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Diferencias entre las versiones 1 y 2

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

  • Al momento de la entrega de los bienes, un funcionario designado por la Dirección General de Administración y Finanzas verificará que las mismas sean conforme a las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones.
  • A la entrega, se procederá a la firma de la Nota de Remisión, al solo efecto de certificar que los bienes han ingresado a la Institución, quedando los mismos para la verificación del cumplimiento con las condiciones del llamado.
  • Una vez que se realicen los controles pertinentes y se certifique adecuadamente que el suministro se ajuste a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del contrato, como la orden de compra en cuanto a cantidad, calidad, origen, procedencia, se firmará el Acta de Recepción, la que habilitará al proveedor a solicitar el pago de la entrega efectuada.
  • Comprobada la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatandose deficiencia o alteraciones de calidad se notifcará al proveedor en la brevedad que le sea posible dicha irregualidad. El proveedor estará obligado a sustituir el bien en cuestión en un plazo no mayor a 3(tres) días hábiles siguientes de ser entregada y hasta ajustarse a lo requerido por la contratante.
  • Dicho plazo no será considerado como prórroga para la entrega por lo que al oferente que incurra en tal situación se le aplicará la penalización establecida.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

  • Al momento de la entrega de los bienes, un funcionario designado por la Dirección General de Administración y Finanzas verificará que las mismas sean conforme a las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones.
  • A la entrega, se procederá a la firma de la Nota de Remisión, al solo efecto de certificar que los bienes han ingresado a la Institución, quedando los mismos para la verificación del cumplimiento con las condiciones del llamado.
  • Una vez que se realicen los controles pertinentes y se certifique adecuadamente que el suministro se ajuste a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del contrato, como la orden de compra en cuanto a cantidad, calidad, origen, procedencia, se firmará el Acta de Recepción, la que habilitará al proveedor a solicitar el pago de la entrega efectuada.
  • Comprobada la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatandose deficiencia o alteraciones de calidad se notifcará al proveedor en la brevedad que le sea posible dicha irregualidad. El proveedor estará obligado a sustituir el bien en cuestión en un plazo no mayor a 10(diez) días hábiles siguientes de ser entregada y hasta ajustarse a lo requerido por la contratante.
  • Dicho plazo no será considerado como prórroga para la entrega por lo que al oferente que incurra en tal situación se le aplicará la penalización establecida.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.

Inspecciones y pruebas

Las inspecciones y pruebas serán como se indica a continuación:

  • Al momento de la entrega de los bienes, un funcionario designado por la Dirección General de Administración y Finanzas verificará que las mismas sean conforme a las especificaciones técnicas del Pliego de Bases y Condiciones.
  • A la entrega, se procederá a la firma de la Nota de Remisión, al solo efecto de certificar que los bienes han ingresado a la Institución, quedando los mismos para la verificación del cumplimiento con las condiciones del llamado.
  • Una vez que se realicen los controles pertinentes y se certifique adecuadamente que el suministro se ajuste a las Especificaciones Técnicas y demás documentos del contrato, como la orden de compra en cuanto a cantidad, calidad, origen, procedencia, se firmará el Acta de Recepción, la que habilitará al proveedor a solicitar el pago de la entrega efectuada.
  • Comprobada la falta de correspondencia entre lo adjudicado y lo entregado, o constatandose deficiencia o alteraciones de calidad se notifcará al proveedor en la brevedad que le sea posible dicha irregualidad. El proveedor estará obligado a sustituir el bien en cuestión en un plazo no mayor a 310(tresdiez) días hábiles siguientes de ser entregada y hasta ajustarse a lo requerido por la contratante.
  • Dicho plazo no será considerado como prórroga para la entrega por lo que al oferente que incurra en tal situación se le aplicará la penalización establecida.

1. El proveedor realizará todas las pruebas y/o inspecciones de los Bienes, por su cuenta y sin costo alguno para la contratante.

2. Las inspecciones y pruebas podrán realizarse en las instalaciones del Proveedor o de sus subcontratistas, en el lugar de entrega y/o en el lugar de destino final de entrega de los bienes, o en otro lugar en este apartado.

Cuando dichas inspecciones o pruebas sean realizadas en recintos del Proveedor o de sus subcontratistas se le proporcionarán a los inspectores todas las facilidades y asistencia razonables, incluso el acceso a los planos y datos sobre producción, sin cargo alguno para la contratante.

3. La contratante o su representante designado tendrá derecho a presenciar las pruebas y/o inspecciones mencionadas en la cláusula anterior, siempre y cuando éste asuma todos los costos y gastos que ocasione su participación, incluyendo gastos de viaje, alojamiento y alimentación.

4. Cuando el proveedor esté listo para realizar dichas pruebas e inspecciones, notificará oportunamente a la contratante indicándole el lugar y la hora. El proveedor obtendrá de una tercera parte, si corresponde, o del fabricante cualquier permiso o consentimiento necesario para permitir al contratante o a su representante designado presenciar las pruebas o inspecciones.

5. La contratante podrá requerirle al proveedor que realice algunas pruebas y/o inspecciones que no están requeridas en el contrato, pero que considere necesarias para verificar que las características y funcionamiento de los bienes cumplan con los códigos de las especificaciones técnicas y normas establecidas en el contrato. Los costos adicionales razonables que incurra el proveedor por dichas pruebas e inspecciones serán sumados al precio del contrato, en cuyo caso la contratante deberá justificar a través de un dictamen fundado en el interés público comprometido. Asimismo, si dichas pruebas y/o inspecciones impidieran el avance de la fabricación y/o el desempeño de otras obligaciones del proveedor bajo el contrato, deberán realizarse los ajustes correspondientes a las Fechas de Entrega y de Cumplimiento y de las otras obligaciones afectadas.

6. El proveedor presentará a la contratante un informe de los resultados de dichas pruebas y/o inspecciones.

7. La contratante podrá rechazar algunos de los bienes o componentes de ellos que no pasen las pruebas o inspecciones o que no se ajusten a las especificaciones. El proveedor tendrá que rectificar o reemplazar dichos bienes o componentes rechazados o hacer las modificaciones necesarias para cumplir con las especificaciones sin ningún costo para la contratante. Asimismo, tendrá que repetir las pruebas o inspecciones, sin ningún costo para la contratante, una vez que notifique a la contratante.

8. El proveedor acepta que ni la realización de pruebas o inspecciones de los bienes o de parte de ellos, ni la presencia de la contratante o de su representante, ni la emisión de informes, lo eximirán de las garantías u otras obligaciones en virtud del contrato.