidad. El proveedor estará obligado a sustituir el bien en cuestión en un plazo no mayor a 3 (tres) días hábiles siguientes de ser entregada y hasta ajustarse a lo requerido por la contratante.
  • Dicho plazo no será considerado como prórroga para la entrega por lo que al oferente que incurra en tal situación se le aplicará la penalización establecida.

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

  • Al momento de la entrega de los bienes, un funcionario designado por la Dirección General de Administración y Finanzas verificará que las mismas sean conforme a las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones.
  • A la entrega, se procederá a la firma de la Nota de Remisión, al solo efecto de certificar que los bienes han ingresado a la Institución, quedando los mismos para la verificación del cumplimiento con las condiciones del llamado.
  • Una vez que se realicen los controles pertinentes y se certifique adecuadamente que el suministro se ajuste a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del contrato, como la orden de compra en cuanto a cantidad, calidad, origen, procedencia, se firmará el Acta de Recepción, la que habilitará al proveedor a solicitar el pago de la entrega efectuada.
  • Comprobada la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatandose deficiencia o alteraciones de calidad se notifcará al proveedor en la brevedad que le sea posible dicha irregualidad. El proveedor estará obligado a sustituir el bien en cuestión en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles siguientes de ser entregada y hasta ajustarse a lo requerido por la contratante.
  • Dicho plazo no será considerado como prórroga para la entrega por lo que al oferente que incurra en tal situación se le aplicará la penalización establecida.
  • Los pagos serán realizados dentro de los 60 (sesenta) contados a partir del día de la presentación de la solicitud de pago por parte del proveedor.

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).

Formas y condiciones de pago

El adjudicado para solicitar el pago de las obligaciones deberá presentar la solicitud acompañada de los siguientes documentos:

1. Documentos Genéricos:

  1. Nota de remisión;
  2. La factura de pago, con timbrado vigente, la cual deberán expresar claramente por separado el Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con las disposiciones tributarias aplicables. En ningún caso el valor total facturado podrá exceder el valor adjudicado o las adendas aprobadas;
  3. REPSE (registro de prestadores de servicios) todos los que son prestadores de servicios;
  4. Certificado de Cumplimiento Tributario;
  5. Constancia de Cumplimiento con la Seguridad Social;
  6. Formulario de Informe de Servicios Personales (FIS).

Otras formas y condiciones de pago al proveedor en virtud del contrato serán las siguientes:

  • Al momento de la entrega de los bienes, un funcionario designado por la Dirección General de Administración y Finanzas verificará que las mismas sean conforme a las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones.
  • A la entrega, se procederá a la firma de la Nota de Remisión, al solo efecto de certificar que los bienes han ingresado a la Institución, quedando los mismos para la verificación del cumplimiento con las condiciones del llamado.
  • Una vez que se realicen los controles pertinentes y se certifique adecuadamente que el suministro se ajuste a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del contrato, como la orden de compra en cuanto a cantidad, calidad, origen, procedencia, se firmará el Acta de Recepción, la que habilitará al proveedor a solicitar el pago de la entrega efectuada.
  • Comprobada la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatandose deficiencia o alteraciones de calidad se notifcará al proveedor en la brevedad que le sea posible dicha irregualidad. El proveedor estará obligado a sustituir el bien en cuestión en un plazo no mayor a 310 (tresdiez) días hábiles siguientes de ser entregada y hasta ajustarse a lo requerido por la contratante.
  • Dicho plazo no será considerado como prórroga para la entrega por lo que al oferente que incurra en tal situación se le aplicará la penalización establecida.
  • Los pagos serán realizados dentro de los 60 (sesenta) contados a partir del día de la presentación de la solicitud de pago por parte del proveedor.

2. La Contratante efectuará los pagos, dentro del plazo establecido en este apartado, sin exceder sesenta (60) días después de la presentación de una factura por el proveedor, y después de que la contratante la haya aceptado. Dicha aceptación o rechazo, deberá darse a más tardar en quince (15) días posteriores a su presentación.

3. De conformidad a las disposiciones del Decreto N° 7781/2006, del 30 de Junio de 2006 y modificatoria, en las contrataciones con Organismos de la Administración Central, el proveedor deberá habilitar su respectiva cuenta corriente o caja de ahorro en un Banco de plaza y comunicar a la Contratante para que ésta gestione ante la Dirección General del Tesoro Público, la habilitación en el Sistema de Tesorería (SITE).